Noticias

Últimas Noticias

    Política

    Judicial

      Economía

      Mundo

      Bogotá

        Entretenimiento

        Deportes

        Colombia

        El Magazín Cultural

        Salud

          Ambiente

          Investigación

            Educación

              Ciencia

                Género y Diversidad

                Tecnología

                Actualidad

                  Reportajes

                    Historias visuales

                      Colecciones

                        Podcast

                          Cromos

                          Vea

                          Opinión

                          Opinión

                            Editorial

                              Columnistas

                                Caricaturistas

                                  Lectores

                                  Blogs

                                    Suscriptores

                                    Suscriptores

                                      Beneficios

                                        Tus artículos guardados

                                          Somos El Espectador

                                            Estilo de vida

                                            La Red Zoocial

                                            Gastronomía y Recetas

                                              La Huerta

                                                Moda e Industria

                                                  Tarot de Mavé

                                                    Autos

                                                      Juegos

                                                        Pasatiempos

                                                          Horóscopo

                                                            Música

                                                              Turismo

                                                                Marcas EE

                                                                Colombia + 20

                                                                BIBO

                                                                  Responsabilidad Social

                                                                  Justicia Inclusiva

                                                                    Desaparecidos

                                                                      EE Play

                                                                      EE play

                                                                        En Vivo

                                                                          La Pulla

                                                                            Documentales

                                                                              Opinión

                                                                                Las igualadas

                                                                                  Redacción al Desnudo

                                                                                    Colombia +20

                                                                                      Destacados

                                                                                        BIBO

                                                                                          La Red Zoocial

                                                                                            ZonaZ

                                                                                              Centro de Ayuda

                                                                                                Newsletters
                                                                                                Servicios

                                                                                                Servicios

                                                                                                  Empleos

                                                                                                    Descuentos

                                                                                                      Idiomas

                                                                                                      EE ADS

                                                                                                        Cursos y programas

                                                                                                          Más

                                                                                                          Blogs

                                                                                                            Especiales

                                                                                                              Descarga la App

                                                                                                                Edición Impresa

                                                                                                                  Suscripción

                                                                                                                    Eventos

                                                                                                                      Foros El Espectador

                                                                                                                        Pauta con nosotros en EE

                                                                                                                          Pauta con nosotros en Cromos

                                                                                                                            Pauta con nosotros en Vea

                                                                                                                              Avisos judiciales

                                                                                                                                Preguntas Frecuentes

                                                                                                                                  Contenido Patrocinado
                                                                                                                                  04 de noviembre de 2016 - 12:13 a. m.

                                                                                                                                  Alquiler de vientre en Colombia: una práctica ni regulada ni prohibida

                                                                                                                                  En el Congreso comienza a tramitarse un proyecto que plantea llenar el vacío jurídico que existe en torno al llamado alquiler de vientre, estableciendo reglas claras a dichos procesos para que dejen de ser un negocio.

                                                                                                                                  Redacción Política

                                                                                                                                  AFP.
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  Un proyecto de ley, de autoría del senador Armando Benedetti, del Partido de la U, que busca reglamentar la inseminación artificial y la procreación con asistencia científica, se mete con un tema de ardua polémica, que no está regulado pero que tampoco está prohibido en el país: el alquiler de vientre o útero, conocido también como maternidad subrogada o de sustitución.

                                                                                                                                  De hecho, mientras la iniciativa de Benedetti busca abrir la puerta a esa opción, definiendo unas reglas de juego claras y hablando de “uso solidario de vientre”, existe también otro proyecto —de la senadora María del Rosario Guerra y el representante Santiago Valencia, del Centro Democrático, aprobado ya en primer debate— que apunta a prohibir dicha práctica por considerar que configura “una clara explotación de la mujer como ser humano y como madre, e ignora la protección del menor”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  La Corte Constitucional, en la sentencia T-968 de 2009, definió el alquiler de vientre como “el acto reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso, mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que figurará como madre de este. En este evento, la mujer que gesta y da a luz no aporta sus óvulos. Las madres sustitutas aceptan llevar a término el embarazo y una vez producido el parto, se comprometen a entregar el hijo a las personas que lo encargaron y asumieron el pago de una suma determinada de dinero o los gastos ocasionados por el embarazo y el parto”.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Según el alto tribunal, el artículo 42 de la Constitución legitima jurídicamente las técnicas de reproducción asistida, dentro de las cuales se ubica la maternidad subrogada o sustituta, al prever que “los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”. Para la Corte, la maternidad sustituta es un “mecanismo positivo para resolver los problemas de infertilidad de las parejas”, poniendo de manifiesto la necesidad de regular la materia para evitar, por ejemplo, la mediación lucrativa entre las partes, la desprotección de los derechos e intereses del recién nacido y los conflictos que se originan cuando surgen desacuerdos entre los involucrados.

