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Aunque la argumentación del tribunal tiene buenas intenciones —la protección del bienestar de los menores—, sienta un precedente peligroso para los derechos fundamentales de los niños y adolescentes.
La decisión, promulgada el pasado 4 de agosto, es un caso relativamente fácil. Una madre entró a un correo electrónico —abierto por ella misma para los asuntos escolares de su hija de doce años, pero que terminó siendo utilizado para otro tipo de mensajes— con el propósito de comprobar el abuso sexual de que era víctima la menor. La Corte falló, en derecho, que la Fiscalía podía introducir al juicio los correos proveídos por la mamá y que eso no convertía esa prueba en ilícita. Hasta ahí, todo bien. Pero el tribunal sintió que era necesario estudiar si el acceso de los padres a las comunicaciones de sus hijos, como intromisión, representa una violación a los derechos de los menores.
En palabras de la Corte, cuando se hace con fines de protección, los padres no requieren “autorización de autoridad alguna para acceder a los contenidos e información de los sitios web que los menores frecuentan”. Aunque es un debate delicado, no podemos estar de acuerdo con esa posición.
Según la Convención Americana de Derechos Humanos, citada por la Corte Suprema, los menores de edad también tienen derecho a la privacidad. Lo mismo se desprende de otros tratados internacionales y de nuestro ordenamiento jurídico. ¿Por qué tratar sus conversaciones privadas con un rasero distinto al de los mayores, para intervenir las cuales es necesaria orden judicial? Se dirá, con sensatez, que es por su protección. Buen propósito, sin duda, pero hay formas de protegerlos sin violar su privacidad.
Las nuevas tecnologías traen retos a los padres, quienes deben informarse sobre los riesgos que hay en ellas y actuar de manera acorde. Necesitan crear espacios donde les enseñen a sus hijos sobre todo lo que puede ocurrir, y también deben existir canales de comunicación abiertos para discutir estos temas. Hemos visto casos terribles que pudieron evitarse si un adulto responsable hubiese estado pendiente. Los computadores, teléfonos y tabletas tienen controles parentales para el acceso a ciertos servicios o páginas de internet. También existe la potestad de prohibir el acceso a Facebook o a un correo electrónico antes de cierta edad. Esos son dilemas que la paternidad moderna debe resolver y tener presentes.
Pero la solución no es la fácil: la supervisión silenciosa de todo lo que se hace y dice, de conversaciones que se han tenido bajo el presupuesto de la intimidad. Permitir la violación de la privacidad, sustentándose en la seguridad, es correr el límite en el sacrificio de los derechos ciudadanos, en un mundo cada vez más tecnológico, donde los estados buscan borrar los pocos espacios de intimidad digital.
Los menores también son sujetos de derechos y sus padres no pueden convertirse en una especie de Gran Hermano con la excusa de la crianza. La ley los protege contra eso. Hay mejores maneras de cuidarlos.
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