Convertir en ley la justicia virtual, el reto de los últimos meses del Congreso
Actualmente hay dos proyectos que buscan consagrar en la ley las audiencias virtuales y otras diligencias judiciales por medios electrónicos, habilitadas durante la pandemia gracias al decreto 806.
La pandemia por el COVID-19 puso freno a muchas actividades humanas de forma presencial, incluyendo los servicios judiciales. Por primera vez, ante la contingencia de salud pública, el país tuvo que saltar a la virtualidad y esto incluyó el ejercicio de impartir justicia.
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La pandemia por el COVID-19 puso freno a muchas actividades humanas de forma presencial, incluyendo los servicios judiciales. Por primera vez, ante la contingencia de salud pública, el país tuvo que saltar a la virtualidad y esto incluyó el ejercicio de impartir justicia.
Como el país tenía un amplio rezago en estos temas, a pesar de los continuos mandatos para integrar las tecnologías a la justicia, el salto a la virtualidad se tuvo que hacer a través de una orden presidencial enmarcado en la emergencia económica, social y ecológica. A través del decreto 806 de 2020, el presidente habilitó que se pudieran celebrar audiencia a través de canales virtuales, al igual que la instauración de demandas, el manejo de expedientes de forma digital entre otros elementos propios de la justicia.
Aunque en un primer momento hubo resistencia, el 806 comenzó a tener éxito en el círculo de la justicia. Tanto abogados como jueces y otras partes del proceso judicial celebraron la llegada de la virtualidad. Las diligencias se podían atender desde cualquier lugar y no se tenía el limitante de la disponibilidad de salas, que en muchas ocasiones hacía que no se pudiera celebrar la audiencia o cualquier otra diligencia judicial.
También se acabaron, en gran medida, las audiencias aplazadas por la ausencia del abogado que no había podido llegar a tiempo al lugar de la audiencia o que por condiciones de salud se tenía que excusar. Además, dotó a la justicia de mayor transparencia, pues las diferentes diligencias judiciales podían ser seguidas en directo por toda la ciudadanía, cuando anteriormente solo estaban pendientes los que podían estar en el complejo judicial. El mejor ejemplo de esta situación es el caso del expresidente Álvaro Uribe, en el que miles se conectaron a la transmisión oficial y a la retransmisión por medios de comunicación para seguir el paso a paso del pedido de preclusión hecho por la Fiscalía.
A pesar del éxito que ha tenido la justicia virtual, reconocido por distintos sectores, como el Colegio de Abogados Penalistas, esta tendría sus días contados. Esto debido a que fue promulgada por un decreto legislativo de emergencia, lo que implica una vigencia máxima de dos años. En plata blanca quiere decir que, si nada extraordinario ocurre, la justicia deberá volver a la presencialidad el próximo 4 de junio.
Desde hace varios meses, abogados y funcionarios del sector judicial han venido advirtiendo de la complejidad que implica el regreso a la presencialidad y el retroceso que significaría para la aplicación de la justicia, una rama que históricamente ha sido cuestionada por sus trámites dispendiosos, por no decir lentos.
Aunque en un principio se había ignorado el llamado de los funcionarios y usuarios del sistema judicial, el tema parece que ha tomado preponderancia. Tanto así que en un congreso que ha estado volcado a la campaña política, y casi no se han radicado proyectos, llegaron a la secretaría del Senado tres proyectos con un mismo fin: convertir en ley el decreto 806 del 2020.
Los tres proyectos son casi lo mismo, solo se diferencia su procedencia y uno que otro artículo. El primero es de iniciativa gubernamental y viene firmado por el ministro de Justicia, Wilson Ruiz; el fiscal Francisco Barbosa; el presidente de la Corte Suprema, Aroldo Wilson Quiroz; el presidente del Consejo de Estado, Carlos Enrique Moreno; entre otros. La segunda iniciativa es de la senadora María Fernanda Cabal y el tercer proyecto es del senador Germán Varón.
La iniciativa gubernamental solo cuenta con tres artículos, siendo el primero el más importante, pues establece que se declare como legislación permanente los artículos 1 al 11 y 14 y 15 del decreto 806 de 2020. El proyecto de Germán Varón tiene una extensión mucho mayor, 14 artículos, pero apunta al mismo sentir que el proyecto de iniciativa estatal. Esto debido a que es un “copie y pegue” del decreto presidencial, con la salvedad de que se eliminan los artículos 12 y 13, que establecen el mecanismo virtual para la resolución de excepciones y sentencia anticipada en la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Por otro lado, el proyecto de Cabal toma tal cual el decreto presidencial y lo convierte en proyecto de ley. Sin embargo, este tiene una diferencia sustancial con los otros proyectos y es el alcance de la aplicación de la justicia virtual. Mientras que el proyecto gubernamental y el de Varón Cotrino contempla que esta modalidad de justicia es solo para la jurisdicción ordinaria, constitucional, contenciosa administrativa y disciplinaria, y la función jurisdiccional que ejerza una autoridad administrativa, el texto propuesto por Cabal extiende esta figura para la justicia penal y penal militar.
