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En momentos en los que persiste la polémica por el aumento de la burocracia en la Procuraduría, este lunes se conoció una carta de los actuales presidentes del Senado, Juan Diego Gómez, y de la Cámara de Representantes, Jennifer Arias, en la que cuestionan a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Lo anterior, luego de que ese organismo advirtió que Colombia no está cumpliendo con su fallo sobre el caso Petro, precisamente sobre el cual la Procuraduría justificó la creación de 1.208 cargos nuevos que le costarán al Estado más de $12.000 millones.
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El origen de la controversia fue un documento de la Corte IDH expedido a finales de noviembre, pero conocido hace pocos días, que concluyó que la reforma a la Procuraduría que aprobó el Congreso en junio pasado –que dio pie al aumento de la burocracia y con la que el Estado dijo estar cumpliendo la decisión del organismo– no se ajusta a su fallo sobre la destitución del exalcalde de Bogotá Gustavo Petro.
Allí, la Corte IDH hizo un corte de cuentas a su determinación, expedida en julio de 2020, cuando sostuvo que la Procuraduría General, como órgano administrativo que es, no puede restringir los derechos políticos de los servidores públicos elegidos por voto popular y reiteró no es posible destituir e inhabilitar a estos funcionarios a menos que se trate de una consecuencia de un proceso penal. La decisión se tomó al estudiar el caso de la destitución del exalcalde Petro a manos del entonces procurador Alejandro Ordóñez.
“Esta Corte advierte que las reformas realizadas al procedimiento disciplinario colombiano no deben confundirse con mantener jurídicamente en su ordenamiento la posibilidad de que órganos distintos a un ‘juez en proceso penal’ impongan sanciones de destitución o inhabilitación a funcionarios públicos democráticamente electos”, señaló el organismo en el documento.
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En otras palabras, la Corte IDH concluyó que la reforma a la Procuraduría promovida por el Congreso y concretada a través de la Ley 2094 de 2021 –con base en la que se crearon también los nuevos cargos en esa entidad– no constituye una medida de cumplimiento, pues continúa permitiendo que un órgano distinto a un juez imponga restricciones a derechos políticos de funcionarios democráticamente electos.
Fue esa determinación la que obligó al pronunciamiento de los presidentes del Senado y de la Cámara, quienes hacen parte de la bancada de gobierno de Iván Duque en el Congreso, pues hacen parte del Partido Conservador (Juan Diego Gómez) y del Centro Democrático (Jennifer Arias), respectivamente. En la misiva, dirigida a Elizabeth Odio Benito, presidenta de la Corte, criticaron al organismo y lo acusaron de ‘intentar repercutir’ en la soberanía del Estado.
“El pronunciamiento de la Corte, en su resolución de seguimiento, de alguna manera intenta repercutir en el poder soberano que tiene todo Estado de crear sus propias leyes, o de diseñar sus instituciones en los términos que lo designen sus representantes electos”, argumentaron.
Incluso, contrarían la sentencia de la propia Corte y defienden que la destitución de funcionarios a manos de la Procuraduría, incluso aquellos elegidos popularmente, ha servido para enfrentar fenómenos como la corrupción: “El ejercicio del poder disciplinario por parte de la Procuraduría sobre quienes desempeñan funciones públicas –incluso en cargos de elección popular– le ha permitido al Estado colombiano enfrentar el flagelo de la corrupción”.
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En ese sentido, defienden la promulgación de la Ley 2094, que se concretó en la reforma a la entidad y que, manifiestan, “introdujo varias disposiciones orientadas a que dentro del procedimiento disciplinario los funcionarios sean investigados y luego juzgados por funcionario diferente, independiente, imparcial y autónomo que sea competente y con observancia formal y material de las normas que determinen la ritualidad del proceso”.
Para el senador Gómez y la representante Arias, la reforma a la Procuraduría incorporó la posibilidad de que el fallo sancionatorio sea revisado por una autoridad diferente. “Para tal efecto, la ley creó dentro del procedimiento disciplinario tres salas disciplinarias, encargadas de conocer, según sus competencias, de la etapa de instrucción y juzgamiento”.
Justamente, ante la creación de esas nuevas salas y también ante el riesgo de la prescripción de cerca de 12.000 procesos, la procuradora Margarita Cabello –quien otrora fue funcionaria del propio gobierno de Iván Duque, al fungir, nada menos, que como su ministra de Justicia–, explicó que fue necesaria la creación de nuevos cargos en la entidad.
“Para responder a todos estos requerimientos, necesidades y deberes misionales, se realizó un estudio de funcionamiento de la entidad, en coordinación con el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el que se analizaron las cargas laborales, la planta existente de la Procuraduría y las competencias asignadas. Este estudio concluyó que las necesidades y demandas de la Procuraduría para implementar la Ley 2094 de 2021 y el cumplimiento de la sentencia de la Corte eran imposibles de satisfacer con la planta de personal actual, por lo que recomendó ampliarla en diferentes niveles”, justificó la Procuraduría.
Retomando la carta de los presidentes del Senado y Cámara ante la Corte IDH, los congresistas expresaron su desacuerdo con la determinación del organismo internacional y defendieron que con la expedición de la ley sí se satisface el fallo, defendiendo que la norma es “garante del debido proceso en todas sus etapas, más allá de cuál sea el funcionario a cargo”.
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En esa línea, manifestaron que el Estado colombiano “siempre se ha esforzado” por respetar los derechos humanos y los instrumentos internacionales, lo que queda demostrado, dicen, con los convenios ratificados e introducidos al ordenamiento jurídico, en armonía de las disposiciones superiores.
Recuerdan además que ya le habían manifestado a la Corte que, en la actualidad, está en curso un proceso de inconstitucionalidad contra la ley en la Corte Constitucional: “Por ese motivo, el Estado ha solicitado insistentemente que, en virtud de los principios de subsidiariedad y complementariedad, valore tal circunstancia antes de emitir un pronunciamiento, de manera tal que nuestro tribunal constitucional pueda realizar los controles respectivos a la luz de los derechos humanos y sin interferencia de opiniones o posturas preliminares”.