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El capricho de los pasaportes no era legal 


14 de noviembre de 2024 - 05:00 a. m.
Por más argucias retóricas que empleen el excanciller o sus defensores en la Casa de Nariño, el desastre ocurrido con esta licitación es culpa exclusiva del Gobierno.
Por más argucias retóricas que empleen el excanciller o sus defensores en la Casa de Nariño, el desastre ocurrido con esta licitación es culpa exclusiva del Gobierno.
Foto: Óscar Pérez
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No es cierto, como dice el excanciller Álvaro Leyva, que la decisión de la Procuraduría en su contra se sustente sobre argumentos meramente políticos. Si se tratara de una persecución, merecería todo el rechazo, por supuesto. Pero ante los ojos del país quedó en evidencia que la interrupción del proceso de contratación para elaborar los pasaportes fue producto de un acto de negligencia; el cumplimiento de un capricho, ese sí político, que no tuvo reparos en pasar por encima de las normas de contratación. Por más argucias retóricas que empleen el excanciller o sus defensores en la Casa de Nariño, el desastre ocurrido con esta licitación es culpa exclusiva del Gobierno. La persecución posterior a cualquier participación pública de Thomas Greg & Sons también deja muchas preguntas sobre la libre competencia.

Thomas Greg & Sons venía fabricando los pasaportes colombianos sin mayores contratiempos. Cuando se abrió una nueva licitación, elaborada por la Cancillería de Leyva, la empresa tenía el derecho de volver a aspirar. Aquí está el detalle más importante: las reglas exigidas para asignar el contrato las elaboró la entidad a cargo de Leyva. No solo eso, sino que cuando los competidores hicieron comentarios, el mismo Comité Evaluador de la Cancillería les dio trámite y dejó en firme el proceso. Las etapas avanzaron hasta el punto en que el único oferente que obtuvo una calificación idónea fue Thomas Greg & Sons. Ahí fue cuando el presidente de la República, Gustavo Petro, dijo que en su gobierno no se iban a permitir las licitaciones de un solo oferente. En respuesta, Leyva decidió sabotear todo el proceso, con el agravante de que no había justificación legal para hacerlo.

Desde entonces, el excanciller ha lanzado una serie de argumentos para exculparse. Se posicionó como el salvador de los recursos públicos, adalid anticorrupción, que fue engañado por sus subalternos que elaboraron un “pliego sastre”. Sin embargo, no hay prueba alguna de corrupción en el proceso, pues los términos de la contratación fueron públicamente discutidos en varias ocasiones y el comité técnico de la Cancillería le dio el visto bueno. ¿Acaso Leyva estuvo desinteresado todos esos meses? ¿No cumplió con su debida responsabilidad de vigilancia? Las normas de contratación actuales son claras y no se prestan para el abuso de ningún funcionario, por más que considere que su cruzada está justificada en buenas intenciones.

La Procuraduría llegó a la conclusión de que el actuar errático e irresponsable del excanciller le generó un detrimento patrimonial al país y es una falla disciplinaria. Estamos de acuerdo. Su actitud cuando fue advertido de esto por la propia agencia jurídica del Estado fueron la grosería y la hostilidad. La lucha contra la corrupción no justifica que se rompan las normas de contratación, se viole la libre competencia y se estigmatice sin pruebas a un contratista del Estado. Estamos viendo el resultado anunciado desde que empezaron los rumores de todo este desastre. Aunque Leyva dijo que apelará, no vemos razones para que se eche atrás esta decisión. Mientras tanto, el Gobierno sigue en mora de promover una reforma a las leyes de contratación para evitar los oferentes únicos. Eso sí podría ser un cambio tangible en su lucha contra el mal uso de los recursos públicos.

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Julio(69508)15 de noviembre de 2024 - 05:06 p. m.
No aborda el editorial la centralidad del problema: Constituye falta disciplinaria el disentimiento jurìdico? Al rompe se debe contestar :NO. Es propio de la disciplina cientìfica del derecho el disentimiento. Para ello se creò la instituciòn el salvamento del voto, que dista mucho de configurar falta disciplinaria. Uno es el concepto de Samora, como directora de la agencia jurìdica del estado, y otro el de Leyva, fundado en la exigencia de la norma contractual de la pluralidad de oferentes.
  • usucapion1000(15667)21 de noviembre de 2024 - 06:05 p. m.
    Bravo Julio pusiste las tildes en su lugar.
José(9532)15 de noviembre de 2024 - 01:31 a. m.
Felicitaciones por la imparcialidad en el manejo de la información de esta situación (Ja Ja Ja).
Alberto(3788)15 de noviembre de 2024 - 12:06 a. m.
Muy razonable.
Héctor(15733)14 de noviembre de 2024 - 11:19 p. m.
Excelente.
Gabriel(91153)14 de noviembre de 2024 - 08:29 p. m.
"Mientras tanto, el Gobierno sigue en mora de promover una reforma a las leyes de contratación para evitar los oferentes únicos. " Entonces, al fin que senores de EE ? Un solo oferente es el problema y esa misma empresa ha ganado muchos negocios siendo unico oferente. Luego lo que se trata de lograr es lo mismo que se quiere evitar con el negocio de los pasaportes. Otra vez EE des-informando o informando de manera parcial y defendiendo intereses partculares.
  • usucapion1000(15667)21 de noviembre de 2024 - 06:09 p. m.
    El mismo espíritu de las normas de contratación lo señalan. LEÁLAS CUIDADOSAMENTE.
  • usucapion1000(15667)21 de noviembre de 2024 - 06:07 p. m.
    La ley de contratación es clara en cuanto a pluralidad de oferentes, el problema es la interoretación sesgada de la desprocuradora, la torcida oposición y algunos Medios.
  • Carlos(86809)14 de noviembre de 2024 - 09:37 p. m.
    Parece que el cerebro le está funcionando mal. ¿Ya existe alguna norma que no permite los oferentes únicos?????
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