El actual gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey Ángel, fue alcalde de Funza entre 2008 y 2011. En respuesta a mi columna pasada el gobernador estableció que cuando llegó a esa alcaldía, sólo 20 municipios del país cobraban plusvalía y que Funza, gracias a su labor, fue el único de cuarta categoría en empezar a hacerlo.
Un gran logro.
Lo que no aclaró el señor Rey Ángel es que su decisión no obedeció a un acto heroico por parte de su administración, sino al cumplimiento de una Acción Popular.
Sin embargo, para Rey Ángel, en el tema de la plusvalía, parece el fin justificaron los medios. Veamos por qué.
El 19 de diciembre de 2008, la Alcaldía Municipal de Funza suscribió el contrato No. 520 de prestación de servicios con la Corporación Manabá, cuyo objeto era adelantar los estudios para determinar el cobro del gravamen de plusvalía. (Ver Contrato 520).
De acuerdo con la ley, para efectos de plusvalía el avaluador debe tener domicilio en el municipio objeto del estudio, es decir Funza. No obstante, a la firma del contrato, Manabá, estaba domiciliada en Bogotá.
Irregularidad menor, pero hasta ahora estamos empezando.
La ley 388 de 1997 establece que la entrega y culminación de dichos estudios se debe dar en un plazo de 60 días hábiles inmodificables. Pero, el contrato con la Corporación Manabá tiene fecha de inicio del 12 de diciembre de 2008 y de terminación, en septiembre de 2011. Tres añitos más de lo que establece la ley. (Ver Acta liquidación contrato Manabá).
En la cláusula novena del contrato suscrito con Manabá, se determina que la supervisión será realizada por el arquitecto Hover Fonseca Sánchez, Secretario de Planeación Municipal, funcionario que debía controlar su correcta ejecución y cumplimiento.
Sin embargo, las actas de avance del estudio con fechas de 2009 no son firmadas por el supervisor del contrato, sino directamente por el exalcalde Rey Ángel quien se abrogó irregularmente esa supervisión firmándolas, además, de manera extemporánea. (Ver Actas).
Seguramente el señor Rey Ángel quería controlar cada detalle del proceso. De pronto por eso es que existen, contra la norma, varias versiones del estudio para corregir sus múltiples errores.
La portada del primer estudio tiene como fecha mayo de 2009 y en ella aparecen Abdón Alejandro Poveda Gómez como director técnico y el señor Daniel Alejandro Hernández Poveda como ingeniero catastral con matrícula 25222163938. Ese estudio constaba de 44 folios (Ver Carátula del primer estudio)
Ahora bien, meses después apareció una segunda versión del supuesto “estudio definitivo” fechado también en mayo de 2009. Pero esta vez con 82 folios y varios anexos. (Ver Diferencias en tablas de contenidos).
Todo parece indicar que el estudio fue cambiado más de un año después de haber finalizado y también un año después de emitidos los decretos para el cobro de plusvalía, basados en la primera versión del documento.
Pero oh, sorpresa, la Alcaldía de Funza entregó a los interesados una tercera versión, esta vez con fecha “junio de 2009”. Es importante notar que en esa “nueva versión” aparece, además de la matrícula del señor Hernández Poveda, un número de Registro Nacional Avaluador que en las versiones anteriores brillaba por su ausencia. (Ver Diferencias en Carátulas)
El señor Hernández Poveda, avaluador de Manabá, no estaba registrado en el momento de la celebración y finalización del contrato con el municipio y sólo se anotó el 8 de noviembre de 2010, cuando obtuvo el número de inscripción 10138906. (Ver Superintendencia de Industria y Comercio).
El hecho ocurrió un año y medio luego de que se hubieran entregado los estudios definitivos para el cálculo de la plusvalía y un año después de emitidos los decretos para cobro del gravamen.
Ese número de registro es un requisito de obligatorio cumplimiento para adelantar estudios para gravamen de plusvalía y, en este caso, fue solicitado por el avaluador después de ser emitidos los decretos del cobro, pero añadido, mágicamente, a un estudio que tiene fecha en junio de 2009.
Una belleza de mamarracho.
Fuera de eso, se incluye una tabla de contenidos diferente e información nueva para contrarrestar los inmensos vacíos técnicos y jurídicos que presentaban las dos versiones anteriores del estudio, que fueron las bases para emitir los Decretos 42, 43 y 47 de julio y agosto de 2010 sobre el importante tema del cobro de plusvalía.
Vaya, vaya, vaya.
