Un fiscal ad hoc sirve para reemplazar al fiscal general en el evento de que deba apartarse de un caso que le correspondería conocer, como cuando Néstor Humberto Martínez se declaró impedido para investigar a las exministras Cecilia Álvarez y Gina Parody. Solo que en esa época no acudió presurosa y personalmente a la Corte para pedir que se usara esa figura, como sí lo ha hecho ahora; por cierto, si se trató de una diligencia relacionada con un trámite procesal, ¿fueron notificados y asistieron a esa reunión los defensores de los investigados, los abogados de las víctimas y la Procuraduría? ¿O solo fue una de esas conversaciones particulares que el fiscal dice no sostener sobre asuntos a su cargo?
Ahora que se accedió a la solicitud de Martínez, ¿cuál va a ser la labor del elegido? ¿Va a reemplazar a todos quienes adelantan las varias investigaciones sobre Odebrecht? Porque los impedimentos que se evidencian son para procesos que no lleva el fiscal general, sino subalternos suyos que, según él, son independientes. Pero si es así y son ellos quienes están al frente de esas diligencias, ¿por qué los van a sustituir si el que tiene los conflictos de intereses es su jefe? Y si el nombrado los va a reemplazar a ellos, ¿no deberían anularse todas esas actuaciones, ya que fueron adelantadas por personas que no tenían independencia frente a las mismas, que fue lo que quedó en evidencia al aceptarse el impedimento?
¿O el ad hoc debe relevar al fiscal general que es el único de quien se predica el impedimento, pero no tiene a su cargo los casos? Si es así, ¿cuáles serían sus funciones? ¿Dar ruedas de prensa sobre cómo avanzan esas investigaciones, que es lo mismo que Martínez ha hecho a pesar de haberse declarado impedido? El reemplazo del fiscal general en estos asuntos solo se justifica si se admite que desde su cargo puede influir en quienes llevan los procesos, restándoles independencia. Pero si solo se lo aparta a él y las actuaciones permanecen en manos de quienes ahora las tienen, ¿cómo garantizar que no sigan expuestos a su influencia, si continúan siendo subalternos suyos? Tuvo razón el procurador al proponer una fórmula de difícil implementación: la de una Fiscalía ad hoc en la que los fiscales e investigadores no dependieran de Martínez.
Cualquiera de las anteriores opciones muestra un escenario preocupante: o las investigaciones las siguen adelantando quienes hasta ahora lo hacen pese a que no se puede garantizar su independencia frente al fiscal general, o se le entregan al fiscal ad hoc para que las comience de nuevo, o se crea una Fiscalía paralela que las asuma.
En semejante coyuntura, ¿para qué sirve la figura del fiscal ad hoc? Para solucionarle a Martínez un problema que solo él creó con sus conflictos de intereses y, de esa manera, permitirle continuar en su cargo. Todo este enredo tiene una salida jurídica mucho más simple: la renuncia del fiscal general. No se debe sacrificar la institucionalidad para ayudarle a un funcionario a resolver una dificultad personal; son sus intereses particulares los que deben ceder ante el riesgo de que por ellos se deshonre la institución que preside.
Un fiscal ad hoc sirve para reemplazar al fiscal general en el evento de que deba apartarse de un caso que le correspondería conocer, como cuando Néstor Humberto Martínez se declaró impedido para investigar a las exministras Cecilia Álvarez y Gina Parody. Solo que en esa época no acudió presurosa y personalmente a la Corte para pedir que se usara esa figura, como sí lo ha hecho ahora; por cierto, si se trató de una diligencia relacionada con un trámite procesal, ¿fueron notificados y asistieron a esa reunión los defensores de los investigados, los abogados de las víctimas y la Procuraduría? ¿O solo fue una de esas conversaciones particulares que el fiscal dice no sostener sobre asuntos a su cargo?
Ahora que se accedió a la solicitud de Martínez, ¿cuál va a ser la labor del elegido? ¿Va a reemplazar a todos quienes adelantan las varias investigaciones sobre Odebrecht? Porque los impedimentos que se evidencian son para procesos que no lleva el fiscal general, sino subalternos suyos que, según él, son independientes. Pero si es así y son ellos quienes están al frente de esas diligencias, ¿por qué los van a sustituir si el que tiene los conflictos de intereses es su jefe? Y si el nombrado los va a reemplazar a ellos, ¿no deberían anularse todas esas actuaciones, ya que fueron adelantadas por personas que no tenían independencia frente a las mismas, que fue lo que quedó en evidencia al aceptarse el impedimento?
¿O el ad hoc debe relevar al fiscal general que es el único de quien se predica el impedimento, pero no tiene a su cargo los casos? Si es así, ¿cuáles serían sus funciones? ¿Dar ruedas de prensa sobre cómo avanzan esas investigaciones, que es lo mismo que Martínez ha hecho a pesar de haberse declarado impedido? El reemplazo del fiscal general en estos asuntos solo se justifica si se admite que desde su cargo puede influir en quienes llevan los procesos, restándoles independencia. Pero si solo se lo aparta a él y las actuaciones permanecen en manos de quienes ahora las tienen, ¿cómo garantizar que no sigan expuestos a su influencia, si continúan siendo subalternos suyos? Tuvo razón el procurador al proponer una fórmula de difícil implementación: la de una Fiscalía ad hoc en la que los fiscales e investigadores no dependieran de Martínez.
Cualquiera de las anteriores opciones muestra un escenario preocupante: o las investigaciones las siguen adelantando quienes hasta ahora lo hacen pese a que no se puede garantizar su independencia frente al fiscal general, o se le entregan al fiscal ad hoc para que las comience de nuevo, o se crea una Fiscalía paralela que las asuma.
En semejante coyuntura, ¿para qué sirve la figura del fiscal ad hoc? Para solucionarle a Martínez un problema que solo él creó con sus conflictos de intereses y, de esa manera, permitirle continuar en su cargo. Todo este enredo tiene una salida jurídica mucho más simple: la renuncia del fiscal general. No se debe sacrificar la institucionalidad para ayudarle a un funcionario a resolver una dificultad personal; son sus intereses particulares los que deben ceder ante el riesgo de que por ellos se deshonre la institución que preside.