La Procuraduría ganó la competencia, pero el lío sigue
Las cortes colombianas hablaron. Después de años de confusión normativa, el Consejo de Estado se sumó a la Corte Constitucional para confirmar que la Procuraduría General de la Nación sí tiene competencia para sancionar a los funcionarios de elección popular que incurran en faltas disciplinarias. Con esto, la procuradora, Margarita Cabello, se anota una victoria, pues había defendido esa tesis desde que llegó al cargo. También se empieza a solucionar un choque de trenes que se anunciaba entre el tribunal constitucional y el administrativo, donde existían tesis opuestas. Sin embargo, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Colombia sigue, a nuestro parecer, sin cumplirse de manera adecuada. Entre tanto, se le ha ido otro año al Gobierno de Gustavo Petro sin proponer su anunciada y necesaria reforma al Ministerio Público.
Es, precisamente, el presidente Gustavo Petro quien más ha criticado la realidad normativa de nuestro país. Cuando fue destituido de la Alcaldía de Bogotá en medio de la persecución del entonces procurador, Alejandro Ordóñez, llevó su caso a la Corte IDH. Esto terminó en una sentencia del tribunal internacional que regañó a nuestro país y también afianzó el precedente en toda Latinoamérica. En síntesis, la Corte IDH dijo que quienes hayan firmado la Convención Americana no pueden privar de sus derechos políticos a funcionarios elegidos popularmente a menos que haya una decisión penal en su contra. En el caso de Colombia, esto significa que nuestra Constitución está en contravía de la Convención, pues desde su nacimiento la Procuraduría ha podido hacer eso: inhabilitar alcaldes, gobernadores, concejales, ediles y congresistas, a pesar de que, en esencia, el Ministerio Público no es un juez.
La decisión de la Corte IDH fue recibida con mucha hostilidad por ciertos sectores políticos del país. La procuradora Cabello y el entonces presidente, Iván Duque, impulsaron una reforma que lo que hizo fue fortalecer la burocracia del Ministerio Público y saltarse lo dicho por el tribunal internacional. Esto llevó a que la Corte IDH nos enviara otro regaño público. Sin embargo, en los años posteriores la Procuraduría siguió inhabilitando y sancionando, mientras el presidente Petro se alzó como su principal opositor, invocando la sentencia que lo benefició a él.
Para complejizar aún más el asunto, las cortes colombianas entraron al debate con algo de ambivalencia. En una decisión sorpresiva, la Corte Constitucional dijo que la Procuraduría podía sancionar siempre y cuando ese actuar fuera revisado por el Consejo de Estado. Inicialmente y en respuesta, el tribunal administrativo no compartió esa tesis. Hasta esta semana, cuando la Sala Plena del Consejo de Estado decidió dejar a un lado sus diferencias y adoptar la misma postura de la Corte Constitucional.
Entonces, sí, la Procuraduría puede sancionar a funcionarios elegidos popularmente. Y esas decisiones serán revisadas por el Consejo de Estado. Quedan notificados todos los políticos del país. Empero, ambos tribunales insisten en que el Congreso es el llamado a expedir una nueva legislación que haga más armónicas nuestras normas con la Convención Americana. El presidente Petro la propuso, pero se le perdió en medio de otras prioridades. En 2025 se debería, por fin, atender de frente este problema.
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Las cortes colombianas hablaron. Después de años de confusión normativa, el Consejo de Estado se sumó a la Corte Constitucional para confirmar que la Procuraduría General de la Nación sí tiene competencia para sancionar a los funcionarios de elección popular que incurran en faltas disciplinarias. Con esto, la procuradora, Margarita Cabello, se anota una victoria, pues había defendido esa tesis desde que llegó al cargo. También se empieza a solucionar un choque de trenes que se anunciaba entre el tribunal constitucional y el administrativo, donde existían tesis opuestas. Sin embargo, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) contra Colombia sigue, a nuestro parecer, sin cumplirse de manera adecuada. Entre tanto, se le ha ido otro año al Gobierno de Gustavo Petro sin proponer su anunciada y necesaria reforma al Ministerio Público.
Es, precisamente, el presidente Gustavo Petro quien más ha criticado la realidad normativa de nuestro país. Cuando fue destituido de la Alcaldía de Bogotá en medio de la persecución del entonces procurador, Alejandro Ordóñez, llevó su caso a la Corte IDH. Esto terminó en una sentencia del tribunal internacional que regañó a nuestro país y también afianzó el precedente en toda Latinoamérica. En síntesis, la Corte IDH dijo que quienes hayan firmado la Convención Americana no pueden privar de sus derechos políticos a funcionarios elegidos popularmente a menos que haya una decisión penal en su contra. En el caso de Colombia, esto significa que nuestra Constitución está en contravía de la Convención, pues desde su nacimiento la Procuraduría ha podido hacer eso: inhabilitar alcaldes, gobernadores, concejales, ediles y congresistas, a pesar de que, en esencia, el Ministerio Público no es un juez.
La decisión de la Corte IDH fue recibida con mucha hostilidad por ciertos sectores políticos del país. La procuradora Cabello y el entonces presidente, Iván Duque, impulsaron una reforma que lo que hizo fue fortalecer la burocracia del Ministerio Público y saltarse lo dicho por el tribunal internacional. Esto llevó a que la Corte IDH nos enviara otro regaño público. Sin embargo, en los años posteriores la Procuraduría siguió inhabilitando y sancionando, mientras el presidente Petro se alzó como su principal opositor, invocando la sentencia que lo benefició a él.
Para complejizar aún más el asunto, las cortes colombianas entraron al debate con algo de ambivalencia. En una decisión sorpresiva, la Corte Constitucional dijo que la Procuraduría podía sancionar siempre y cuando ese actuar fuera revisado por el Consejo de Estado. Inicialmente y en respuesta, el tribunal administrativo no compartió esa tesis. Hasta esta semana, cuando la Sala Plena del Consejo de Estado decidió dejar a un lado sus diferencias y adoptar la misma postura de la Corte Constitucional.
Entonces, sí, la Procuraduría puede sancionar a funcionarios elegidos popularmente. Y esas decisiones serán revisadas por el Consejo de Estado. Quedan notificados todos los políticos del país. Empero, ambos tribunales insisten en que el Congreso es el llamado a expedir una nueva legislación que haga más armónicas nuestras normas con la Convención Americana. El presidente Petro la propuso, pero se le perdió en medio de otras prioridades. En 2025 se debería, por fin, atender de frente este problema.
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