                                                                                                                                  Y precisamente, el proyecto de Benedetti establece que únicamente podrá usarse “solidariamente” el útero de una mujer, a fin de sustituir artificialmente la imposibilidad natural de procrear de otra que sufra de esterilidad. “Entre la madre gestante sustituta y la madre sustituida deberá existir un convenio por escrito, mediante el cual la primera se obliga a practicarse con anterioridad al tratamiento de inseminación artificial los exámenes necesarios para establecer qué enfermedades padece para la prevención del contagio de cualquier virus al futuro niño; someterse a los cuidados médicos indicados por la institución inseminadora; y a cuidarse y alimentarse durante el desarrollo del embarazo”, señala.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  Asimismo, la pareja o madre sustituida deberá asumir los gastos generados por la inseminación y la gestación. Y en el acuerdo que se suscriba, la mujer sustituida deberá expresar en forma consciente y libre la aceptación del hijo por nacer como legítimo y, a la vez, la madre sustituta renuncia al mismo y a cualquier clase de impugnación de la maternidad. Por otra parte, se deberá contar con un análisis psicológico previo y solo podrán destinar el útero para uso solidario las mujeres plenamente capaces, siendo solteras, casadas o en unión marital de hecho con el consentimiento de su cónyuge o compañero permanente, que gocen de buena salud y previo estudio del grupo interdisciplinario de la institución inseminadora.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  La iniciativa también propone crear una comisión nacional de inseminación artificial humana como organismo permanente y consultivo del Gobierno, que estaría integrada por el ministro de Salud o su delegado, quien la presidiría; el director de Bienestar Familiar, el superintendente de Salud; el presidente del Tribunal Nacional de Ética Médica y un representante de las instituciones autorizadas para llevar a cabo las técnicas de inseminación artificial humana, elegido entre ellas mismas, para períodos de dos años. Su misión sería la de proponer la reglamentación de las normas científicas, técnicas y físicas que deben cumplir las instituciones que soliciten autorización para la práctica de procedimientos de inseminación artificial y velar para que ello se haga con ética profesional.

                                                                                                                                  “No hay que tenerles miedo a estos temas. De lo que estamos hablando es del uso solidario de vientre, no de alquiler; de reglamentar algo que hoy no está reglamentado y por eso se hace sin control, produciendo muertes y hasta tráfico de niños. La idea es que esto no se vuelva un negocio y que si se va a hacer, se haga en defensa del derecho a la procreación, con unos estándares máximos de calidad y en centros especializados. La misma Constitución de 1991 establece que no podemos privar a ninguna mujer de ser mamá y si alguien quiere prestar solidariamente su vientre para ello, eso es de su fuero personal”, enfatizó Benedetti.

