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                                                                                                                                  Contratados por prestación de servicios: ¿empleados de segunda?

                                                                                                                                  Un proyecto radicado en la Cámara busca mejorar las condiciones de los contratistas y acabar con el uso indiscriminado, con fines políticos y clientelistas, de esta modalidad laboral.

                                                                                                                                  Germán Gómez Polo - Twitter: @TresEnMil

                                                                                                                                  En 2016, había 243.427 personas con contratos de prestación de servicios en el sector público. / iStock
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Un modelo de contratación que se hace por tiempos definidos —por un año, o seis, tres o hasta un mes— y que se usa para cumplir funciones temporales y, por qué no decirlo, para pagar cuotas burocráticas en las administraciones locales y del estamento nacional. Sin embargo, la naturaleza jurídica de este tipo de vinculación hace que sus beneficiarios, llamados contratistas, tengan que asumir algunas obligaciones que, en otro tipo de contratos, serían asumidas por los empleadores, tales como el pago de salud y de pensión.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Y es precisamente la mejora de las condiciones de las personas que viven con este tipo de contratación lo que pretende el proyecto de ley radicado ayer en la Cámara por la representante Angélica Lozano. Uno de sus objetivos es el de “contrarrestar la precarización de las condiciones laborales de miles de colombianos”.

                                                                                                                                  En cifras, en 2016 había 243.427 personas que estaba contratadas en el sector público bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios. De ahí, el 27 % ha estado vinculado durante más de un año y el 17 %, por más de dos. Sin embargo, la cifra total de trabajadores que cotizan como independientes es cerca de 800.000.

                                                                                                                                  En esa misma línea, la exposición de motivos del proyecto señala que la figura de la OPS ha sido desnaturalizada. Su calidad de temporal y ocasional se ha dejado de lado y es utilizada para cumplir funciones permanentes de la administración pública que ameritan dedicación exclusiva. Todo bajo un “régimen precario propio de la contratación civil y no de condiciones y garantías laborales mínimas”.

                                                                                                                                  Por otra parte, se denuncia que la utilización de las OPS pude ser una forma de “evadir el ingreso al servicio público mediante el concurso de méritos (…) propiciando, en muchos casos, prácticas clientelistas que atentan contra la democracia, la transparencia y la eficiencia de la administración pública”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El articulado contempla sanciones para los empleadores y obliga a que las OPS tengan algunos de los beneficios de los contratos de trabajo.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  El artículo 6 crea una multa por el no pago puntual de los honorarios, equivalente al 1 % del total de los honorarios dejados de pagar para el respectivo mes. De igual forma, el contratante tendrá el deber de brindar un plan básico de cobertura de caja de compensación, de manera que el contratista, si lo desea, pueda acceder a créditos de vivienda y educación.

                                                                                                                                  Cecilia Rodríguez*, contratista en una de las alcaldías del país y quien ha estado vinculada por períodos intermitentes de seis meses desde 2015, señala que este es uno de los asuntos que más le afectan al trabajar por OPS. “No tienes o no representas una garantía para hacer préstamos o cualquier otro tipo de negocios, por la inestabilidad”, comenta.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  De igual forma, se busca crear una serie de beneficios para los contratistas, como el derecho a cinco días de descanso remunerado por cada año de trabajo, continuo o no, y una prima del 25 % de los honorarios mensuales; el acceso a permisos por luto o calamidad doméstica y a gozar de los derechos sindicales como cualquier otro empleado en el país.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  También se buscará que se continúen los contratos a personas en situación de discapacidad o mujeres en estado de embarazo o lactancia, que los que estén contratados tengan prioridad en caso de que se requieran más contratistas, que estos no puedan ser obligados a realizar funciones distintas a las fijadas en el contrato, que cuenten con un puesto de trabajo y elementos mínimos para el desarrollo de la labor y, uno muy común en los primeros tres meses del año: que no se les exija trabajo, ni directa ni indirectamente, si no está vigente el contrato. Otro aspecto que se intentará regular, a través de la aplicación de los principios de transparencia, publicidad y criterios de mérito en la selección, es la entrega de contratos a dedo.

                                                                                                                                  De hecho, son numerosas las tutelas que han sido falladas por la Corte Constitucional por la desvinculación de OPS que han tenido que ser reconocidas como “verdaderas relaciones de derecho laboral ordinario o administrativo” y existe jurisprudencia que reconoce varios de los aspectos regulatorios del proyecto. Incluso, tribunales del país han fallado a favor, por ejemplo, de la reintegración de mujeres embarazadas a quienes no se les renovó un contrato de prestación de servicios.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  “Lo que hace el proyecto es reconocer derechos y garantías a las personas que están siendo vulneradas cuando se tergiversa esta forma de contratación”, explica Lozano, autora de la iniciativa, para quien la figura es utilizada para encubrir servicios laborales y precarizar al trabajador.

                                                                                                                                  “Si se necesita personal, tiene que pagarse lo que corresponde. Si necesita servicios ocasionales, use la prestación de servicios. Pero buena parte de los contratos no se necesitan porque son politiquería. Otros sí se necesitan, pero son de manera permanente”, señala la representante.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  El proyecto, en últimas, se convierte en otro intento por brindar mejores condiciones laborales a los contratistas tanto del sector público como del privado y acabar con el uso indiscriminado de las OPS con fines políticos y clientelistas.

