La historia de esta columna es simple. Si me ocupo de ella no es porque ya tenga decidido por quién me propongo votar en las próximas elecciones presidenciales, porque, al igual que muchos colombianos, todavía deambulo entre varias opciones, pues hoy solamente tengo claro que no sufragaría por nadie que represente la continuidad de este gobierno corrompido y mafioso.
En efecto, en algunos sectores económicos y empresariales, de los que andan temblando ante la eventualidad de que Petro llegue a la Presidencia, se ha puesto en marcha la estrategia sucia de incluir una estipulación en los grandes contratos que se vienen suscribiendo, por medio de la cual las partes, dizque en ejercicio de la autonomía de la voluntad, pactan que el contrato solo empezaría a ejecutarse si Petro resulta vencido en las elecciones presidenciales, o que se deje sin efectos si llegare a convertirse en presidente. A este esperpento negocial ya le tienen nombre: la cláusula Petro.
Lo que sorprende es que ya hay connotados juristas rindiendo enjundiosos conceptos por los que cobran y les pagan jugosos honorarios para sustentar la legalidad de esta disposición contractual, fundada en la defensa a ultranza del supuesto derecho de los particulares para pactar condiciones suspensivas o causales de rescisión en sus negocios.
Vamos por partes. En lo personal creo que una estipulación de esta naturaleza, de entrada odiosa, es, además, ilegal. En primer término, esta cláusula tan excluyente está encaminada a provocar o estimular el retiro de capitales nacionales o extranjeros del país, que es una de las formas bajo la cual podría tipificarse el delito de pánico económico. No ejecutar un contrato porque una determinada persona llegue a la presidencia no es simplemente una represalia política contra un partido o sus electores, sino un fuetazo a la economía. ¿Qué sigue después de que esa cláusula pueda ser aplicada porque definitivamente ganó las elecciones un personaje que no es del gusto de los contratantes o al menos de la parte económicamente fuerte? Obviamente una desbandada imparable de recursos dinerarios significativos hacia otros países o paraísos fiscales donde no se corran riesgos y de paso donde sean tratados con benevolencia tributaria.
Pero no solo esta singular cláusula podría tipificar pánico económico sino también un delito contra los mecanismos de participación democrática. Sujetar el devenir contractual y en últimas hasta las reglas del mercado financiero a cómo se expresen los votantes es lo menos transparente para cualquier proceso electoral. Estamos en presencia de un sofisticado delito electoral que conlleva presión indebida a los votantes.
Es cierto que la ley civil autoriza incluir condiciones en los contratos, sean positivas o negativas, pero con tal de que no consistan en un hecho que viole la ley, o que riñe con las “buenas costumbres o al orden público”. Eso lo sabe cualquier abogado, inclusive los egresados de la Sergio Arboleda. En el complejo recorrido negocial nunca ha existido el hábito de atar los contratos a los avatares políticos, porque siempre el devenir contractual y el político tienen el destino de las paralelas, porque nunca se juntan. Por ello, inventarse estas cláusulas como forma de expresión del nuevo derecho a propósito de impedir que se ejecute un contrato o que sea rescindido, es incurrir en un grotesco motivo de ilegalidad.
Si de suyo cualquier campaña electoral es áspera y polarizante, con mayor razón si sus resultados han de influir en los contratos entre particulares. No es sano para la Nación. La libertad económica está diseñada precisamente para que haya garantías en el comportamiento de las operaciones que se realicen, no para que las partes queden atadas a condiciones exógenas claramente perturbadoras del orden público, como las que tengan que ver con las elecciones.
Esto es tal vez lo menos que se proponen los potentados de la ultraderecha que están detrás de esta cláusula, porque están dispuestos a todo con tal de que gane uno de sus candidatos y a parar a Petro como sea. Ellos creen que todo les es permitido porque para eso son dueños de la Fiscalía. Valdría la pena saber qué opinan los demás candidatos de esta tramposa cláusula.
Adenda. La Corte Constitucional decide que hay un estado de cosas inconstitucionales en relación con las garantías de seguridad de los excombatientes de las Farc y nadie cae en el Gobierno.