                                                                                                                                  Sin embargo, para la senadora María del Rosario Guerra, lo que hay que buscar es “proteger los derechos a la dignidad, intimidad, igualdad, autonomía, procreación y salud de la mujer, así como el derecho a la vida y al de conformar una familia de quien está por nacer”, por lo que dichos procedimientos deben prohibirse. A su vez, el representante Santiago Valencia advierte que ese tipo de prácticas han sido rechazadas en la mayoría de países desarrollados, lo que hace que de allá vengan personas a buscar mujeres en situación de vulnerabilidad para alquilar su vientre. Y habla de otras problemática con consecuencias complejas, como que el niño nazca con alguna enfermedad y los padres biológicos no quieran recibirlo, o que la madre gestante se niegue a entregar al bebé.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Dos puntos de vista diferentes frente a una realidad innegable y que se puede palpar en un simple vistazo en internet, donde se pueden encontrar anuncios de mujeres que se ofrecen como madres subrogadas o de parejas buscándolas. Incluso hay páginas dedicadas al tema, como www.unhijoesposible.com y www.madresubrogada.com. Se calcula que en Colombia un 12 % de parejas tienen problemas de fertilidad y que una mujer puede cobrar entre 5.000 y 10.000 dólares por alquilar su vientre. Y también hay entidades serias que prestan ese tipo de servicios, que cumplen con los estándares de calidad y de ética médica, aunque prefieren no entrar en la polémica y aseguran que su objetivo es ayudar a muchas parejas a cumplir el sueño de ser padres.

                                                                                                                                  Lo que queda claro es que se trata de un asunto que urge reglamentar, pues en nuestro ordenamiento jurídico no hay una norma expresa que regule la procreación con asistencia científica. Y desde 2009, la misma Corte Constitucional consideró que para evitar la maternidad sustituta como un medio lucrativo y para garantizar los derechos reproductivos, se debe regular la materia para ofrecer alternativas reproductivas para quienes de manera natural no puedan procrear.

                                                                                                                                  AFP.
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  Un proyecto de ley, de autoría del senador Armando Benedetti, del Partido de la U, que busca reglamentar la inseminación artificial y la procreación con asistencia científica, se mete con un tema de ardua polémica, que no está regulado pero que tampoco está prohibido en el país: el alquiler de vientre o útero, conocido también como maternidad subrogada o de sustitución.

                                                                                                                                  De hecho, mientras la iniciativa de Benedetti busca abrir la puerta a esa opción, definiendo unas reglas de juego claras y hablando de “uso solidario de vientre”, existe también otro proyecto —de la senadora María del Rosario Guerra y el representante Santiago Valencia, del Centro Democrático, aprobado ya en primer debate— que apunta a prohibir dicha práctica por considerar que configura “una clara explotación de la mujer como ser humano y como madre, e ignora la protección del menor”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  La Corte Constitucional, en la sentencia T-968 de 2009, definió el alquiler de vientre como “el acto reproductor que genera el nacimiento de un niño gestado por una mujer sujeta a un pacto o compromiso, mediante el cual debe ceder todos los derechos sobre el recién nacido a favor de otra mujer que figurará como madre de este. En este evento, la mujer que gesta y da a luz no aporta sus óvulos. Las madres sustitutas aceptan llevar a término el embarazo y una vez producido el parto, se comprometen a entregar el hijo a las personas que lo encargaron y asumieron el pago de una suma determinada de dinero o los gastos ocasionados por el embarazo y el parto”.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Según el alto tribunal, el artículo 42 de la Constitución legitima jurídicamente las técnicas de reproducción asistida, dentro de las cuales se ubica la maternidad subrogada o sustituta, al prever que “los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”. Para la Corte, la maternidad sustituta es un “mecanismo positivo para resolver los problemas de infertilidad de las parejas”, poniendo de manifiesto la necesidad de regular la materia para evitar, por ejemplo, la mediación lucrativa entre las partes, la desprotección de los derechos e intereses del recién nacido y los conflictos que se originan cuando surgen desacuerdos entre los involucrados.

                                                                                                                                  Y precisamente, el proyecto de Benedetti establece que únicamente podrá usarse “solidariamente” el útero de una mujer, a fin de sustituir artificialmente la imposibilidad natural de procrear de otra que sufra de esterilidad. “Entre la madre gestante sustituta y la madre sustituida deberá existir un convenio por escrito, mediante el cual la primera se obliga a practicarse con anterioridad al tratamiento de inseminación artificial los exámenes necesarios para establecer qué enfermedades padece para la prevención del contagio de cualquier virus al futuro niño; someterse a los cuidados médicos indicados por la institución inseminadora; y a cuidarse y alimentarse durante el desarrollo del embarazo”, señala.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

