CNE revoca 85 candidaturas a concejos, alcaldías, asambleas y JAL
La autoridad electoral, a través de la resolución 4572 de 2019, tumbó a aspirantes de 15 partidos políticos y tres grupos significativos de ciudadanos. Las colectividades políticas serán sancionadas.
-Redacción Política (politicaelespectador@gmail.com)
El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó este martes sobre la decisión de revocar 85 candidaturas a concejo, alcaldías, asambleas y JAL al considerar que los aspirantes a estos cargos de elección popular, que participarían en los comicios del próximo 27 de octubre, se encontraban inhabilitados.
Los nombres de los inhabilitados están condensados en la resolución 4572 de 2019, en la que se decide revocar “el acto de inscripción a cargos de elección popular para los comicios electorales de autoridades territoriales que se llevarán a cabo el día 27 de octubre de 2019, que aparecen ingresados en el reporte de candidatos inhabilitados de la Procuraduría General de la Nación”.
En números, por partidos, fueron revocadas 16 candidaturas del Partido Conservador, 11 de Colombia Renaciente, 11 del Partido ADA, 10 de Cambio Radical, siete del Partido AICO, siete del MAIS, cinco del Partido de la U, cuatro del Partido de Reivindicación Étnica (PRE), tres del Centro Democrático, tres de Colombia Humana-UP, tres de Colombia Justa-Libres, dos de la Alianza Verde, dos del Partido Liberal, una de la ASI y una del MIRA.
Los grupos significativos de ciudadanos (GSC) a los que les fueron revocadas candidaturas son Pasión por Guarne, Juntos por Marsella e Itaguí Somos Todos. El acto administrativo emitido por el CNE señala que no se le revocó la candidatura a Leonor Duplat Hernández Cáceres, candidata a la JAL, en Cúcuta, pues “se verificó por esta corporación los certificados de antecedentes ordinario No.° 132937064 de 31 de agosto de 2019, y especial No.° 132843513 de 29 de agosto de 2019, ejercicio luego del cual se obtuvo como resultado que sobre la mencionada candidata no recae inhabilidad alguna”.
De igual forma, la resolución envía las copias de la decisión para que sea sometidas a reparto “para la actuación administrativa sancionatoria que emerge” para los partidos implicados en las revocatorias.
Cuota de género
Este martes también se conoció la resolución 4574 de 2019, que decidió la revocatoria de las listas que no cumplían con la cuota de género que exige la Ley 1475 de 2011. Como lo había anticipado El Espectador, fueron por lo menos 130 listas a concejos, asambleas o JAL que fueron revocadas por no tener dentro de sus integrantes a por lo menos el 30 % de los aspirantes de un género.
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó este martes sobre la decisión de revocar 85 candidaturas a concejo, alcaldías, asambleas y JAL al considerar que los aspirantes a estos cargos de elección popular, que participarían en los comicios del próximo 27 de octubre, se encontraban inhabilitados.
Los nombres de los inhabilitados están condensados en la resolución 4572 de 2019, en la que se decide revocar “el acto de inscripción a cargos de elección popular para los comicios electorales de autoridades territoriales que se llevarán a cabo el día 27 de octubre de 2019, que aparecen ingresados en el reporte de candidatos inhabilitados de la Procuraduría General de la Nación”.
En números, por partidos, fueron revocadas 16 candidaturas del Partido Conservador, 11 de Colombia Renaciente, 11 del Partido ADA, 10 de Cambio Radical, siete del Partido AICO, siete del MAIS, cinco del Partido de la U, cuatro del Partido de Reivindicación Étnica (PRE), tres del Centro Democrático, tres de Colombia Humana-UP, tres de Colombia Justa-Libres, dos de la Alianza Verde, dos del Partido Liberal, una de la ASI y una del MIRA.
Los grupos significativos de ciudadanos (GSC) a los que les fueron revocadas candidaturas son Pasión por Guarne, Juntos por Marsella e Itaguí Somos Todos. El acto administrativo emitido por el CNE señala que no se le revocó la candidatura a Leonor Duplat Hernández Cáceres, candidata a la JAL, en Cúcuta, pues “se verificó por esta corporación los certificados de antecedentes ordinario No.° 132937064 de 31 de agosto de 2019, y especial No.° 132843513 de 29 de agosto de 2019, ejercicio luego del cual se obtuvo como resultado que sobre la mencionada candidata no recae inhabilidad alguna”.
De igual forma, la resolución envía las copias de la decisión para que sea sometidas a reparto “para la actuación administrativa sancionatoria que emerge” para los partidos implicados en las revocatorias.
Cuota de género
Este martes también se conoció la resolución 4574 de 2019, que decidió la revocatoria de las listas que no cumplían con la cuota de género que exige la Ley 1475 de 2011. Como lo había anticipado El Espectador, fueron por lo menos 130 listas a concejos, asambleas o JAL que fueron revocadas por no tener dentro de sus integrantes a por lo menos el 30 % de los aspirantes de un género.
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