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                                                                                                                                Amnistiar a la “Mata Hari” afecta a la JEP

                                                                                                                                El Espectador

                                                                                                                                Dice la Sala de Amnistía e Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que estallar un carro bomba en una escuela de militares, en un espacio que comparte con una universidad, es un “ataque válido” en el marco del derecho internacional humanitario (DIH). Sabíamos que con la justicia transicional vendrían decisiones difíciles sobre las tragedias que han marcado al país, de eso no hay duda. Sin embargo, el raciocinio detrás de esta medida abre una puerta peligrosa que afecta a las víctimas, golpea nuevamente la legitimidad del tribunal y tiene a muchos colombianos expresando indignación. ¿No hay límites a lo que podía hacerse durante el conflicto?

                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La indignación que ha causado la decisión es entendible. Por supuesto que en el marco de operación de la JEP habrá cientos de casos donde tenga que aplicarse la amnistía a pesar de que las consecuencias de los ataques hayan sido perversas. Esa es la lógica nefasta de la guerra y es el tipo de escenarios que regula el DIH. Pero cuando se trata de este tipo de ataques contra instituciones educativas, donde además había civiles y se puso en riesgo a la población, aplicar las normas internacionales sin tener en cuenta la realidad es un desacierto.

                                                                                                                                Por fortuna, la JEP tiene la oportunidad de revocar esta decisión en segunda instancia. El Ministerio de la Defensa apeló la amnistía, argumentando que “el terrorismo no puede ser materia de indulto o amnistía”. Estamos de acuerdo. La jurisprudencia del tribunal debe utilizar criterios razonables para que este tipo de casos no sean amnistiados y generen más desconfianza en los ciudadanos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Nota del director. Necesitamos de lectores como usted para seguir haciendo un periodismo independiente y de calidad. Por favor, considere adquirir una suscripción digital y apostémosle al poder de la palabra.

                                                                                                                                Dice la Sala de Amnistía e Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que estallar un carro bomba en una escuela de militares, en un espacio que comparte con una universidad, es un “ataque válido” en el marco del derecho internacional humanitario (DIH). Sabíamos que con la justicia transicional vendrían decisiones difíciles sobre las tragedias que han marcado al país, de eso no hay duda. Sin embargo, el raciocinio detrás de esta medida abre una puerta peligrosa que afecta a las víctimas, golpea nuevamente la legitimidad del tribunal y tiene a muchos colombianos expresando indignación. ¿No hay límites a lo que podía hacerse durante el conflicto?

                                                                                                                                PUBLICIDAD
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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La indignación que ha causado la decisión es entendible. Por supuesto que en el marco de operación de la JEP habrá cientos de casos donde tenga que aplicarse la amnistía a pesar de que las consecuencias de los ataques hayan sido perversas. Esa es la lógica nefasta de la guerra y es el tipo de escenarios que regula el DIH. Pero cuando se trata de este tipo de ataques contra instituciones educativas, donde además había civiles y se puso en riesgo a la población, aplicar las normas internacionales sin tener en cuenta la realidad es un desacierto.

                                                                                                                                Por fortuna, la JEP tiene la oportunidad de revocar esta decisión en segunda instancia. El Ministerio de la Defensa apeló la amnistía, argumentando que “el terrorismo no puede ser materia de indulto o amnistía”. Estamos de acuerdo. La jurisprudencia del tribunal debe utilizar criterios razonables para que este tipo de casos no sean amnistiados y generen más desconfianza en los ciudadanos.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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