Con-ciencia minera
Es sabido que uno de los vacíos de la ciencia en Colombia es la carencia de suficientes investigaciones en escalas temporales y espaciales amplias.
El Espectador
Trascendental nos parece la Sentencia T-445 de 2016 de la Corte Constitucional, en lo que concierne a la orden que da al Gobierno para que en menos de dos años constituya una mesa de trabajo interinstitucional para adelantar una investigación “científica y sociológica que permita identificar y precisar las conclusiones gubernamentales respecto a los impactos de la actividad minera en los ecosistemas colombianos”.
El ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo, al reconocer que esa cartera acatará el fallo, manifiesta que se trata de una responsabilidad difusa que genera demasiada incertidumbre en el sector y defiende que el sector ha realizado los estudios ambientales que corresponden al caso y que existen iniciativas de cooperación internacional que buscan garantizar que la política minera se base en estudios. Es claro que una parte de este comentario puede referirse solo a la prevalencia de la decisión municipal sobre el ordenamiento territorial de la actividad minera. Es un tema delicado y que debe permanecer abierto a discusión. Pero no compartimos su apreciación sobre la segunda parte, que se refiere al tema de la gestión del conocimiento en la minería en Colombia.
Enfatiza el jefe del Ministerio que, en relación con el cuestionamiento presentado por la Corte a estudios sobre impactos de la minería, “quien debe pronunciarse al respecto es el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Minería, en razón a sus competencias”. No parece el ministro entender el alcance y ver la gran oportunidad que se desprende de esta sentencia. Al mirarla en detalle, es claro que la Corte no habla de estudios en general, sino de investigación científica sobre el sistema ecológico y social que resulta eventualmente impactado. Que no es lo mismo. Porque los estudios que se basan estrictamente en los requerimientos jurídicos, no siempre definen desde las dinámicas del conocimiento cuáles son todas las variables en juego, y sobre todo las escalas espaciales y temporales de los impactos y las relaciones entre la sociedad y los ecosistemas impactados.
Es evidente que el desarrollo de la política y la actividad minera en el país no carecen de estudios. También hay un importante acervo de conocimiento científico realizado por académicos y publicado en revistas de reconocida calidad a nivel internacional. Casi todos ellos sobre aspectos puntuales del impacto de la minería en suelos y aguas. Ninguno encontramos sobre impactos en biodiversidad y servicios ecosistémicos, y muy escasos en temas sociales. Autorizados académicos y observadores han venido resaltando algunas carencias en el conocimiento de los impactos de la actividad minera, en especial en sus impactos territoriales y socioecológicos. Algunos de ellos podrían contratarse rápidamente, para llenar estos vacíos, pero el espíritu del mandato va más allá, habida cuenta de que los efectos (y no solo impactos negativos) de la minería en los territorios se proyectan en plazos más largos y en espacios más amplios. Es sabido que uno de los vacíos de la ciencia en Colombia es la carencia de suficientes investigaciones en escalas temporales y espaciales amplias. No conocemos umbrales de transformación ecológica en territorios mineros, y muy poco –o prácticamente nada– en los efectos de los pasivos mineros.
Un segundo elemento de la sentencia que marca una diferencia es la exigencia de crear una mesa con múltiples actores. Es decir, no estamos frente a la forma usual de generación de información, sino frente a una propuesta de gestión del conocimiento, que en este tema no existe de manera suficiente.
Obviamente en dos años no se resuelve el tema, pero sí es una oportunidad para que, con base en revisar el estado del conocimiento del tema, se den los lineamientos para que en el futuro la actividad minera se construya sobre el mejor conocimiento necesario, con monitoreo y participación. También una parte de los tributos, regalías o compensaciones mineras podrían irse a la gestión del conocimiento, que por orden de la Corte debe ser “investigación científica y social”. Esta es una gran oportunidad que no se debe desaprovechar.
¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.
Trascendental nos parece la Sentencia T-445 de 2016 de la Corte Constitucional, en lo que concierne a la orden que da al Gobierno para que en menos de dos años constituya una mesa de trabajo interinstitucional para adelantar una investigación “científica y sociológica que permita identificar y precisar las conclusiones gubernamentales respecto a los impactos de la actividad minera en los ecosistemas colombianos”.
El ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo, al reconocer que esa cartera acatará el fallo, manifiesta que se trata de una responsabilidad difusa que genera demasiada incertidumbre en el sector y defiende que el sector ha realizado los estudios ambientales que corresponden al caso y que existen iniciativas de cooperación internacional que buscan garantizar que la política minera se base en estudios. Es claro que una parte de este comentario puede referirse solo a la prevalencia de la decisión municipal sobre el ordenamiento territorial de la actividad minera. Es un tema delicado y que debe permanecer abierto a discusión. Pero no compartimos su apreciación sobre la segunda parte, que se refiere al tema de la gestión del conocimiento en la minería en Colombia.
Enfatiza el jefe del Ministerio que, en relación con el cuestionamiento presentado por la Corte a estudios sobre impactos de la minería, “quien debe pronunciarse al respecto es el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional de Minería, en razón a sus competencias”. No parece el ministro entender el alcance y ver la gran oportunidad que se desprende de esta sentencia. Al mirarla en detalle, es claro que la Corte no habla de estudios en general, sino de investigación científica sobre el sistema ecológico y social que resulta eventualmente impactado. Que no es lo mismo. Porque los estudios que se basan estrictamente en los requerimientos jurídicos, no siempre definen desde las dinámicas del conocimiento cuáles son todas las variables en juego, y sobre todo las escalas espaciales y temporales de los impactos y las relaciones entre la sociedad y los ecosistemas impactados.
Es evidente que el desarrollo de la política y la actividad minera en el país no carecen de estudios. También hay un importante acervo de conocimiento científico realizado por académicos y publicado en revistas de reconocida calidad a nivel internacional. Casi todos ellos sobre aspectos puntuales del impacto de la minería en suelos y aguas. Ninguno encontramos sobre impactos en biodiversidad y servicios ecosistémicos, y muy escasos en temas sociales. Autorizados académicos y observadores han venido resaltando algunas carencias en el conocimiento de los impactos de la actividad minera, en especial en sus impactos territoriales y socioecológicos. Algunos de ellos podrían contratarse rápidamente, para llenar estos vacíos, pero el espíritu del mandato va más allá, habida cuenta de que los efectos (y no solo impactos negativos) de la minería en los territorios se proyectan en plazos más largos y en espacios más amplios. Es sabido que uno de los vacíos de la ciencia en Colombia es la carencia de suficientes investigaciones en escalas temporales y espaciales amplias. No conocemos umbrales de transformación ecológica en territorios mineros, y muy poco –o prácticamente nada– en los efectos de los pasivos mineros.
Un segundo elemento de la sentencia que marca una diferencia es la exigencia de crear una mesa con múltiples actores. Es decir, no estamos frente a la forma usual de generación de información, sino frente a una propuesta de gestión del conocimiento, que en este tema no existe de manera suficiente.
Obviamente en dos años no se resuelve el tema, pero sí es una oportunidad para que, con base en revisar el estado del conocimiento del tema, se den los lineamientos para que en el futuro la actividad minera se construya sobre el mejor conocimiento necesario, con monitoreo y participación. También una parte de los tributos, regalías o compensaciones mineras podrían irse a la gestión del conocimiento, que por orden de la Corte debe ser “investigación científica y social”. Esta es una gran oportunidad que no se debe desaprovechar.
¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a yosoyespectador@gmail.com.