La manipulación del estudio y la prueba de que se hicieron varias versiones también se evidencia en los cuestionamientos que hizo el Ministerio de Ambiente en abril de 2010, las recomendaciones que realizó la Gobernación de Cundinamarca de entonces y los propios interrogantes que expuso el otrora jefe de la Oficina de Planeación, José Miguel Pirela Castañeda, en marzo 22 de 2011. (Ver Cuestionamientos).
No eran menores.
Así, el estudio aprobado por Rey Ángel, mediante acta de avance No. 4 del 24 de junio de 2009, no correspondía al que fue objeto de análisis ni por la Gobernación de Cundinamarca ni por el Ministerio del Medio Ambiente.
Grave.
Debido a todo esto y a las denuncias de concejales del municipio, investigaciones periodísticas y quejas de algunos propietarios de predios, el señor Rey Ángel se vio obligado a cambiar las cosas sobre el papel para tratar de evadir los serios cuestionamientos.
Pero el asunto no paró ahí.
En noviembre de 2011 el entonces alcalde Rey Ángel suscribió un nuevo contrato esta vez con Avaluadores Profesionales “Apra” para adelantar otro estudio de plusvalía, en un intento por borrar todas las irregularidades cometidas en el proceso con Manabá. (Ver Contrato Apra).
Cuando al exalcalde le han preguntado sobre el tema ha dicho que el objetivo de ese contrato era dar cumplimiento a una sentencia de nulidad. Pero le faltó un detallito.
Rey Ángel firmó el contrato con Apra estando aún vigentes los Decretos 42, 43, y 47 de julio y agosto de 2010, que daban vía libre al cobro de plusvalía, lo cual le quitaba toda validez al contrato con Apra, esto porque ese contrato solo podía firmarse una vez derogados los mencionados decretos.
Esos decretos de plusvalía, expedidos con base en el estudio de Manabá, fueron derogados el 23 de diciembre de 2011. Así, pese a que el hoy gobernador de Cundinamarca saque pecho orgulloso por el proceso de cobro de plusvalía en Funza, lo único que queda claro con todo este complicado proceso, es que lo logró gracias a graves irregularidades en su Alcaldía que deben ser examinadas por las autoridades.
Este es uno de esos temas técnicos, complejos y aburridores. Pero no por eso deja de ser escandaloso.
También le puede interesar: ¿Otra ley para beneficiar a los mafiosos?
El actual gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey Ángel, fue alcalde de Funza entre 2008 y 2011. En respuesta a mi columna pasada el gobernador estableció que cuando llegó a esa alcaldía, sólo 20 municipios del país cobraban plusvalía y que Funza, gracias a su labor, fue el único de cuarta categoría en empezar a hacerlo.
Un gran logro.
Lo que no aclaró el señor Rey Ángel es que su decisión no obedeció a un acto heroico por parte de su administración, sino al cumplimiento de una Acción Popular.
Sin embargo, para Rey Ángel, en el tema de la plusvalía, parece el fin justificaron los medios. Veamos por qué.
El 19 de diciembre de 2008, la Alcaldía Municipal de Funza suscribió el contrato No. 520 de prestación de servicios con la Corporación Manabá, cuyo objeto era adelantar los estudios para determinar el cobro del gravamen de plusvalía. (Ver Contrato 520).
De acuerdo con la ley, para efectos de plusvalía el avaluador debe tener domicilio en el municipio objeto del estudio, es decir Funza. No obstante, a la firma del contrato, Manabá, estaba domiciliada en Bogotá.
Irregularidad menor, pero hasta ahora estamos empezando.
La ley 388 de 1997 establece que la entrega y culminación de dichos estudios se debe dar en un plazo de 60 días hábiles inmodificables. Pero, el contrato con la Corporación Manabá tiene fecha de inicio del 12 de diciembre de 2008 y de terminación, en septiembre de 2011. Tres añitos más de lo que establece la ley. (Ver Acta liquidación contrato Manabá).
En la cláusula novena del contrato suscrito con Manabá, se determina que la supervisión será realizada por el arquitecto Hover Fonseca Sánchez, Secretario de Planeación Municipal, funcionario que debía controlar su correcta ejecución y cumplimiento.
Sin embargo, las actas de avance del estudio con fechas de 2009 no son firmadas por el supervisor del contrato, sino directamente por el exalcalde Rey Ángel quien se abrogó irregularmente esa supervisión firmándolas, además, de manera extemporánea. (Ver Actas).
Seguramente el señor Rey Ángel quería controlar cada detalle del proceso. De pronto por eso es que existen, contra la norma, varias versiones del estudio para corregir sus múltiples errores.
