En Colombia abundan los niños apátridas, víctimas del exceso de burocracia de la Registraduría y la indolencia de la Cancillería. Una investigación del año pasado de La Silla Vacía, donde se cita a la Registraduría, cuenta que en nuestro país hay cerca de 25.000 personas sin patria, pues en su país de origen no pudieron registrarse y tramitar la nacionalidad colombiana es una pesadilla. Ahora, una decisión reciente de la Corte Constitucional resignifica el debate y deja algo claro: no se deben exigir requisitos incumplibles a quienes deseen registrar a sus hijos en el país y tengan los motivos para hacerlo. Así debería ser.
El problema de la burocracia es cuando las normas olvidan su objetivo primordial y se convierten en obstáculos crueles. El caso de la Sentencia T-221 de 2023, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, muestra el sufrimiento de muchos colombianos. En los hechos, el alto tribunal cuenta que una mujer “vivía en Venezuela junto con sus dos hijos e ingresaron de manera irregular a Colombia en 2019. Indica que, a pesar de que ella y el padre de los menores de edad son colombianos, no ha podido realizar la inscripción extemporánea del nacimiento de sus hijos, ya que la Registraduría Nacional de Estado Civil le exige presentar los registros civiles de nacimiento, expedidos en Venezuela, debidamente apostillados”. El problema es que conseguir ese registro civil es imposible, pues el desastre burocrático que es Venezuela no permite citas virtuales y no es viable asistir a una cita presencial. Sin embargo, como no cumple con el sello, la Registraduría se negó en múltiples ocasiones.
Esta es la dictadura del legalismo ineficiente que disfraza la crueldad de trámites burocráticos. Si a todas luces las personas involucradas son vulnerables y además tienen los motivos para pedir la nacionalidad, si los niños en cuestión están en riesgo por no tener documentación oficial y si además se trata de personas que regresaron al país huyendo de condiciones adversas, ¿por qué insistir en pedir un sello inalcanzable? Es el ridículo kafkiano de un Estado apegado a normas para impedir que esas mismas normas surtan los efectos esperados. Toda la legislación sobre nacionalidad está hecha para que no haya niños sin patria y sus derechos se respeten, pero debido a un simple trámite todo se echa por la borda.
No es menor el daño. Estudiando el caso, la Corte Constitucional regaña a la Registraduría, pues en su actuar “irrazonable, desproporcionado e injustificado” afecta “los derechos fundamentales a la nacionalidad, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la igualdad, a la dignidad humana y a la salud de hijos de padres colombianos nacidos en Venezuela”. Por esto, citando jurisprudencia que ya debería haberse visto aplicada por la burocracia colombiana, dice que hay otras maneras de cumplir con el requisito del registro civil, como declaraciones juramentadas de testigos. En últimas, la decisión de la Corte es un argumento a favor del sentido común: que padres y Estado trabajen juntos para que no haya niños apátridas. Debemos erradicar las burocracias que no permiten las reflexiones propias sobre la realidad del país.
¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a elespectadoropinion@gmail.com.
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El problema de la burocracia es cuando las normas olvidan su objetivo primordial y se convierten en obstáculos crueles. El caso de la Sentencia T-221 de 2023, con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, muestra el sufrimiento de muchos colombianos. En los hechos, el alto tribunal cuenta que una mujer “vivía en Venezuela junto con sus dos hijos e ingresaron de manera irregular a Colombia en 2019. Indica que, a pesar de que ella y el padre de los menores de edad son colombianos, no ha podido realizar la inscripción extemporánea del nacimiento de sus hijos, ya que la Registraduría Nacional de Estado Civil le exige presentar los registros civiles de nacimiento, expedidos en Venezuela, debidamente apostillados”. El problema es que conseguir ese registro civil es imposible, pues el desastre burocrático que es Venezuela no permite citas virtuales y no es viable asistir a una cita presencial. Sin embargo, como no cumple con el sello, la Registraduría se negó en múltiples ocasiones.
Esta es la dictadura del legalismo ineficiente que disfraza la crueldad de trámites burocráticos. Si a todas luces las personas involucradas son vulnerables y además tienen los motivos para pedir la nacionalidad, si los niños en cuestión están en riesgo por no tener documentación oficial y si además se trata de personas que regresaron al país huyendo de condiciones adversas, ¿por qué insistir en pedir un sello inalcanzable? Es el ridículo kafkiano de un Estado apegado a normas para impedir que esas mismas normas surtan los efectos esperados. Toda la legislación sobre nacionalidad está hecha para que no haya niños sin patria y sus derechos se respeten, pero debido a un simple trámite todo se echa por la borda.
No es menor el daño. Estudiando el caso, la Corte Constitucional regaña a la Registraduría, pues en su actuar “irrazonable, desproporcionado e injustificado” afecta “los derechos fundamentales a la nacionalidad, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la igualdad, a la dignidad humana y a la salud de hijos de padres colombianos nacidos en Venezuela”. Por esto, citando jurisprudencia que ya debería haberse visto aplicada por la burocracia colombiana, dice que hay otras maneras de cumplir con el requisito del registro civil, como declaraciones juramentadas de testigos. En últimas, la decisión de la Corte es un argumento a favor del sentido común: que padres y Estado trabajen juntos para que no haya niños apátridas. Debemos erradicar las burocracias que no permiten las reflexiones propias sobre la realidad del país.
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