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En el reciente informe de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos se insta al Estado colombiano a restringir el uso del Ejército en situaciones relacionadas con la seguridad ciudadana y se le recomienda adscribir la Policía Nacional al Ministerio de Interior.
Aunque el Gobierno calificó esas anotaciones como una intromisión en la soberanía nacional, lo cierto es que, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, su protección es objeto de interés internacional. Una lectura completa del documento permite apreciar una doble preocupación: de un lado, por la intervención del Ejército en actividades ordinarias de control del orden público, que incluyen la creación de pelotones antidisturbios conformados por soldados profesionales; de otra parte, por el insuficiente número de policías en algunas áreas rurales del país, y en las Zonas Estratégicas de Intervención Integral donde la presencia del Estado es predominantemente militar.
Estas inquietudes se explican porque las claras diferencias teóricas entre las Fuerzas Militares y la Policía Nacional no lo son tanto en la práctica. Aunque constitucionalmente ésta es un cuerpo civil armado encargado de preservar la tranquilidad ciudadana, cuyas funciones son prioritariamente preventivas, el aumento de la violencia interna por cuenta de grupos organizados con potencialidad de perturbar el normal desarrollo institucional ha llevado a que algunas de sus actividades se solapen con las de las Fuerzas Militares, creando así una especie de zona gris entre esos dos organismos. La necesidad de enfrentar movimientos guerrilleros ha conducido a que en algunas áreas rurales el Ejército haya asumido actividades que ordinariamente le atañen a la Policía, y a que ésta última se haya visto impelida a armarse y prepararse para enfrentamientos armados que usualmente les corresponden a las Fuerzas Militares. Curiosamente, ha sido la existencia de ese conflicto armado interno que algunos insisten en negar, lo que ha permitido justificar esa superposición de competencias en algunas regiones del país.
Pero en la medida en que esas circunstancias excepcionales vayan desapareciendo, las Fuerzas Militares deben ser reemplazadas por la Policía Nacional en sus ocasionales tareas de control ciudadano, y esta debería abandonar las características castrenses que ha adquirido para concentrarse en sus funciones originales como un cuerpo civil armado dependiente del Ministerio de Interior. Las recomendaciones de Naciones Unidas parten entonces de su preocupación por el hecho de que en las zonas rurales no haya suficiente presencia de Policía encargada del mantenimiento del orden público, y de que algunas de estas labores sean desarrolladas por las Fuerzas Militares en situaciones que, al no ser extraordinarias, no están autorizadas internacionalmente. No deja de sorprender la airada reacción del gobierno ante sugerencias que, como estas, parten del supuesto de que el proceso de paz con las Farc ha permitido la disminución del conflicto armado a niveles que posibilitarían una clara separación de atribuciones entre la Policía y las Fuerzas Militares.
