Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Cromos

                          Vea

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Suscriptores

                                      Beneficios

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Descuentos

                                                                                                    Idiomas

                                                                                                    EE ADS

                                                                                                      Cursos y programas

                                                                                                        Más

                                                                                                        Blogs

                                                                                                          Especiales

                                                                                                            Descarga la App

                                                                                                              Edición Impresa

                                                                                                                Suscripción

                                                                                                                  Eventos

                                                                                                                    Foros El Espectador

                                                                                                                      Pauta con nosotros en EE

                                                                                                                        Pauta con nosotros en Cromos

                                                                                                                          Pauta con nosotros en Vea

                                                                                                                            Avisos judiciales

                                                                                                                              Preguntas Frecuentes

                                                                                                                                Contenido Patrocinado
                                                                                                                                23 de abril de 2019 - 12:00 a. m.

                                                                                                                                El “mico” de la extradición

                                                                                                                                En una reciente intervención ante el Senado, el fiscal general calificó de “mico” un artículo de la Ley Estatutaria de la JEP a través del cual se dice que no se concederá la extradición de “otras personas” que estén ofreciendo verdad, antes de que terminen de hacerlo. Según su habilidosa interpretación, esas “otras personas” son los narcotraficantes, quienes se pondrían a cubierto de una extradición con sólo acudir a la JEP para contribuir a que se sepa la verdad sobre el conflicto. Por eso advirtió que investigará de dónde salió ese “articulejo”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD
                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                En este caso el país puede esperar resultados muy rápidos de la labor del fiscal, porque todo lo que debe hacer es leer un par de normas y una jurisprudencia. Como se desprende de su exposición de motivos, la Ley Estatutaria de la JEP se limita a regular aspectos relacionados con el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. A su vez, el Acto Legislativo 01 de 2017 (ya interpretado por la Corte Constitucional) dice que la JEP tiene competencia sobre delitos cometidos durante el conflicto armado por (i) integrantes de las Farc, (ii) miembros de las Fuerzas Armadas, (iii) agentes del Estado y terceros que se sometan voluntariamente a esa jurisdicción. El mismo Acto Legislativo dice que el ofrecimiento de verdad es una condición impuesta a las personas sometidas a la JEP, a cambio de recibir sus beneficios.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Como según la Constitución la JEP no se ocupa de investigar o juzgar narcotraficantes, ellos no pueden acudir a ese organismo para ofrecer verdad y, por supuesto, ni el artículo comentado por el fiscal ni ningún otro de esa Ley Estatutaria se refiere a alguien sobre quien la JEP no tenga competencia.

                                                                                                                                El texto criticado por Martínez forma parte de un título que, bajo el nombre de “Extradición”, desarrolla en sus primeras dos normas temas relacionados con la aplicación de este mecanismo de cooperación judicial a los exguerrilleros de las Farc, y en una más, se refiere a solicitudes sobre familiares de ellos que hayan pertenecido a esa organización. Como después aparece el artículo que menciona los requerimientos de extradición de “otras personas”, es evidente que alude a peticiones que no recaigan sobre los exguerrilleros de las Farc, ni sobre sus familiares.

                                                                                                                                La pregunta es, entonces, ¿sobre qué “otras personas” (que no sean los exintegrantes de las Farc ni sus familiares vinculados a esa guerrilla) puede pedirse a la JEP que intervenga en un trámite de extradición? La respuesta está en el Acto Legislativo 01 de 2017: esas “otras personas” solo pueden ser los miembros de las Fuerzas Armadas, así como los agentes del Estado y los terceros que voluntariamente acudan a la JEP, porque son los únicos “otros” sobre los que esa jurisdicción tiene competencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Si el fiscal lo prefiere, se puede ahorrar la anterior argumentación con solo leer la parte pertinente de la sentencia dictada por la Corte Constitucional sobre la Ley Estatutaria de la JEP que, en lo sustancial, dice lo que acabo de explicar. Solo que, si lo hiciera, tendría que reconocer que le mintió al Senado porque, según esa decisión, el artículo que critica no puede ser nunca aplicado a narcotraficantes.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                En una reciente intervención ante el Senado, el fiscal general calificó de “mico” un artículo de la Ley Estatutaria de la JEP a través del cual se dice que no se concederá la extradición de “otras personas” que estén ofreciendo verdad, antes de que terminen de hacerlo. Según su habilidosa interpretación, esas “otras personas” son los narcotraficantes, quienes se pondrían a cubierto de una extradición con sólo acudir a la JEP para contribuir a que se sepa la verdad sobre el conflicto. Por eso advirtió que investigará de dónde salió ese “articulejo”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD
                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                En este caso el país puede esperar resultados muy rápidos de la labor del fiscal, porque todo lo que debe hacer es leer un par de normas y una jurisprudencia. Como se desprende de su exposición de motivos, la Ley Estatutaria de la JEP se limita a regular aspectos relacionados con el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz. A su vez, el Acto Legislativo 01 de 2017 (ya interpretado por la Corte Constitucional) dice que la JEP tiene competencia sobre delitos cometidos durante el conflicto armado por (i) integrantes de las Farc, (ii) miembros de las Fuerzas Armadas, (iii) agentes del Estado y terceros que se sometan voluntariamente a esa jurisdicción. El mismo Acto Legislativo dice que el ofrecimiento de verdad es una condición impuesta a las personas sometidas a la JEP, a cambio de recibir sus beneficios.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Como según la Constitución la JEP no se ocupa de investigar o juzgar narcotraficantes, ellos no pueden acudir a ese organismo para ofrecer verdad y, por supuesto, ni el artículo comentado por el fiscal ni ningún otro de esa Ley Estatutaria se refiere a alguien sobre quien la JEP no tenga competencia.

                                                                                                                                El texto criticado por Martínez forma parte de un título que, bajo el nombre de “Extradición”, desarrolla en sus primeras dos normas temas relacionados con la aplicación de este mecanismo de cooperación judicial a los exguerrilleros de las Farc, y en una más, se refiere a solicitudes sobre familiares de ellos que hayan pertenecido a esa organización. Como después aparece el artículo que menciona los requerimientos de extradición de “otras personas”, es evidente que alude a peticiones que no recaigan sobre los exguerrilleros de las Farc, ni sobre sus familiares.

                                                                                                                                La pregunta es, entonces, ¿sobre qué “otras personas” (que no sean los exintegrantes de las Farc ni sus familiares vinculados a esa guerrilla) puede pedirse a la JEP que intervenga en un trámite de extradición? La respuesta está en el Acto Legislativo 01 de 2017: esas “otras personas” solo pueden ser los miembros de las Fuerzas Armadas, así como los agentes del Estado y los terceros que voluntariamente acudan a la JEP, porque son los únicos “otros” sobre los que esa jurisdicción tiene competencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Si el fiscal lo prefiere, se puede ahorrar la anterior argumentación con solo leer la parte pertinente de la sentencia dictada por la Corte Constitucional sobre la Ley Estatutaria de la JEP que, en lo sustancial, dice lo que acabo de explicar. Solo que, si lo hiciera, tendría que reconocer que le mintió al Senado porque, según esa decisión, el artículo que critica no puede ser nunca aplicado a narcotraficantes.

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Ver todas las noticias
                                                                                                                                Read more!
                                                                                                                                Read more!
                                                                                                                                Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
                                                                                                                                Aceptar