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                                                                                                                                El caso Arias y la “doble instancia”

                                                                                                                                El debate sobre la posibilidad de que los aforados que fueron condenados en única instancia por la Corte Suprema puedan impugnar su condena es complejo, pero se ha enredado aún más por la polarización que suscita el caso del exministro Arias. Ojalá podamos “desariasizar” este debate para encontrar una solución razonable al embrollo.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En este debate, el CD parte de una premisa falsa, pero tiene parcialmente razón en su conclusión, mientras la oposición tiene razón en su premisa, pero llega a una conclusión equivocada. Examino esa paradoja.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Su condena no es arbitraria. El argumento del CD de que no habría robado un peso es irrelevante, pues la acusación no fue que se hubiera apropiado personalmente de dineros públicos, sino que los regaló a terceros, que es algo muy grave. Y quien lea la sentencia de la Corte Suprema verá que hay pruebas sólidas de que Arias desvió fondos considerables de Agro Ingreso Seguro a personas pudientes, cuando esos dineros estaban destinados a campesinos pobres.

                                                                                                                                La premisa del CD es falsa, pues Arias no es un perseguido político ni su condena es arbitraria, pero eso no priva al exministro de su derecho a impugnar esa condena ante otro juez, pues es un derecho humano establecido en los artículos 29 de la Constitución, 14 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Además, y contrariamente a lo sostenido por la Corte Constitucional hasta muy recientemente, el hecho de que una persona sea juzgada por nuestro máximo tribunal penal, que es la Corte Suprema, no justifica privarlo de ese derecho a impugnar la sentencia condenatoria, como lo aclaró la Corte Interamericana en un caso semejante (caso Liakat Ali Alibux contra Surinam de 2014). Como Arias no ha tenido esa posibilidad, ese derecho le fue violado, como lo dictaminó el Comité de Derechos Humanos de la ONU el año pasado (caso 2537-2015).

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                * Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                En este debate, el CD parte de una premisa falsa, pero tiene parcialmente razón en su conclusión, mientras la oposición tiene razón en su premisa, pero llega a una conclusión equivocada. Examino esa paradoja.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Su condena no es arbitraria. El argumento del CD de que no habría robado un peso es irrelevante, pues la acusación no fue que se hubiera apropiado personalmente de dineros públicos, sino que los regaló a terceros, que es algo muy grave. Y quien lea la sentencia de la Corte Suprema verá que hay pruebas sólidas de que Arias desvió fondos considerables de Agro Ingreso Seguro a personas pudientes, cuando esos dineros estaban destinados a campesinos pobres.

                                                                                                                                La premisa del CD es falsa, pues Arias no es un perseguido político ni su condena es arbitraria, pero eso no priva al exministro de su derecho a impugnar esa condena ante otro juez, pues es un derecho humano establecido en los artículos 29 de la Constitución, 14 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                * Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

                                                                                                                                No ad for you

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