                                                                                                                                  *Nombre cambiado.

                                                                                                                                  En 2016, había 243.427 personas con contratos de prestación de servicios en el sector público. / iStock
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Un modelo de contratación que se hace por tiempos definidos —por un año, o seis, tres o hasta un mes— y que se usa para cumplir funciones temporales y, por qué no decirlo, para pagar cuotas burocráticas en las administraciones locales y del estamento nacional. Sin embargo, la naturaleza jurídica de este tipo de vinculación hace que sus beneficiarios, llamados contratistas, tengan que asumir algunas obligaciones que, en otro tipo de contratos, serían asumidas por los empleadores, tales como el pago de salud y de pensión.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  En cifras, en 2016 había 243.427 personas que estaba contratadas en el sector público bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios. De ahí, el 27 % ha estado vinculado durante más de un año y el 17 %, por más de dos. Sin embargo, la cifra total de trabajadores que cotizan como independientes es cerca de 800.000.

                                                                                                                                  En esa misma línea, la exposición de motivos del proyecto señala que la figura de la OPS ha sido desnaturalizada. Su calidad de temporal y ocasional se ha dejado de lado y es utilizada para cumplir funciones permanentes de la administración pública que ameritan dedicación exclusiva. Todo bajo un “régimen precario propio de la contratación civil y no de condiciones y garantías laborales mínimas”.

                                                                                                                                  Por otra parte, se denuncia que la utilización de las OPS pude ser una forma de “evadir el ingreso al servicio público mediante el concurso de méritos (…) propiciando, en muchos casos, prácticas clientelistas que atentan contra la democracia, la transparencia y la eficiencia de la administración pública”.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El articulado contempla sanciones para los empleadores y obliga a que las OPS tengan algunos de los beneficios de los contratos de trabajo.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  El artículo 6 crea una multa por el no pago puntual de los honorarios, equivalente al 1 % del total de los honorarios dejados de pagar para el respectivo mes. De igual forma, el contratante tendrá el deber de brindar un plan básico de cobertura de caja de compensación, de manera que el contratista, si lo desea, pueda acceder a créditos de vivienda y educación.

                                                                                                                                  Cecilia Rodríguez*, contratista en una de las alcaldías del país y quien ha estado vinculada por períodos intermitentes de seis meses desde 2015, señala que este es uno de los asuntos que más le afectan al trabajar por OPS. “No tienes o no representas una garantía para hacer préstamos o cualquier otro tipo de negocios, por la inestabilidad”, comenta.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  De igual forma, se busca crear una serie de beneficios para los contratistas, como el derecho a cinco días de descanso remunerado por cada año de trabajo, continuo o no, y una prima del 25 % de los honorarios mensuales; el acceso a permisos por luto o calamidad doméstica y a gozar de los derechos sindicales como cualquier otro empleado en el país.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  También se buscará que se continúen los contratos a personas en situación de discapacidad o mujeres en estado de embarazo o lactancia, que los que estén contratados tengan prioridad en caso de que se requieran más contratistas, que estos no puedan ser obligados a realizar funciones distintas a las fijadas en el contrato, que cuenten con un puesto de trabajo y elementos mínimos para el desarrollo de la labor y, uno muy común en los primeros tres meses del año: que no se les exija trabajo, ni directa ni indirectamente, si no está vigente el contrato. Otro aspecto que se intentará regular, a través de la aplicación de los principios de transparencia, publicidad y criterios de mérito en la selección, es la entrega de contratos a dedo.

                                                                                                                                  De hecho, son numerosas las tutelas que han sido falladas por la Corte Constitucional por la desvinculación de OPS que han tenido que ser reconocidas como “verdaderas relaciones de derecho laboral ordinario o administrativo” y existe jurisprudencia que reconoce varios de los aspectos regulatorios del proyecto. Incluso, tribunales del país han fallado a favor, por ejemplo, de la reintegración de mujeres embarazadas a quienes no se les renovó un contrato de prestación de servicios.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  “Lo que hace el proyecto es reconocer derechos y garantías a las personas que están siendo vulneradas cuando se tergiversa esta forma de contratación”, explica Lozano, autora de la iniciativa, para quien la figura es utilizada para encubrir servicios laborales y precarizar al trabajador.

                                                                                                                                  “Si se necesita personal, tiene que pagarse lo que corresponde. Si necesita servicios ocasionales, use la prestación de servicios. Pero buena parte de los contratos no se necesitan porque son politiquería. Otros sí se necesitan, pero son de manera permanente”, señala la representante.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  El proyecto, en últimas, se convierte en otro intento por brindar mejores condiciones laborales a los contratistas tanto del sector público como del privado y acabar con el uso indiscriminado de las OPS con fines políticos y clientelistas.

                                                                                                                                  *Nombre cambiado.

                                                                                                                                  Por Germán Gómez Polo - Twitter: @TresEnMil

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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