Conflictos entre Comisión de Acusaciones y CNE aplazan la verdad sobre la campaña Petro
La ponencia en el Consejo Nacional Electoral que formularía cargos contra la campaña presidencial de Gustavo Petro por una supuesta violación de topes tendrá que esperar al menos 45 días para proceder, en los que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado decidirá si es este órgano o la Comisión de Acusaciones de la Cámara el que tiene la competencia para la investigación. No obstante, hay debates sobre quién debería dirimir este conflicto.
María José Barrios Figueroa
El caso sobre los gastos de la campaña del presidente Gustavo Petro en 2022 entrará en cuarentena por la pelea entre la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y el Consejo Nacional Electoral por la competencia para investigarla. La indagación sobre la financiación de la campaña que llevó al mandatario al poder solo podrá continuar después de que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado decida cuál de los dos entes podrá asumir esta investigación, una decisión que, de acuerdo con la ley, podría demorarse hasta 45 días.
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El caso sobre los gastos de la campaña del presidente Gustavo Petro en 2022 entrará en cuarentena por la pelea entre la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y el Consejo Nacional Electoral por la competencia para investigarla. La indagación sobre la financiación de la campaña que llevó al mandatario al poder solo podrá continuar después de que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado decida cuál de los dos entes podrá asumir esta investigación, una decisión que, de acuerdo con la ley, podría demorarse hasta 45 días.
En la mañana de este miércoles, los nueve magistrados del CNE se reunieron en la Sala Plena para evaluar la solicitud que había enviado el triunvirato investigador de la Comisión de Acusaciones— integrado por los representantes Wilmer Carrillo (Partido de la U), Alirio Uribe y Gloria Arizabaleta (ambos del Pacto Histórico)— para que este entregara “las investigaciones que ante esta autoridad cursan contra el presidente de la República”. Se trata de dos casos: el primero, encabezado por los magistrados Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático) y Benjamín Ortiz (Partido Liberal), es sobre la financiación de la campaña Petro; el segundo, a cargo del togado Alfonso Campo (Partido Conservador), alega que esta usó elementos de publicidad política por fuera de los tiempos establecidos por la ley.
La discusión gira en torno a cuál de los dos entes sería el reglamentado para la investigación que salpica al presidente y si esta se enmarcaría en lo administrativo, con el CNE, o en lo jurisdiccional, con la Comisión. Entre las funciones del Consejo está investigar a partidos, gerentes y candidatos, pero el triunvirato alega que “la competencia exclusiva para investigar al Presidente de la República la tiene el Congreso de la República por ser su juez natural al amparo del fuero constitucional contemplado en el artículo 178 de la Carta Política”.
Antes de pasar a decidir sobre esta solicitud de la Comisión, en el orden del día del CNE de este miércoles estaba primero determinar la validez de las recusaciones presentadas contra los magistrados Prada— por “enemistad grave” con el mandatario—, Fabiola Márquez y Alba Lucía Velásquez (ambas del Pacto Histórico)— por “amistad entrañable” con Petro. La respuesta, en los tres casos, fue que los cuestionamientos por conflicto de intereses eran infundados.
“La decisión del CNE es en defensa de su autonomía. A pesar de que el Congreso elige a los magistrados, ellos no son miembros de ningún partido desde ese momento, no llegan al CNE a tomar decisiones en nombre de sus partidos”, afirmó una fuente en el interior del Consejo.
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Finalizada esa cuestión, los magistrados realizaron la votación sobre su competencia para proceder con la investigación a la campaña en los dos casos puntuales. Aunque se trataba de dos cuestiones separadas, el resultado fue uno solo (de 8 a 1), en el que solo la magistrada Alba Lucía Velásquez votó en contra, se resolvió que este sí tendría la competencia.
La decisión final, sin embargo, no es del CNE. El órgano indicó que la instancia que tendría que resolver este choque entre los dos órganos sería la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, frente a la cual los magistrados ya planean presentar una solicitud para que resuelva este conflicto positivo de competencia. Esta cuestión, sin embargo, ya abrió un debate jurídico sobre si sería la sala o, en cambio, la Corte Constitucional la que tendría que poner el punto final a este choque.
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Como lo señala el mismo triunvirato investigador, en la Constitución se estableció que solo el Congreso podría tomar este tipo de casos y, en cualquier caso, los conceptos de la Sala de Consulta no son vinculantes. Aun así, el CNE enfatizó en que no se trataría de una consulta, sino de la resolución de un conflicto, un trámite que ya cuenta con un precedente como el Auto 15 de 2012 del Consejo de Estado, con el que se abordó un conflicto de competencias administrativas entre la Contraloría y la Comisión de Acusación sobre los procesos de responsabilidad fiscal iniciados en ese entonces contra magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
El Consejo Electoral se vale de lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que reglamenta que la Sala de Consulta sería la encargada en este caso. Si así fuera, el proceso podría demorar más de un mes. Después de que la solicitud llegue a la Secretaría, se fijará un edicto por un lapso de cinco días para presentar alegatos o consideraciones. Posterior a eso, la sala tendrá que tomar una decisión durante los 40 días siguientes y contra esta “no procederá recurso alguno”.
Así, la verdad sobre la financiación de la campaña Petro se sigue aplazando. Solo hasta que se pueda saber cuál será el órgano que pueda efectivamente tener la competencia, la discusión de la ponencia a cargo de los magistrados Prada y Benjamín Ortiz (Partido Liberal) que formularía cargos contra el presidente, así como contra Ricardo Roa, exgerente de la campaña y ahora presidente de Ecopetrol, y la coalición del Pacto Histórico, tendrá que esperar.
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En el Consejo de Estado también hay un pendiente que podría definir la votación y que, con el aplazamiento de un poco más de un mes, podría decidirse antes de que ocurra la discusión sobre la ponencia que formula cargos. Este tiene que ver con el reintegro del magistrado Altus Baquero (Partido Liberal) a la sala después de que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado le notificaran de un fallo a su favor sobre el tema de la experiencia profesional para poder ocupar el cargo, que había causado que fuera suspendido desde mayo del 2023. Si bien estaría técnicamente dentro de la votación, falta la decisión de fondo, a cargo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, que determinará si podrá estar en la Sala Plena cuando se discuta el expediente Petro o si un conjuez tendrá que ocupar su silla.
El tiempo ya está corriendo para los términos de la investigación de Prada y Ortiz, que vencen en el 2025. Con menos de seis meses para avanzar en lo que es hasta ahora una indagación preliminar. La verdad sobre los topes y la financiación de la campaña Petro está cada vez a plazos más largos.
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