                                                                                                                                  Asimismo, la pareja o madre sustituida deberá asumir los gastos generados por la inseminación y la gestación. Y en el acuerdo que se suscriba, la mujer sustituida deberá expresar en forma consciente y libre la aceptación del hijo por nacer como legítimo y, a la vez, la madre sustituta renuncia al mismo y a cualquier clase de impugnación de la maternidad. Por otra parte, se deberá contar con un análisis psicológico previo y solo podrán destinar el útero para uso solidario las mujeres plenamente capaces, siendo solteras, casadas o en unión marital de hecho con el consentimiento de su cónyuge o compañero permanente, que gocen de buena salud y previo estudio del grupo interdisciplinario de la institución inseminadora.

                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  La iniciativa también propone crear una comisión nacional de inseminación artificial humana como organismo permanente y consultivo del Gobierno, que estaría integrada por el ministro de Salud o su delegado, quien la presidiría; el director de Bienestar Familiar, el superintendente de Salud; el presidente del Tribunal Nacional de Ética Médica y un representante de las instituciones autorizadas para llevar a cabo las técnicas de inseminación artificial humana, elegido entre ellas mismas, para períodos de dos años. Su misión sería la de proponer la reglamentación de las normas científicas, técnicas y físicas que deben cumplir las instituciones que soliciten autorización para la práctica de procedimientos de inseminación artificial y velar para que ello se haga con ética profesional.

                                                                                                                                  “No hay que tenerles miedo a estos temas. De lo que estamos hablando es del uso solidario de vientre, no de alquiler; de reglamentar algo que hoy no está reglamentado y por eso se hace sin control, produciendo muertes y hasta tráfico de niños. La idea es que esto no se vuelva un negocio y que si se va a hacer, se haga en defensa del derecho a la procreación, con unos estándares máximos de calidad y en centros especializados. La misma Constitución de 1991 establece que no podemos privar a ninguna mujer de ser mamá y si alguien quiere prestar solidariamente su vientre para ello, eso es de su fuero personal”, enfatizó Benedetti.

                                                                                                                                  Sin embargo, para la senadora María del Rosario Guerra, lo que hay que buscar es “proteger los derechos a la dignidad, intimidad, igualdad, autonomía, procreación y salud de la mujer, así como el derecho a la vida y al de conformar una familia de quien está por nacer”, por lo que dichos procedimientos deben prohibirse. A su vez, el representante Santiago Valencia advierte que ese tipo de prácticas han sido rechazadas en la mayoría de países desarrollados, lo que hace que de allá vengan personas a buscar mujeres en situación de vulnerabilidad para alquilar su vientre. Y habla de otras problemática con consecuencias complejas, como que el niño nazca con alguna enfermedad y los padres biológicos no quieran recibirlo, o que la madre gestante se niegue a entregar al bebé.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Dos puntos de vista diferentes frente a una realidad innegable y que se puede palpar en un simple vistazo en internet, donde se pueden encontrar anuncios de mujeres que se ofrecen como madres subrogadas o de parejas buscándolas. Incluso hay páginas dedicadas al tema, como www.unhijoesposible.com y www.madresubrogada.com. Se calcula que en Colombia un 12 % de parejas tienen problemas de fertilidad y que una mujer puede cobrar entre 5.000 y 10.000 dólares por alquilar su vientre. Y también hay entidades serias que prestan ese tipo de servicios, que cumplen con los estándares de calidad y de ética médica, aunque prefieren no entrar en la polémica y aseguran que su objetivo es ayudar a muchas parejas a cumplir el sueño de ser padres.

                                                                                                                                  Lo que queda claro es que se trata de un asunto que urge reglamentar, pues en nuestro ordenamiento jurídico no hay una norma expresa que regule la procreación con asistencia científica. Y desde 2009, la misma Corte Constitucional consideró que para evitar la maternidad sustituta como un medio lucrativo y para garantizar los derechos reproductivos, se debe regular la materia para ofrecer alternativas reproductivas para quienes de manera natural no puedan procrear.

                                                                                                                                  Por Redacción Política

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
                                                                                                                                  Read more!
                                                                                                                                  Read more!
                                                                                                                                  Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
                                                                                                                                  Aceptar