Toda persona debe poder decidir cómo se identifica
La publicación de El Espectador sobre el decreto que alista el Ministerio de Justicia para permitir la “corrección del componente sexo” en documentos de identidad causó injustificado revuelo. Los aspavientos que escuchamos de opinadores, celebridades y personas en redes sociales muestran que, más allá de preocuparse por niños, niñas y adolescentes, lo que mueve la oposición a este tipo de medidas es una serie de prejuicios que causan mucho daño. Lo único que busca la propuesta del Gobierno nacional es facilitar la autodeterminación en documentos públicos reconociendo que la población trans ha sido históricamente discriminada. Ante la inacción del Congreso de la República, es fundamental que el Ejecutivo haga lo que puede y este decreto debería expedirse cuanto antes.
El borrador del decreto que conoció este diario busca facilitar los trámites ante los documentos oficiales. Es así como, por ejemplo, las personas podrían seleccionar si se identifican en las categorías “femenino (F), masculino (M), no binario (NB), trans o travesti (T)”. En lo que quizá causó más polémica, el decreto establece que “en los casos donde los menores de edad realicen la solicitud de corrección del componente sexo sin acompañamiento de representante legal, el notario o la autoridad competente deberá tramitar la solicitud y oficiar a la Defensoría de Familia para que suscriba la escritura pública correspondiente en representación del menor de edad”. Es decir que no es necesario que los padres estén de acuerdo con la modificación.
Como era de esperarse, esa cuestión fue la que más indignación generó. ¿Cómo es posible que los menores de edad tengan la posibilidad de saltarse a sus padres? ¿Acaso el Estado colombiano va a promover que se tomen decisiones tan importantes cuando todavía se está en desarrollo? Hay, de fondo, una serie de prejuicios: el primero, que los menores de edad no tienen suficiente capacidad de tomar decisiones sobre sus vidas e identidades; el segundo, que identificarse con un género distinto al asignado al nacer es un hecho gravísimo que merece intervención por parte de los acudientes y las autoridades.
En esencia, la pregunta es por la libertad. ¿A quién le debe importar el género con el que una persona, independientemente de su edad, se identifica? Al Estado no, sin duda, a menos que estemos de acuerdo con la posibilidad de que se les imponga a todos los ciudadanos cómo deben presentarse al mundo. A los padres sobre sus hijos, tampoco. Una cosa es la patria potestad y las responsabilidades de la crianza, otra muy distinta es considerar que entonces los menores de edad no tienen autonomía alguna. Los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la autodeterminación y a la dignidad humana se protegen incluso en niñas, niños y adolescentes. Si ellos desean que se corrija el componente sexo en sus documentos, deben poder hacerlo.
Es una lástima que estos debates siempre sean secuestrados por los extremismos moralistas. En particular, porque se trata de medidas que, para las personas a las que afecta, representan un reconocimiento de su identidad que las ayuda a desempeñarse mejor en el mundo. Se trata de dignidad y libertad. Esa debería ser una causa que una a los colombianos.
¿Está en desacuerdo con este editorial? Envíe su antieditorial de 500 palabras a elespectadoropinion@gmail.com
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El borrador del decreto que conoció este diario busca facilitar los trámites ante los documentos oficiales. Es así como, por ejemplo, las personas podrían seleccionar si se identifican en las categorías “femenino (F), masculino (M), no binario (NB), trans o travesti (T)”. En lo que quizá causó más polémica, el decreto establece que “en los casos donde los menores de edad realicen la solicitud de corrección del componente sexo sin acompañamiento de representante legal, el notario o la autoridad competente deberá tramitar la solicitud y oficiar a la Defensoría de Familia para que suscriba la escritura pública correspondiente en representación del menor de edad”. Es decir que no es necesario que los padres estén de acuerdo con la modificación.
Como era de esperarse, esa cuestión fue la que más indignación generó. ¿Cómo es posible que los menores de edad tengan la posibilidad de saltarse a sus padres? ¿Acaso el Estado colombiano va a promover que se tomen decisiones tan importantes cuando todavía se está en desarrollo? Hay, de fondo, una serie de prejuicios: el primero, que los menores de edad no tienen suficiente capacidad de tomar decisiones sobre sus vidas e identidades; el segundo, que identificarse con un género distinto al asignado al nacer es un hecho gravísimo que merece intervención por parte de los acudientes y las autoridades.
En esencia, la pregunta es por la libertad. ¿A quién le debe importar el género con el que una persona, independientemente de su edad, se identifica? Al Estado no, sin duda, a menos que estemos de acuerdo con la posibilidad de que se les imponga a todos los ciudadanos cómo deben presentarse al mundo. A los padres sobre sus hijos, tampoco. Una cosa es la patria potestad y las responsabilidades de la crianza, otra muy distinta es considerar que entonces los menores de edad no tienen autonomía alguna. Los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, a la autodeterminación y a la dignidad humana se protegen incluso en niñas, niños y adolescentes. Si ellos desean que se corrija el componente sexo en sus documentos, deben poder hacerlo.
Es una lástima que estos debates siempre sean secuestrados por los extremismos moralistas. En particular, porque se trata de medidas que, para las personas a las que afecta, representan un reconocimiento de su identidad que las ayuda a desempeñarse mejor en el mundo. Se trata de dignidad y libertad. Esa debería ser una causa que una a los colombianos.
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