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El caos legal de tratar de tener vivienda propia en Bogotá

Nicolás Aranguren Caicedo
23 de septiembre de 2024 - 05:00 a. m.

La ilusión de un colombiano al comprar una Vivienda de Interés Social (VIS) puede ser grande, sentirse superior a los demás por haber firmado su contrato en donde lo condenan a pagar su apartamento VIS hasta la última cuota, que probablemente sea en los últimos días de su vida.

Para diciembre de 2023 hubo una reducción del 28,4 % en el inicio de obra de nuevos proyectos respecto a los contabilizados en el mismo mes del año anterior, según indicó Camacol (Cámara Colombiana de la Construcción). A esto se suma la caída en las ventas de VIS al cierre del mismo 2023, la cual fue del 49,7 % respecto al 2022. Es decir, se vendieron muchas menos propiedades de interés social de las que se tenían planeadas para vender.

Hay muchas constructoras que actúan en beneficio propio, abusando de la buena fe de las personas inocentes con su sueño de tener vivienda propia; y es que muchas de las empresas que se dedican a vender estos apartamentos los venden sobre planos, y ahí es en donde uno se pregunta: ¿dónde está el Gobierno o la Secretaría de Vivienda que se dedique a revisar este tipo de compras a estos predios?

Comprar un apartamento sobre planos y pagar la cuota inicial durante la construcción, aunque presentado como un beneficio, puede ser un dolor de cabeza, debido a las cláusulas abusivas en los contratos que muchos colombianos como yo hemos tenido que vivir. Estas obligan a los compradores a pagar el aumento de la cuota a medida que el salario mínimo legal vigente vaya subiendo conforme los años, lo que, según el abogado Cristopher Piedrahíta, de Medellín, es una cláusula abusiva, ya que solo se debe pagar por el precio informado en la publicidad, y es ahí donde se aprovechan para insertar las cláusulas en los contratos que vulneran los derechos del consumidor.

El derecho del consumidor es fundamental en Colombia, pero muchas constructoras lo ignoran. Según Piedrahíta, siempre se debe favorecer al consumidor. Al firmar un contrato sobre planos o la compraventa de un apartamento VIS, usted se convierte en un consumidor inmobiliario, y el contrato firmado queda protegido por el estatuto del consumidor.

Con todas las cláusulas que conllevan estos contratos, intentarán aplicar la cláusula penal que más se ajuste a ellos para que, al momento de desistir del proyecto y pedir su dinero de vuelta, le digan que no se pueden hacer desembolsos porque estaba pactado en el acuerdo que firmaron y que, además, en muchas ocasiones se les cobrará la penalidad por el valor total del contrato y no por el valor pagado hasta el momento, es decir, hasta puede quedar debiendo a la constructora. Finalmente se queda sin sus ahorros y sin el sueño de tener vivienda propia, con la sensación de haber fracasado en el intento, y con la desilusión de haber perdido algo que nunca tuvo.

Para tener vivienda propia en Bogotá no hace falta más que pagar arriendo y no amargarse la vida; da lo mismo, para alguien de 23 años, pagar un apartamento VIS sacando un crédito hipotecario y terminar de pagarlo cuando tenga 60 años, que seguir pagando un arriendo en cualquier lugar de Bogotá en donde elige cómo y dónde vivir.

Por Nicolás Aranguren Caicedo

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