El próximo 11 de julio se cumplen 25 años de la promulgación en el Diario Oficial de la Ley 142 de 1994, la de los Servicios Públicos Domiciliarios, una de las leyes más importantes y transformadoras, para bien, en la historia de Colombia.
Hasta los años 80, el Estado tenía el monopolio de los servicios públicos domiciliarios y su diagnóstico no podía ser más desastroso: bajísima cobertura, inviabilidad financiera y pésima calidad de los servicios. Además, las empresas prestadoras de estos servicios eran, en general y con pocas excepciones, antros de clientelismo y politiquería que se traducían en escenarios alucinantes de corrupción. Por ejemplo, para tener una conexión de telefonía fija, que era la única que existía, había que esperar meses y a veces hasta años. Pero, si usted era amigo del parlamentario dueño del antiguo Telecom, su línea era instalada en cuestión de días. Eso sí, tenía que hacer un pago correspondiente y por debajo de la mesa. Todo esto se reflejaba en pobres resultados financieros, en alto endeudamiento, en deficiencias en la operación y gestión del servicio, en sobrecostos laborales y en modelos comerciales inexistentes u obsoletos.
Por estas razones, el gobierno de César Gaviria decidió desarrollar una nueva ley a la luz de tres grandes principios que consagró la nueva Constitución de 1991. Estos fueron, primero, la posibilidad de que, además del Estado, las comunidades organizadas y los particulares puedan prestar los servicios públicos domiciliarios; segundo, que el Estado tenga la función primordial de regulación y, tercero, que el régimen tarifario de estos servicios esté guiado por criterios de costo-eficiencia, solidaridad y distribución del ingreso.
Con estos principios como guía general, el gobierno presentó y el Congreso discutió y aprobó la Ley 142 de 1994, conocida como Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios.
Como consecuencia de esta norma, se eliminó el monopolio del Estado y los operadores privados entraron a competir con los operadores públicos. Así, el Estado comenzó a cumplir una función central como regulador y se separaron estas funciones de las de supervisión y control. Aunque un análisis rigoroso de los efectos de esta ley quizás está por hacerse, se puede afirmar que sus resultados han sido excelentes. La redefinición del esquema institucional, con sus nuevas reglas de juego, permitió atraer una inversión privada gigantesca, que expandió y modernizó la infraestructura existente, amplió la cobertura y mejoró la calidad de los servicios públicos. Por supuesto que el mundo y el país son, hoy en día, muy diferentes a lo que eran hace 25 años. Las nuevas tecnologías, la digitalización de la sociedad, los algoritmos y el internet de las cosas exigen constantes ajustes al modelo institucional y al papel de las comisiones de regulación. Pero, sin duda alguna, vista con una perspectiva histórica, la Ley 142 de 1994 es un hito que es menester recordar y conmemorar un cuarto de siglo después de ser promulgada. Por la conceptualización de la norma y por su esfuerzo para plasmar en un texto un acuerdo entre todas las instituciones del Estado, merece un reconocimiento especial el liderazgo del Departamento Nacional de Planeación, así como el brillante trabajo del equipo jurídico, encabezado por Hugo Palacios Mejía. Un cuarto de siglo después, todos los que nos interesamos por las buenas políticas públicas debemos reconocer este aporte al bienestar de todos los colombianos.
El próximo 11 de julio se cumplen 25 años de la promulgación en el Diario Oficial de la Ley 142 de 1994, la de los Servicios Públicos Domiciliarios, una de las leyes más importantes y transformadoras, para bien, en la historia de Colombia.
Hasta los años 80, el Estado tenía el monopolio de los servicios públicos domiciliarios y su diagnóstico no podía ser más desastroso: bajísima cobertura, inviabilidad financiera y pésima calidad de los servicios. Además, las empresas prestadoras de estos servicios eran, en general y con pocas excepciones, antros de clientelismo y politiquería que se traducían en escenarios alucinantes de corrupción. Por ejemplo, para tener una conexión de telefonía fija, que era la única que existía, había que esperar meses y a veces hasta años. Pero, si usted era amigo del parlamentario dueño del antiguo Telecom, su línea era instalada en cuestión de días. Eso sí, tenía que hacer un pago correspondiente y por debajo de la mesa. Todo esto se reflejaba en pobres resultados financieros, en alto endeudamiento, en deficiencias en la operación y gestión del servicio, en sobrecostos laborales y en modelos comerciales inexistentes u obsoletos.
Por estas razones, el gobierno de César Gaviria decidió desarrollar una nueva ley a la luz de tres grandes principios que consagró la nueva Constitución de 1991. Estos fueron, primero, la posibilidad de que, además del Estado, las comunidades organizadas y los particulares puedan prestar los servicios públicos domiciliarios; segundo, que el Estado tenga la función primordial de regulación y, tercero, que el régimen tarifario de estos servicios esté guiado por criterios de costo-eficiencia, solidaridad y distribución del ingreso.
Con estos principios como guía general, el gobierno presentó y el Congreso discutió y aprobó la Ley 142 de 1994, conocida como Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios.
Como consecuencia de esta norma, se eliminó el monopolio del Estado y los operadores privados entraron a competir con los operadores públicos. Así, el Estado comenzó a cumplir una función central como regulador y se separaron estas funciones de las de supervisión y control. Aunque un análisis rigoroso de los efectos de esta ley quizás está por hacerse, se puede afirmar que sus resultados han sido excelentes. La redefinición del esquema institucional, con sus nuevas reglas de juego, permitió atraer una inversión privada gigantesca, que expandió y modernizó la infraestructura existente, amplió la cobertura y mejoró la calidad de los servicios públicos. Por supuesto que el mundo y el país son, hoy en día, muy diferentes a lo que eran hace 25 años. Las nuevas tecnologías, la digitalización de la sociedad, los algoritmos y el internet de las cosas exigen constantes ajustes al modelo institucional y al papel de las comisiones de regulación. Pero, sin duda alguna, vista con una perspectiva histórica, la Ley 142 de 1994 es un hito que es menester recordar y conmemorar un cuarto de siglo después de ser promulgada. Por la conceptualización de la norma y por su esfuerzo para plasmar en un texto un acuerdo entre todas las instituciones del Estado, merece un reconocimiento especial el liderazgo del Departamento Nacional de Planeación, así como el brillante trabajo del equipo jurídico, encabezado por Hugo Palacios Mejía. Un cuarto de siglo después, todos los que nos interesamos por las buenas políticas públicas debemos reconocer este aporte al bienestar de todos los colombianos.