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                                                                                                                                Secuestro y DIH

                                                                                                                                Es esperanzador que el Eln haya reiterado hace poco que acoge el derecho internacional humanitario (DIH), pero es igualmente triste que casi al mismo tiempo haya declarado que no renuncia al secuestro para financiar su rebelión, con el argumento de que ninguna norma de DIH prohíbe el secuestro y que no aceptará una imposición unilateral del Gobierno en este tema.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Primero, porque el secuestro extorsivo claramente viola el DIH.

                                                                                                                                Este punto lo analizo en detalle en una entrada en mi blog en La Silla Vacía y aquí sólo aludo a la esencia del argumento, que es la siguiente: es cierto que, como arguye el Eln, ninguna norma de DIH prohíbe explícitamente el secuestro extorsivo, pero por la sencilla razón de que el secuestro es una definición del derecho penal interno de los Estados. El DIH lo prohíbe con otra denominación: “toma de rehenes”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Segundo, porque renunciar al secuestro extorsivo no es aceptar una imposición unilateral del Gobierno en la mesa, sino que es tomar en serio una prohibición del DIH, que el Eln ha dicho que respeta. Y es además acoger un clamor de la sociedad colombiana que condena en forma casi unánime esta práctica inhumana y atroz.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                No es pues coherente que el Eln diga que respeta el DIH y que busca que sus negociaciones de paz recojan los anhelos de la sociedad colombiana y al mismo tiempo mantenga el secuestro extorsivo, que es una práctica atroz que viola el DIH y que es masivamente condenada por los colombianos. Ojalá que, por razones éticas y humanitarias y para destrabar este proceso de paz, el Eln anuncie, como lo hicieron otras guerrillas, como el Frente Moro de Liberación en Filipinas en 2002, que no recurrirá en su rebelión a este atroz crimen.

                                                                                                                                * Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

                                                                                                                                Es esperanzador que el Eln haya reiterado hace poco que acoge el derecho internacional humanitario (DIH), pero es igualmente triste que casi al mismo tiempo haya declarado que no renuncia al secuestro para financiar su rebelión, con el argumento de que ninguna norma de DIH prohíbe el secuestro y que no aceptará una imposición unilateral del Gobierno en este tema.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Primero, porque el secuestro extorsivo claramente viola el DIH.

                                                                                                                                Este punto lo analizo en detalle en una entrada en mi blog en La Silla Vacía y aquí sólo aludo a la esencia del argumento, que es la siguiente: es cierto que, como arguye el Eln, ninguna norma de DIH prohíbe explícitamente el secuestro extorsivo, pero por la sencilla razón de que el secuestro es una definición del derecho penal interno de los Estados. El DIH lo prohíbe con otra denominación: “toma de rehenes”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Segundo, porque renunciar al secuestro extorsivo no es aceptar una imposición unilateral del Gobierno en la mesa, sino que es tomar en serio una prohibición del DIH, que el Eln ha dicho que respeta. Y es además acoger un clamor de la sociedad colombiana que condena en forma casi unánime esta práctica inhumana y atroz.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                * Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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