Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
Algunos lectores consideraron que mi última columna, en la que le ruego a la Corte Suprema que elija sin dilaciones al reemplazo de Barbosa, era contradictoria con otra que escribí en 2009, en la que defendí que los magistrados de ese tribunal podían votar en blanco frente a la terna presentada por el entonces presidente Uribe.
Este llamado de atención es válido, pues, a primera vista, las dos tesis parecen contradictorias y los columnistas debemos reconocer nuestros errores y explicar nuestros cambios de posición. Sin embargo, no creo que exista esa contradicción y procedo a mostrar la consistencia de ambas columnas, no solo por transparencia sino porque, además, sirve para precisar las competencias jurídicas y los deberes institucionales y éticos de los magistrados en la elección de fiscal general.
Mi columna de 2009, “El lío de la elección del fiscal general”, discrepaba de quienes sostenían que la Corte Suprema debía jurídicamente escoger uno de los integrantes de la terna presentada por Uribe. Reconocí que, si estos cumplían los requisitos formales para ser elegidos fiscal, entonces en principio la Corte tenía que escoger de esa terna. Pero agregué que el tema era más complejo pues ¿qué ocurría si ninguno de los nombres de la terna les daba ninguna confianza básica a los magistrados? Y sostuve que, en esas circunstancias, que debían ser excepcionales ya que los presidentes tienen el deber de enviar ternas buenas, entonces los magistrados podían votar en blanco para expresar que la terna les parecía inviable. En 2009 eso era lo que ocurría: ninguno de los integrantes de la terna de Uribe tenía experiencia en investigación criminal, ni conocimientos del funcionamiento de la Fiscalía; además, los tres eran muy cercanos al entonces presidente y tenían cuestionamientos graves. Uno de ellos, por ejemplo, era Camilo Ospina, quien siendo ministro de Defensa firmó la directiva 029 de 2005 que, según muchos análisis, estimuló los falsos positivos.
Por todo esto, muchos magistrados de la Corte de 2009 consideraron que esa terna no daba garantías de que habría un fiscal realmente independiente y profesionalmente competente, por lo cual votaron en blanco para mostrar que la terna era inviable. Defendí entonces la competencia jurídica de esos magistrados para votar de esa manera.
En mi última columna no modifico en nada esa posición. Nunca digo que los magistrados no puedan votar en blanco. Mi argumento no es jurídico, sino ético e institucional. Mi posición es que hoy, aunque los magistrados podrían jurídicamente votar en blanco, no deberían hacerlo porque la terna que les fue presentada hace más de cuatro meses es muy buena y no tiene los defectos de la de 2009 o de otras anteriores: son tres mujeres que no han sido cuestionadas éticamente, que no son cercanas al presidente y que tienen amplia experiencia en investigación criminal y muy buen conocimiento de la Fiscalía.
Además, en 2009, quien estaba ejerciendo como fiscal general encargado era Guillermo Mendoza Diago, un respetado profesor universitario, con una larga trayectoria judicial y quien estaba realizando una labor muy decorosa. Aunque la interinidad no es buena, no parecía existir una urgencia vital de reemplazar a Mendoza Diago. Hoy la situación es distinta: si la Corte no elige al reemplazo de Barbosa antes de que termine su periodo, entonces este prolongaría su funesta Fiscalía a través de su muy cuestionada vicefiscal Mancera.
Los magistrados pueden jurídicamente votar en blanco. Había buenas razones éticas e institucionales para hacerlo en 2009; hoy no las hay. Y por eso le reitero a la Corte Suprema: por favor, no dilate esta decisión.
* Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.