Análisis: ¿Qué tanto conviene cambiar la forma de elegir magistrados y fiscal?
Mientras en la Cámara se tramita una nueva reforma a la justicia y los congresistas debaten su conveniencia, expertos en derecho y gobierno coinciden en que este tipo de propuestas no son la solución a los temas más graves de la rama judicial ni darán más legitimidad a la justicia del país.
En los últimos 20 años se han hecho igual número de intentos por reformar la estructura de la rama judicial. La nueva propuesta con ese fin se tramita en estos momentos en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, donde esta semana se aprobó en primer debate un proyecto que pretende cambiar las condiciones para la elección de magistrados de las altas cortes, fiscal, procurador, contralor y defensor. La iniciativa, impulsada por el partido Cambio Radical, ha generado mucha controversia como toda intención de reformar la justicia, pues para algunos abre la puerta a que se elijan “amigos y copartidarios” en esos cargos.
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En los últimos 20 años se han hecho igual número de intentos por reformar la estructura de la rama judicial. La nueva propuesta con ese fin se tramita en estos momentos en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, donde esta semana se aprobó en primer debate un proyecto que pretende cambiar las condiciones para la elección de magistrados de las altas cortes, fiscal, procurador, contralor y defensor. La iniciativa, impulsada por el partido Cambio Radical, ha generado mucha controversia como toda intención de reformar la justicia, pues para algunos abre la puerta a que se elijan “amigos y copartidarios” en esos cargos.
Pero quienes impulsan el proyecto de acto legislativo consideran que establecer una nueva forma de elegir a quienes ocupan estos cargos fortalecerá la autonomía de las cortes y la participación de profesionales competentes y experimentados. “La autonomía funcional como fuero interno en materia administrativa, tiene un alcance relativo, de tal suerte que puede ser objeto de modificaciones. En ese orden de ideas, la reforma al modelo de elección de los magistrados de altas cortes, que se considera como el objeto esencial del presente proyecto de acto legislativo, no representa una amenaza para los referidos principios”, se lee en las consideraciones de la ponencia del proyecto.
Uno de los aspectos más discutidos de la iniciativa es que le retira al Consejo Superior de la Judicatura la función de conformar ternas para la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado y determina que sean estos los que elijan a sus togados a través de convocatoria pública de méritos, algo que desde dicho organismo se tildó como inconstitucional.
Pero a consideración de los promotores de la reforma, eso no afectará su independencia ni autonomía y por el contrario “propone eliminar un trámite innecesario que le ha restado fuerza al concepto de cooptación, para permitir de esta manera a las propias corporaciones, en el marco de su autonomía judicial, sentar las bases para designar sus integrantes”.
Vale recordar que hoy por hoy el Consejo Superior de la Judicatura realiza una selección de aspirantes para conformar las listas de 10 elegibles que son enviadas a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado. Pero allí se realiza un procedimiento preliminar que descarta de entrada varios de los inscritos que y las corporaciones llamadas a nombrar sus integrantes no tienen cómo estudiar dichas hojas de vida que pueden cumplir los requisitos legales para acceder al cargo de magistrado.
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Para los autores del proyecto, esto hace que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado terminen desconociendo por qué están incluidos en la lista de 10 elegibles e incluso ignorando por qué esa selección preliminar, así que no tienen tampoco la posibilidad de valorar a todos los aspirantes que incluso podrían tener mejores cualidades y altos méritos para ocupar el cargo.
Por ese motivo, “el objetivo de la modificación propuesta es que a través de la convocatoria pública los mismos magistrados puedan examinar, además de los requisitos legales, aptitudes profesionales y atributos éticos necesarios para el desempeño del cargo al que aspiran, de cara a la exigente responsabilidad de administrar justicia en un órgano de cierre”.
