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La Presidencia de Gustavo Petro le acaba de remitir un documento de 24 páginas a la Procuraduría, en el cual le advierte que no va a ejecutar la orden de suspender de su cargo a un funcionario elegido por voto popular. No es la primera vez que el presidente controvierte a la procuradora Margarita Cabello. Esta discusión ya la habían tenido en mayo de este año, cuando el Ministerio Público ordenó investigar y suspender varios congresistas del Pacto Histórico.
Lo que dice la Casa de Nariño es que la Procuraduría desconoce las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de que un funcionario elegido por voto popular no puede perder sus derechos políticos por cuenta de una autoridad administrativa. Incluso, el propio presidente Petro fue cobijado por una decisión de esta naturaleza. “(Implica) un serio riesgo de responsabilidad internacional del Estado por un presunto acto ilícito internacional que, en el futuro, será reclamado a la República de Colombia”, dice el extenso documento.
El caso que desató la controversia, casi que un choque de trenes entre la Casa de Nariño y la Procuraduría que dirige Margarita Cabello, está relacionado con la orden de suspender por tres meses al alcalde de Riohacha, José Ramiro Bermúdez Cotes, por un proceso disciplinario que se le adelanta en el Ministerio Público.
En el documento, firmado por el propio Petro, se asegura que “se ve con preocupación” que la Procuraduría esté desconociendo la Convención Interamericana y que por, ahí derecho, se les quite la representación a quienes votaron, en este caso de Riohacha, por el actual alcalde.
En contexto: “Tiene prohibido suspender derechos políticos”: Petro a procuradora Cabello
El presidente Petro y la procuradora Cabello han mantenido un fuerte debate en torno a si el Ministerio Público tiene o no facultades judiciales que le permitan suspender a un funcionario elegido por voto popular.
Desde la visión del Presidente no la tiene, pero desde la óptica de la Procuradora sí existe. De hecho, hace unos meses se hizo una reforma a los procedimientos que ejecuta el Ministerio Público, la cual fue pasada por el Congreso y avalada por la Corte Constitucional. Por el momento, la Procuraduría no se ha pronunciado sobre esta nueva contradicción del presidente.
Lea la decisión completa acá:
En esa reforma quedó establecido que toda suspensión que emita la Procuraduría queda pendiente de ser ejecutada hasta tanto el Consejo de Estado no la resuelva en segunda instancia. Esto, por ejemplo, ya se vio con el exalcalde y excandidato presidencial Rodolfo Hernández y, entre otros funcionarios, con el senador Álex Flórez.
En su momento, el mandatario cuestionó estas actuaciones argumentando que una autoridad administrativa no puede suspender derechos políticos. A través de su cuenta de Twitter, Petro aseguró que la procuradora evade la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre su caso, haciendo referencia a la decisión que le impidió a la Procuraduría destituir funcionarios de elección popular.
La procuradora, en mayo de este año, le contestó que la democracia colombiana exige respetar las instituciones y que la Procuraduría, por orden de la Constitución, tiene la facultad de investigar, juzgar y sancionar a los servidores públicos. Petro siguió con la discusión y respondió que la procuradora debe respetar la Convención Americana, que le prohíbe suspender derechos políticos. “Usted procuradora, no es un poder independiente de los órganos administrativos. Usted no es justicia penal. No se atribuya funciones que no tiene”, dijo.
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