La portada del primer estudio tiene como fecha mayo de 2009 y en ella aparecen Abdón Alejandro Poveda Gómez como director técnico y el señor Daniel Alejandro Hernández Poveda como ingeniero catastral con matrícula 25222163938. Ese estudio constaba de 44 folios (Ver Carátula del primer estudio)
Ahora bien, meses después apareció una segunda versión del supuesto “estudio definitivo” fechado también en mayo de 2009. Pero esta vez con 82 folios y varios anexos. (Ver Diferencias en tablas de contenidos).
Todo parece indicar que el estudio fue cambiado más de un año después de haber finalizado y también un año después de emitidos los decretos para el cobro de plusvalía, basados en la primera versión del documento.
Pero oh, sorpresa, la Alcaldía de Funza entregó a los interesados una tercera versión, esta vez con fecha “junio de 2009”. Es importante notar que en esa “nueva versión” aparece, además de la matrícula del señor Hernández Poveda, un número de Registro Nacional Avaluador que en las versiones anteriores brillaba por su ausencia. (Ver Diferencias en Carátulas)
El señor Hernández Poveda, avaluador de Manabá, no estaba registrado en el momento de la celebración y finalización del contrato con el municipio y sólo se anotó el 8 de noviembre de 2010, cuando obtuvo el número de inscripción 10138906. (Ver Superintendencia de Industria y Comercio).
El hecho ocurrió un año y medio luego de que se hubieran entregado los estudios definitivos para el cálculo de la plusvalía y un año después de emitidos los decretos para cobro del gravamen.
Ese número de registro es un requisito de obligatorio cumplimiento para adelantar estudios para gravamen de plusvalía y, en este caso, fue solicitado por el avaluador después de ser emitidos los decretos del cobro, pero añadido, mágicamente, a un estudio que tiene fecha en junio de 2009.
Una belleza de mamarracho.
Fuera de eso, se incluye una tabla de contenidos diferente e información nueva para contrarrestar los inmensos vacíos técnicos y jurídicos que presentaban las dos versiones anteriores del estudio, que fueron las bases para emitir los Decretos 42, 43 y 47 de julio y agosto de 2010 sobre el importante tema del cobro de plusvalía.
Vaya, vaya, vaya.
La manipulación del estudio y la prueba de que se hicieron varias versiones también se evidencia en los cuestionamientos que hizo el Ministerio de Ambiente en abril de 2010, las recomendaciones que realizó la Gobernación de Cundinamarca de entonces y los propios interrogantes que expuso el otrora jefe de la Oficina de Planeación, José Miguel Pirela Castañeda, en marzo 22 de 2011. (Ver Cuestionamientos).
No eran menores.
Así, el estudio aprobado por Rey Ángel, mediante acta de avance No. 4 del 24 de junio de 2009, no correspondía al que fue objeto de análisis ni por la Gobernación de Cundinamarca ni por el Ministerio del Medio Ambiente.
Grave.
Debido a todo esto y a las denuncias de concejales del municipio, investigaciones periodísticas y quejas de algunos propietarios de predios, el señor Rey Ángel se vio obligado a cambiar las cosas sobre el papel para tratar de evadir los serios cuestionamientos.
Pero el asunto no paró ahí.
En noviembre de 2011 el entonces alcalde Rey Ángel suscribió un nuevo contrato esta vez con Avaluadores Profesionales “Apra” para adelantar otro estudio de plusvalía, en un intento por borrar todas las irregularidades cometidas en el proceso con Manabá. (Ver Contrato Apra).
Cuando al exalcalde le han preguntado sobre el tema ha dicho que el objetivo de ese contrato era dar cumplimiento a una sentencia de nulidad. Pero le faltó un detallito.
Rey Ángel firmó el contrato con Apra estando aún vigentes los Decretos 42, 43, y 47 de julio y agosto de 2010, que daban vía libre al cobro de plusvalía, lo cual le quitaba toda validez al contrato con Apra, esto porque ese contrato solo podía firmarse una vez derogados los mencionados decretos.
Esos decretos de plusvalía, expedidos con base en el estudio de Manabá, fueron derogados el 23 de diciembre de 2011. Así, pese a que el hoy gobernador de Cundinamarca saque pecho orgulloso por el proceso de cobro de plusvalía en Funza, lo único que queda claro con todo este complicado proceso, es que lo logró gracias a graves irregularidades en su Alcaldía que deben ser examinadas por las autoridades.
Este es uno de esos temas técnicos, complejos y aburridores. Pero no por eso deja de ser escandaloso.
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