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La COP caleña, el medio ambiente y los derechos humanos

Rodrigo Uprimny
27 de octubre de 2024 - 05:05 a. m.

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La COP16 en Cali es un evento trascendental (a pesar de las burlas del renunciado Luis Carlos Vélez) por cuanto busca decisiones para enfrentar la dramática pérdida de la biodiversidad, que es, junto con el cambio climático y la contaminación, una de las tres amenazas ambientales para la humanidad.

Estos peligros existenciales deben ser enfrentados, pero no de cualquier forma. Debemos lograr resultados rápido, por la urgencia y gravedad de estos desafíos, pero debemos hacerlo de manera justa, al menos por dos razones: i) las responsabilidades y las capacidades de los distintos países y grupos sociales frente a esos fenómenos no son iguales; y ii) un enfoque puramente centrado en las metas ambientales (como preservar la biodiversidad o mitigar el cambio climático) podría implicar cargas desproporcionadas y violaciones de derechos de las poblaciones más vulnerables, especialmente en el sur global.

Los más ricos del norte global son quienes mayores responsabilidades tienen en el calentamiento global debido a sus patrones de consumo. Según datos de PNUMA (Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente), en 2018 un gringo o un canadiense emitieron cinco veces más de gases invernadero que un colombiano o un ecuatoriano. En general, el 1 % de los más ricos del mundo emite más del doble de esos gases que el 50 % de la población más pobre. Al mismo tiempo, esos países y grupos sociales cuentan con mayores recursos y capacidades para enfrentar el cambio climático. Es entonces justo que tengan que asumir cargas financieras mayores en las tareas globales de mitigación y adaptación frente a la emergencia climática.

En la lucha por preservar y utilizar en forma sostenible la biodiversidad, existen desafíos distintos pero semejantes. Las regiones más biodiversas están concentradas en el sur global, en territorios megadiversos, como la Amazonía, que juegan además un papel clave en la estabilidad climática por su capacidad para absorber gases invernadero. Esos ecosistemas deben ser protegidos. Sin embargo, esa tarea no puede recaer únicamente en el sur global. Además, esas regiones no están vacías, sino que están ocupadas por poblaciones que dependen de esos territorios, por lo cual sus derechos y medios de vida deben ser respetados. Muchas veces, sin embargo, eso no ocurre, como lo evidenció la sentencia T-248 de 2024 de la Corte Constitucional, que mostró que un programa de bonos de carbono, promovido para mitigar el cambio climático, violó el derecho a la consulta previa del Consejo Indígena del Pirá Paraná, en el Vaupés.

La protección ambiental debe entonces incorporar un enfoque de derechos humanos, que no es una muletilla retórica, sino que implica al menos los siguientes seis elementos: i) un esquema financiero robusto y justo para enfrentar las amenazas ambientales; ii) transparencia y rendición de cuentas en la toma de las decisiones; iii) que las políticas no sean discriminatorias; iv) mecanismos adecuados de participación de las poblaciones potencialmente afectadas; v) respeto a sus saberes y sus derechos, y vi) protección de los defensores del medio ambiente, particularmente victimizados. Este enfoque es necesario para que la urgente lucha contra el calentamiento global, la pérdida de biodiversidad y la contaminación no sólo logre resultados ambientales, sino que proteja también a las poblaciones más vulnerables y permita un reparto equitativo de las cargas y beneficios de estos esfuerzos. Por decirlo de otra manera, la conservación ambiental debe hacerse a través de una conversación genuina, justa y equitativa a nivel local con las comunidades y, a nivel internacional, entre los países del norte y los del sur global. Ojalá ese enfoque de derechos humanos quede vigorosamente incorporado en las conclusiones de esta COP16.

* Investigador de Dejusticia y profesor Universidad Nacional.

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