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El azar de la ortografía hizo que la sigla de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sea la misma palabra latina que se usa para llamar la atención sobre un error en un texto (sic). Escrito en minúsculas y entre paréntesis junto al error, el adverbio “sic” significa “así” y abrevia la frase sic erat scriptum (“así fue escrito”), con la que un autor aclara que el yerro venía en el texto original que está citando.
Traigo a cuento la coincidencia a propósito del doble error del superintendente Robledo al responder mi columna anterior y defender la decisión de la SIC de censurar un video informativo sobre las cantidades y los efectos del azúcar en las gaseosas y otras bebidas endulzadas. Equivocación que le valió una doble llamada de atención, primero de la Corte Suprema y luego de la Corte Constitucional, que les dieron razón a las tutelas que presentamos varias organizaciones contra la determinación de la SIC de sacar del aire el anuncio, ante queja de Postobón.
He exaltado varias veces en este diario las sanciones acertadas y valientes de la SIC que han defendido el interés público, la libre competencia y los derechos de los consumidores, aun contra sectores económicos poderosos, como los productores de pañales, cuadernos y azúcar. Pero también hay que decir, como lo dicen las dos cortes en sus fallos, que en esta ocasión la SIC se equivocó de varias formas: vetó el anuncio y le impuso censura previa a cualquier otro comercial de la ONG Educar Consumidores sobre el tema; omitió el deber de notificar a esta organización de una decisión en su contra; y olvidó que el derecho de los consumidores a saber el contenido y los efectos de lo que están comiendo tiene tanto o más peso constitucional que el derecho de las industrias a publicitar sus productos.
Por eso en mi columna anterior calificaba de inaudita la decisión de la SIC. Al día siguiente el superintendente trinó: “Inaudito q en tutela, 2 magistrados @CConstitucional condenen a ciudadanos a soportar información falsa sobre consumo de productos legales”. Doble error. Primero, decir que fue asunto de “2 magistrados” (sic). El dardo es deliberadamente incompleto. No solo fue la Corte Constitucional, sino también la Corte Suprema, la que condenó a la SIC a levantar la censura. Y es lamentablemente contradictorio. Cuando Robledo impuso sanciones controvertidas y valerosas, respondió que estaba aplicando la ley y exigió respeto por su institución. Todo lo contrario a lo que hace al descalificar a la Corte Constitucional, cuando se refiere despectivamente a “2 magistrados” que conformaron la mayoría requerida para el fallo (en sala de tres magistrados) y que cumplieron el mismo deber de aplicar la ley y la Constitución.
También es un error decir que el fallo “condena a ciudadanos a soportar información falsa” (sic). La SIC nunca sustentó que la información del anuncio fuera falsa, y desconoció la evidencia científica que Educar Consumidores le envió para respaldar otro anuncio.
Esperemos que la SIC acate el fallo y continúe con la protección de los consumidores. Y permita el debate sobre la comida chatarra (sic) que lanzó RedPaPaz con su campaña #NoComasMásMentiras, para regular la publicidad dirigida a niños. A eso y a explicar ese último “sic” dedicaré otras columnas.
* Director de Dejusticia.