En una carta a la ONU Petro dijo que la JEP “habrá de cumplir … con las normas que la crearon”. Dado que este uso del verbo haber como auxiliar seguido de un infinitivo denota necesidad, lo que el presidente dijo fue una obviedad: la JEP tiene que ceñir su trabajo a la ley. En esa misma línea afirmó que esa jurisdicción “deberá proceder de manera preferente y rápida a aplicar el derecho a la amnistía cuando haya lugar a ella en los términos pactados”.
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En una carta a la ONU Petro dijo que la JEP “habrá de cumplir … con las normas que la crearon”. Dado que este uso del verbo haber como auxiliar seguido de un infinitivo denota necesidad, lo que el presidente dijo fue una obviedad: la JEP tiene que ceñir su trabajo a la ley. En esa misma línea afirmó que esa jurisdicción “deberá proceder de manera preferente y rápida a aplicar el derecho a la amnistía cuando haya lugar a ella en los términos pactados”.
Pese al airado reclamo de su presidente por ese llamado de atención, comparto las preocupaciones que existen sobre el manejo que la JEP ha hecho de la amnistía. De todo lo convenido, era el punto más fácil de aplicar y con el que el Estado podía mostrar de forma más ágil y contundente su compromiso con lo pactado; además de su sencillez, se trata de uno de los aspectos nucleares del componente de justicia contenido en los acuerdos. Al enumerar en una ley qué delitos podían ser objeto de amnistía y cuáles no, el país mostró su pleno respeto hacia las normas y la jurisprudencia nacional e internacional sobre el modo en que esta figura debe ser regulada. La reducida lesividad de los delitos para los que está prevista sirve además para fijar una diferencia entre los que solo cometieron delitos políticos o conexos con ellos, y quienes participaron en otros de mayor trascendencia por los que sí deben responder. Esa diferencia es importante como manifestación del carácter selectivo de una jurisdicción concebida para ocuparse de quienes fueron máximos responsables de los crímenes más graves y representativos.
La JEP no parece haber entendido a cabalidad este punto, porque se ha empeñado en condicionar la concesión de las amnistías al aporte individual de verdad, lo cual tiene tres efectos negativos: el primero es que los guerrilleros rasos, a quienes se les había dicho que por sus delitos leves no serían judicializados, al ser involucrados en esos trámites procesales sienten que el Estado les incumplió. El segundo radica en el debilitamiento del principio de selectividad, porque ningún desmovilizado recibirá la amnistía mientras no contribuya a la construcción de la verdad, lo cual explica que actualmente, cuando la JEP lleva seis de sus 15 años de vida, el 75 % de los guerrilleros de las FARC-EP no hayan sido amnistiados. El tercero, consecuencia del anterior, ha sido el inútil aumento de trabajo interno, con el consiguiente retraso en sus actividades prioritarias.
Otro de los temas que parece haber molestado a la JEP es la referencia que Gustavo Petro habría hecho a la conveniencia de que ella se ocupe de los paramilitares. Aun cuando en mi opinión eso no debería ocurrir, me sorprende la airada reacción de su presidente, porque han sido ellos mismos quienes innecesariamente y con decisiones contradictorias han abierto un debate que estaba cerrado desde las negociaciones en La Habana. Todo lo cual me lleva a un último punto: en lugar de dedicar tanto tiempo a discusiones marginales, la JEP haría bien en ponerse de acuerdo sobre cómo va a ajustar su funcionamiento para cumplir, en el reducido tiempo que le queda, con su obligación de proferir sentencias en los casos ya abiertos.