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                                                                                    Colombia +20

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                                                                                                                                “Las armas traumáticas son armas de fuego”: así sería su regulación en Colombia

                                                                                                                                El Espectador entrega detalles de la propuesta de regulación que la Consejería para la Seguridad Nacional envió al Ministerio de Defensa, a propósito del uso de armas en contra de manifestantes.

                                                                                                                                Por su similitud con las armas de fuego, las armas traumáticas son usadas en robos o para amenazar e intimidar. / S. Olson
                                                                                                                                Foto: Getty Images
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Gánale la carrera a la desinformación NO TE QUEDES CON LAS GANAS DE LEER ESTE ARTÍCULO

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                                                                                                                                Foto: Getty Images
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                                                                                                                                “Además, el funcionamiento físico y químico de ambas emplea el mismo principio, el cual consta de la combustión de una sustancia química para expulsar el proyectil”, comentó el consejero y dejó entrever que un eventual decreto de regulación prohibiría la libre venta de armas traumáticas, su porte y su tenencia.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Una de las grandes conclusiones es que se observa que “presentan similitud en sus características físicas. Asimismo, en su funcionamiento físico y químico emplean el mismo principio, el cual consta de la combustión de una sustancia química para expulsar el proyectil”. El documento aclara que las armas traumáticas son menos letales por el tipo de proyectil que expulsan pero que, con modificaciones en su estructura y en sus municiones, se pueden convertir en armas de fuego hechizas, con una gran letalidad.

                                                                                                                                Producto de ese informe, la propuesta de regulación enviada al Mindefensa plantea definir que las armas traumáticas “son armas” y que podrían atender a la definición que contempla el artículo 5 del decreto 2535 de 1993, en donde las armas son entendidas como instrumentos “fabricados con el propósito de producir amenaza, lesión o muerte a una persona”. Según la Consejería de Seguridad Nacional, las traumáticas expulsan proyectiles que pueden causar “lesiones, daños, traumatismos y amenaza”.

                                                                                                                                La Consejería dice, además, que las armas traumáticas son armas de fuego porque su mecanismo de propulsión encaja en la definición de este tipo de armas, que está en el artículo 6 del decreto 2536 de 1993. “Son armas de fuego las que emplean como agente propulsor del proyectil la fuerza creada por expansión de los gases producidos por la combustión de una sustancia química”, dice el artículo.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Las cifras de estas armas llaman la atención. Como ha mencionado la investigadora Manuela Suárez Rueda, de la Fundación Ideas para la Paz (FIP), su comercialización, específicamente las de fogueo, está exenta de cualquier vigilancia local o internacional y su importación al país se ha incrementado de manera considerable en los últimos años. “Colombia pasó de importar 8.000 unidades en 2010 a 190.000 en 2020. Hoy en día es tan fácil importar, vender y comprar un arma de este tipo, casi igual que si fuera un balón de fútbol o un juego de mesa”, comentó la académica.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Con la regulación que plantea el Gobierno está de acuerdo Nicolás Botero, director ejecutivo de la Federación Colombiana de Empresas de Vigilancia y Seguridad Privada (Fedeseguridad), que agrupa a un sector importante de estas empresas. “Son como juguetes y terminan en manos de grupos criminales, atracadores o extorsionistas. La regulación es totalmente acertada. Son réplicas tan buenas que las usa el crimen organizado. Usted en la mitad de un atraco no va a preguntar si se trata de un arma de fogueo”, comentó.

                                                                                                                                Lea también: Paro Nacional: El debate sobre el porte de armas en civiles que abrió Andrés Escobar

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                                                                                                                                Incluso, Botero, que promueve el desarme del sector de la vigilancia, le pide al Gobierno que aproveche este momento para regular el uso de armas no letales o menos letales para el sector que representa. En este, en la realidad normativa, solo hay dos opciones: vigilantes con armas de fuego o sin armas. “Nuestro llamado es a tener un debate técnico y transparente sobre el uso de armas no letales en Colombia”, dice Botero, quien ilustra que la diferencia entre un servicio y otro es de $154.493, lo que incentiva a que la mayoría de clientes contraten vigilantes con armas de fuego.

                                                                                                                                Por supuesto, esa posición no es unánime en todo el gremio de empresas de seguridad, pero sí, es algo con lo que está de acuerdo gran parte de los empresarios de la vigilancia.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para John Marulanda, presidente de la Asociación Colombiana de Oficiales Retirados de las Fuerzas Militares (Acore) y consultor en seguridad, las armas traumáticas deben tener un control, pero no excesivo, sino para garantizar la trazabilidad en la venta y los propietarios. “Hay que crear una base de datos con quienes compren. El país que mejor legislación tiene es Ecuador, donde hay parámetros para importación, almacenamiento, expendio, venta, porte y tenencia”, dijo.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Así está el mercado de armas “no letales” en Colombia

                                                                                                                                Primero que todo, se debe hacer la aclaración que en este tipo de armas, consideradas poco letales, se habla de armas de fogueo o de aire, que producen ruidos, y de traumáticas, que son las que expulsan un proyectil que puede ser de goma.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                A juicio de expertos consultados, en este momento esa diferenciación pasa a un segundo plano porque los fines para los que una parte importante de esas son usadas tienen que ver con la intimidación, la amenazas o el hurto, lo que no quiere decir que no puedan causar daño físico a una persona. Muestra del primer planteamiento es que aún no se tiene certeza sobre si el arma que usó el civil Andrés Escobar en la protesta en Cali era de fuego, de fogueo o traumática. El quid del asunto está en su similitud a un arma de fuego.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Temas recomendados:

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