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Para los detractores de la propuesta, por el contrario, se abrirá una brecha con el fin de “que puedan llevar a sus amigos, pero a la ciudadanía no”, como dijo el representante Germán Navas Talero (Polo), mientras que para el representante Juan Carlos Losada (Partido Liberal), “será una auténtica ruptura del orden democrático, entre otras cosas, porque busca darle más poder a la inoperante Comisión de Acusaciones, siempre garante de la impunidad”. La representante Juanita Goebertus (Alianza Verde) también criticó el proyecto señalando que no es una reforma sino que “busca bajar el nivel de administración de justicia”.
Según expertos consultados, el gran debate que se abre es si efectivamente habrá autonomía en la administración de justicia, además de que podría romper el esquema por el que se creó el Consejo Superior de l Judicatura que era evitar el “coqueteo” de los magistrados con la Corte Suprema y el Consejo de Estado . “El problema de fondo es que se está decidiendo la forma de la administración de justicia y el alcance de la autonomía judicial. La pregunta es si no estamos regresando a etapas anteriores a la constitución de la 91″, mencionó un conjuez de la Corte Constitucional que por lo mismo pidió reserva de su nombre.
Más allá de eso, otros analistas coinciden en que este tipo de reformas no solucionan los problemas reales de la justicia del país. Para el abogado y docente Francisco Bernate, la propuesta no es más que un nuevo intento por desconocer la realidad de la justicia y se trata de un pulso de poder para desconocer la estructura de la rama judicial y quitarle poderes. “Los problemas reales de la justicia no pasan por la elección del fiscal o de los magistrados o de los jueces. Ese es un asunto al que reiteradamente se le han metido reformas que en últimas no benefician en nada al ciudadano común”.
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En el mismo sentido, Jairo Libreros, profesor de la Escuela de Gobierno de la Universidad Externado, aseguró que si bien son necesarias las medidas en pro de garantizar la independencia judicial, no considera que sean asuntos que solucionan los problemas “de una sociedad que busca que el sistema judicial entregue fallos oportunos de tiempo y de la solución de fondo”. “La autonomía judicial es básica para garantizar el buen funcionamiento de la administración judicial, pero las necesidades de la sociedad colombiana demandan reformas de otro tipo, superar la congestión judicial y de manera particular tener una justicia pronta y clara”, agregó.
En el mismo sentido, Libreros destacó que toda norma que limite la autonomía judicial termina siendo perjudicial y termina por “consagrar condiciones que van a derivar en actos de corrupción y poner a personas de su corriente política que se encarguen de la justicia”. Su conclusión es que este tipo de reformas no solucionan estos temas ni darán más legitimidad a una justicia “que viene rajada”.
Sobre esos temas urgente, Bernate añadió que lo primero es mantener una virtualidad que a su juicio ha permitido el acceso y que todos los ciudadanos tengan una justicia pronta y cumplida; y en segundo lugar que se siga consolidando el fortalecimiento presupuestal de la rama judicial “para que tengamos jueces en todas las esquinas de nuestro país”.
Por último, Magdalena Correa, profesora de derecho constitucional de la U. Externado, aseguró sobre el proyecto que la ampliación de la garantía del fuero especial no es por sí misma reprochable, pues puede tener sentido a fin de proteger la autonomía para adoptar decisiones duras de orden fiscal o disciplinario. El problema, dice, es que la institución del juicio político prácticamente no ha funcionado, lo que la hace entonces impertinente.
“Repensar en la formación y experiencia profesional para ocupar altos cargos públicos no judiciales es necesario, entre otras, porque los abogados no podemos negar que tenemos excesivo (y a veces injustificado) favor en el empleo público; pero como está, la propuesta no evidencia tener un fundamento robusto. Por lo demás, aunque esto es obvio, lo más importante son las cualidades éticas y humanas, el compromiso y la pilera para ejercer un cargo”, explicó la docente.
El proyecto, a pesar de que apenas empezó su trámite en el Congreso y aún le restan siete debates que deben realizarse antes del próximo 20 de junio, ha generado mucha controversia y señalamientos entre congresistas, por lo que se augura una discusión profunda sobre todo por los “micos” que, para algunos, contiene la propuesta.