Cámara pide modificación a decretos de cuarentena para sesionar de manera presencial
Parte de la mesa directiva de la Cámara pidió que se permita el desplazamiento de representantes y que se habilitara la reunión, en el caso del Capitolio, de más de 50 personas para convocar a sesión plenaria el próximo 13 de abril a las 3 de la tarde.
Redacción Política - politicaelespectador@gmail.com
El debate sobre si el Congreso de la República debe o no sesionar de manera virtual está sobre la mesa. Uno de los principales problemas está en el cómo, pues si bien desde el año pasado se han adquiridos las licencias de software para reunión virtual, estas no cumplirían con algunosparámetros básicos de seguridad e identificación para garantizar las votaciones y el control de asistencias.
Pero también está en el ambiente la disertación sobre el riesgo para la democracia que representa el hecho de que el Congreso, que tiene a su cargo el control político al Gobierno Nacional, esté paralizado por cuenta del brote del nuevo coronavirus (SARS-CoV-2), en momentos en que se ha decretado el estado de emergencia social y económica y el presidente de la República tiene la facultad de expedir decretos con fuerza de ley.
Lea aquí el documento completo
En ese sentido, el presidente de la Cámara, Carlos Cuenca, y el primer vicepresidente, Óscar Villamizar, enviaron este jueves una carta al presidente Iván Duque Márquez en el que se le solicita la modificación de dos de los decretos que fueron expedidos. Los actos administrativos que piden ser reformados son el 457 de marzo de 2020 y el 42 de marzo de 2020.
En el primero en mención, que contiene las instrucciones para la emergencia sanitaria, se pide la modificación del artículo tercero, que tiene que ver con las personas que tiene permitida la circulación por el territorio nacional en medio de la pandemia. La idea es que se permita “el desplazamiento aéreo de los representantes a la Cámara que no puedan por vía terrestre llegar a la ciudad de Bogotá”.
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En el segundo decreto referido, se pide la modificación para que en los recintos del Capitolio se puedan llevar a cabo reuniones de más de 50 personas. Según la mesa directiva de la Cámara, se tomarán extremas medidas sanitarias, como la desinfección de los salones de las sesiones, la prohibición del ingreso de personal ajeno a la corporación o que no sea representante a la Cámara. De igual manera, se permitirá la realización de pruebas médicas para descartar o confirmar contagios del nuevo coronavirus.
En caso de que las condiciones sanitarias no sean viables, se solicitará a la Presidencial del Senado, como lo dispone el artículo 140 de la Constitución Política, “para que disponga un lugar en el que se pueda reunir a los representantes a la Cámara”. Si todo esto se cumple, señalan Cuenca y Villamizar, se podrá citar a sesión plenaria a la Cámara de Representantes a las 3 de la tarde del próximo 13 de abril.
El debate sobre si el Congreso de la República debe o no sesionar de manera virtual está sobre la mesa. Uno de los principales problemas está en el cómo, pues si bien desde el año pasado se han adquiridos las licencias de software para reunión virtual, estas no cumplirían con algunosparámetros básicos de seguridad e identificación para garantizar las votaciones y el control de asistencias.
Pero también está en el ambiente la disertación sobre el riesgo para la democracia que representa el hecho de que el Congreso, que tiene a su cargo el control político al Gobierno Nacional, esté paralizado por cuenta del brote del nuevo coronavirus (SARS-CoV-2), en momentos en que se ha decretado el estado de emergencia social y económica y el presidente de la República tiene la facultad de expedir decretos con fuerza de ley.
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En ese sentido, el presidente de la Cámara, Carlos Cuenca, y el primer vicepresidente, Óscar Villamizar, enviaron este jueves una carta al presidente Iván Duque Márquez en el que se le solicita la modificación de dos de los decretos que fueron expedidos. Los actos administrativos que piden ser reformados son el 457 de marzo de 2020 y el 42 de marzo de 2020.
En el primero en mención, que contiene las instrucciones para la emergencia sanitaria, se pide la modificación del artículo tercero, que tiene que ver con las personas que tiene permitida la circulación por el territorio nacional en medio de la pandemia. La idea es que se permita “el desplazamiento aéreo de los representantes a la Cámara que no puedan por vía terrestre llegar a la ciudad de Bogotá”.
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En el segundo decreto referido, se pide la modificación para que en los recintos del Capitolio se puedan llevar a cabo reuniones de más de 50 personas. Según la mesa directiva de la Cámara, se tomarán extremas medidas sanitarias, como la desinfección de los salones de las sesiones, la prohibición del ingreso de personal ajeno a la corporación o que no sea representante a la Cámara. De igual manera, se permitirá la realización de pruebas médicas para descartar o confirmar contagios del nuevo coronavirus.
En caso de que las condiciones sanitarias no sean viables, se solicitará a la Presidencial del Senado, como lo dispone el artículo 140 de la Constitución Política, “para que disponga un lugar en el que se pueda reunir a los representantes a la Cámara”. Si todo esto se cumple, señalan Cuenca y Villamizar, se podrá citar a sesión plenaria a la Cámara de Representantes a las 3 de la tarde del próximo 13 de abril.