La historia de esta columna es simple. Si me ocupo de ella no es porque ya tenga decidido por quién me propongo votar en las próximas elecciones presidenciales, porque, al igual que muchos colombianos, todavía deambulo entre varias opciones, pues hoy solamente tengo claro que no sufragaría por nadie que represente la continuidad de este gobierno corrompido y mafioso.
En efecto, en algunos sectores económicos y empresariales, de los que andan temblando ante la eventualidad de que Petro llegue a la Presidencia, se ha puesto en marcha la estrategia sucia de incluir una estipulación en los grandes contratos que se vienen suscribiendo, por medio de la cual las partes, dizque en ejercicio de la autonomía de la voluntad, pactan que el contrato solo empezaría a ejecutarse si Petro resulta vencido en las elecciones presidenciales, o que se deje sin efectos si llegare a convertirse en presidente. A este esperpento negocial ya le tienen nombre: la cláusula Petro.
Lo que sorprende es que ya hay connotados juristas rindiendo enjundiosos conceptos por los que cobran y les pagan jugosos honorarios para sustentar la legalidad de esta disposición contractual, fundada en la defensa a ultranza del supuesto derecho de los particulares para pactar condiciones suspensivas o causales de rescisión en sus negocios.
Vamos por partes. En lo personal creo que una estipulación de esta naturaleza, de entrada odiosa, es, además, ilegal. En primer término, esta cláusula tan excluyente está encaminada a provocar o estimular el retiro de capitales nacionales o extranjeros del país, que es una de las formas bajo la cual podría tipificarse el delito de pánico económico. No ejecutar un contrato porque una determinada persona llegue a la presidencia no es simplemente una represalia política contra un partido o sus electores, sino un fuetazo a la economía. ¿Qué sigue después de que esa cláusula pueda ser aplicada porque definitivamente ganó las elecciones un personaje que no es del gusto de los contratantes o al menos de la parte económicamente fuerte? Obviamente una desbandada imparable de recursos dinerarios significativos hacia otros países o paraísos fiscales donde no se corran riesgos y de paso donde sean tratados con benevolencia tributaria.
Pero no solo esta singular cláusula podría tipificar pánico económico sino también un delito contra los mecanismos de participación democrática. Sujetar el devenir contractual y en últimas hasta las reglas del mercado financiero a cómo se expresen los votantes es lo menos transparente para cualquier proceso electoral. Estamos en presencia de un sofisticado delito electoral que conlleva presión indebida a los votantes.
Es cierto que la ley civil autoriza incluir condiciones en los contratos, sean positivas o negativas, pero con tal de que no consistan en un hecho que viole la ley, o que riñe con las “buenas costumbres o al orden público”. Eso lo sabe cualquier abogado, inclusive los egresados de la Sergio Arboleda. En el complejo recorrido negocial nunca ha existido el hábito de atar los contratos a los avatares políticos, porque siempre el devenir contractual y el político tienen el destino de las paralelas, porque nunca se juntan. Por ello, inventarse estas cláusulas como forma de expresión del nuevo derecho a propósito de impedir que se ejecute un contrato o que sea rescindido, es incurrir en un grotesco motivo de ilegalidad.
Si de suyo cualquier campaña electoral es áspera y polarizante, con mayor razón si sus resultados han de influir en los contratos entre particulares. No es sano para la Nación. La libertad económica está diseñada precisamente para que haya garantías en el comportamiento de las operaciones que se realicen, no para que las partes queden atadas a condiciones exógenas claramente perturbadoras del orden público, como las que tengan que ver con las elecciones.
Esto es tal vez lo menos que se proponen los potentados de la ultraderecha que están detrás de esta cláusula, porque están dispuestos a todo con tal de que gane uno de sus candidatos y a parar a Petro como sea. Ellos creen que todo les es permitido porque para eso son dueños de la Fiscalía. Valdría la pena saber qué opinan los demás candidatos de esta tramposa cláusula.
Adenda. La Corte Constitucional decide que hay un estado de cosas inconstitucionales en relación con las garantías de seguridad de los excombatientes de las Farc y nadie cae en el Gobierno.