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La última noticia importante que se tuvo sobre el proyecto de borrón y cuenta nueva, aprobado en junio de este año, data de agosto pasado, cuando la Corte Constitucional respondió en un derecho de petición que dicha iniciativa no había sido radicada en ese tribunal para la revisión constitucional a la que, por ser una estatutaria, le corresponde por ley.
Días después, el proyecto fue llevado a la Corte. Sin embargo, en esta nueva ocasión todo parece indicar que, por falta de unos documentos del Ministerio del Interior, la ley no ha podido avanzar en su trámite constitucional.
La alerta la pusieron los senadores David Barguil y Luis Fernando Velasco, autores, quienes en sendas cartas a las secretarías de Senado y Cámara y al Ministerio del Interior le solicitan a este último enviar la documentación requerida para surtir el paso que falta para convertirse en ley de la República.
Contexto: Borrón y cuenta nueva en centrales de riesgo, a revisión constitucional
“Después de haber enviado sendas solicitudes a la honorable Corte Constitucional pidiéndole que se le dé prelación al estudio de este proyecto, el magistrado ponente, Alejandro Linares Cantillo, nos informa que desde el 1º de septiembre está a la espera que sus despachos remitan la totalidad de las pruebas relacionadas con el trámite de la iniciativa”, señala la misiva.
En ese sentido, exhortaron al ministerio para que se envíe con urgencia lo que espera el magistrado ponente para adelantar la validez constitucional lo más pronto posible.
“Esta iniciativa es muy importante para la reactivación económica de Colombia y significa una esperanza para millones de ciudadanos quienes, por tener reportes negativos en las centrales de riesgo, no han podido acceder a los recursos del sistema financiero”, expresaron Barguil y Velasco en la carta.
El proyecto aprobado señala que los ciudadanos que se pongan al día en sus obligaciones crediticias dentro del primer año de la ley saldrán de las centrales de riesgo cuando el reporte cumpla seis meses. Será como una especie de amnistía. Si en el momento de cumplir con la deuda el reporte ya tenía seis meses, se retirará de inmediato o en el tiempo que reste para cumplir con esos seis meses.