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El Gobierno Nacional ha publicado este lunes en la página web de la Presidencia de la República un proyecto decreto que tiene la intención de crear, en el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), un programa para la prevención del terrorismo.
El borrador, de seis páginas, tiene dos grandes ejes: por un lado, la creación de varios “instrumentos” que ayudarán a cumplir con el objetivo, que es “articular los esfuerzos institucionales para la prevención, protección y persecución ante la amenaza de terrorismo y contribuir a la garantía de los derechos humanos, la protección de la vida, honra y bienes de los ciudadanos, el logro de la paz y la salvaguarda del régimen democrático, constitucional y legal”.
En ese sentido, se crearán el Centro Integrado de Información e Inteligencia contra el Terrorismo (CI3T) y el Centro de Coordinación contra las Finanzas de Organizaciones de Delito Transnacional y Terrorismo. La primera funcionará como un articulador de todas las entidades del Estado que participarán en la prevención del terrorismo y sería presidida, en primera instancia, por el consejero presidencial para la Seguridad Nacional, cargo que hoy ocupa Rafael Guarín.
De ese centro también harán parte “el viceministro para las Políticas y los Asuntos Internacional del Ministerio de Defensa, el director nacional de Inteligencia, el director de la Unidad de Información y Análisis Financiero los jefes de Inteligencia de las Fuerzas Militares, el director de Seguridad Ciudadana, el director de Investigación Criminal e Interpol y el director de Inteligencia de la Policía Nacional” o sus respectivos delegados.
Cuando se active el CI3T en el ámbito local, estarán presentes las autoridades de seguridad de cada jurisdicción y la Fiscalía General sería un invitado permanente a estas instancias.
En segundo lugar está el Centro de Coordinación contra las Finanzas de Organizaciones de Delito Transnacional y Terrorismo, cuyo objetivo será el de “perseguir y desmantelar las redes de dinero y bienes de origen ilícito o empleados en actividades ilícitas, lavado de activos y financiación de terrorismo, a través del trabajo conjunto y coordinado de la Fuerza Pública, los organismos que realizan actividades de inteligencia y contrainteligencia, la Fiscalía General de la Nación y las autoridades judiciales, en el marco de cada una de sus competencias”. Aunque son objetivos de grandes magnitudes, no se detalla en el decreto las formas en que se desarrollarán las actividades para dichos objetivos y, por ejemplo, no se hace mencionó a la presencia de la Fiscalía General en esta instancia.
Por último, el decreto crearía una “Estrategia para la prevención de la radicalización o extremismo violento”, que tiene tres líneas importantes: la desincentivación de la radicalización violenta, la incitación al odio o cualquier vinculación de los ciudadanos con intenciones terroristas y la prevención y mitigación de los efectos de algo denominado como el “miedo social” que, dice el borrador, pretenden “imponer las estructuras criminales, grupos armados organizados, delincuencia organizada u otras expresiones de radicalización violenta con fines terroristas”. El tercer objetivo es “dotar de legitimidad a la acción del Estado y generar conciencia en las nuevas generaciones respecto de la inadmisibilidad de la violencia y el crimen como medio de acción política o de cualquier otro fin”.
El componente de sensibilización y pedagogía, que se desarrollaría en espacios virtuales y territoriales, estaría enfocado especialmente en los jóvenes. “Estarán dirigidas a todos los sectores de la sociedad, con especial atención a la población joven, escolar, universitaria o aquella que se identifique como vulnerable ante procesos de radicalización violenta o reclutamiento ilícito”, dice el borrador del decreto.
Suena loable, pero el documento no contiene detalles de los procedimientos que serán utilizados para lograr esa identificación de los ciudadanos jóvenes, escolares o universitarios que puedan ser vulnerables a los “procesos de radicalización”. En ese mismo sentido, por ejemplo, no hay definiciones de los términos que son utilizados en la estrategia, como lo que se podría considerar como una incitación al odio.
Eso podría generar problemas, en caso de no tenerse en cuenta, pues ya ha habido discusiones alrededor de los que es la incitación al odio. De hecho, en debates sobre reformas políticas o electorales se ha intentado hacer prohibiciones de lo que serían “contenidos de odio” en medio de los procesos electorales, sin embargo, las críticas han llegado en el mismo sentido. ¿Qué es la incitación al odio y quién define qué es la incitación al odio? ¿Qué invitaciones en redes sociales por parte de políticos pueden ser consideradas como incitaciones al odio? ¿Cómo se podrían afectar las convocatorias a las protestas que puedan terminar inevitablemente en desmanes o en las que se presenten hechos de vandalismo?
El documento estará abierto para recibir observaciones por parte de la ciudadanía hasta el 24 de diciembre y los comentarios pueden ser enviados a los correos claudiahernandez@presidencia.gov.co (Claudia Hernández Aguilar, asesora de la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional) y wilsoncasas@presidencia.gov.co (Wilson Santiago Casas, asesor de la Consejería Presidencial para la Seguridad Nacional).
Lea aquí completo el borrador del decreto