Esto ha hecho que incluso los abogados penalistas, como confirmó el presidente del Colegio de Abogados Penalistas, Francisco Bernate, le den su apoyo al proyecto de la senadora del Centro Democrático. Para estos, la iniciativa de Cabal los saca del vacío jurídico en el que llevan por dos años, ya que no estaba claro si el decreto presidencial los cobijaba o no. Además, han sido estos unos de los más beneficiados con la realización de audiencias virtuales.
Las razones para reglamentar la justicia virtual
Las pocas diferencias entre proyectas no impide que estos coincidan en los argumentos para consagrar la justicia virtual en la ley. Para el Gobierno, este proyecto es un reconocimiento de “las innumerables ventajas que para la transformación digital de la justicia devinieron tras la expedición e implementación de las disposiciones contenidas en el decreto 806″, por lo que buscan que se siga impulsando y utilizando los “servicios digitales y de tecnología en la prestación de este servicio público esencial”.
Bajo este mismo sentido, Ministerio de Justicia y demás autores del proyecto gubernamental argumentaron que el proyecto es necesario para no “generar un vacío normativo que traiga consigo un colapso de la administración de justicia, y con este el consecuente retroceso del país en la prestación del servicio”.
Germán Varón Cotrino también recurrió a argumentos parecidos para justificar su iniciativa. Este consideró que el decreto permitió que se impartiera justicia a pesar de la contingencia y “aceleró y profundizó el uso de las tecnologías, una deuda histórica de la justicia, dado que había la orden de su transición hacia soportes tecnológicos, pero se había hecho caso omiso a esta orden.
El congresista de Cambio Radical también hizo énfasis en que el decreto presidencial permitía optimizar los recursos del Estado al habilitar las comunicaciones por medios como correos electrónicos y disminuir la “necesidad de nuevas sedes físicas y de más salas de audiencias”.
A consideración de la senadora María Fernanda Cabal, se debe hacer ley el decreto 806 puesto que este “mostró un avance innegable” en el mandato constitucional de que toda persona pueda acceder a la administración de justicia. Esta resaltó que ha bajado el aplazamiento de audiencias e incluso ha resultado beneficioso para los usuarios del sistema judicial debido a que no tienen que pagarles viáticos a sus representantes, sino que estos pueden hacer su labor de sus ciudades de origen.
“Se han agilizado los trámites, lo que permite el no agravamiento de la congestión que hoy se vive en la administración de justicia en Colombia; así mismo se ha dado celeridad en la toma de decisión de fondo que son una de las finalidades de los procesos, y en todo caso parte del derecho humano a las Garantías Judiciales”, también argumenta Cabal, que hizo la salvedad de que en el decreto original no se incluía la justicia penal y penal militar y era necesario que también se extendiera la justicia virtual a estas dependencias.
La visión de los abogados
Como se dijo anteriormente, varios abogados sean convertido en defensores a ultranza de la justicia virtual, uno de estos es Francisco Bernate, que también es el presidente del Colegio de Abogados Penalistas. En diálogo con El Espectador, este comentó que hay un “consenso” entre las diferentes partes del sistema judicial “de que es absurdo volver a una justicia presencial inoperante, atiborrada de papel”.
Como se dijo anteriormente, Bernate comentó su preferencia por el proyecto de Cabal, debido a que deja claro que la justicia virtual también será aplicable para la justicia penal. “El mayor avance es lograr el consenso de todos los operadores judiciales”, expresó el abogado, pero llamó la atención de que aún falta, pues es necesario “profundizar más en la virtualidad”. No solo sería mantener el decreto sino hacer un mayor desarrollo de los diferentes escenarios. Este incluso llegó a sugerir que se haga extensivo a la justicia transicional.
Otros sectores de abogados consideraron que consagrar el decreto como ley permite que se llenen algunos de los vacíos que habían quedado de la justicia y las tecnologías de la información en el Código General del Proceso y en la ley estatutaria de la justicia. Además, permite sortear un posible “enredo” que se crearía con otras legislaciones que establecen restricciones a las TIC.
Estos sectores también han señalado que la primera experiencia con la virtualidad ha sido buena pero no se puede dejar de lado la falta del expediente electrónico en la mayoría de la rama judicial. Asimismo, indicaron que hay una falta de protocolos de la justicia virtual que deben ser solucionados. Debe haber clarificación sobre si un abogado puede asistir a más de una audiencia al mismo tiempo, si se puede estar en una audiencia con la cámara apagada, si se pueden presentar alegatos pregrabados, entre otros temas que esta legislación no atiende.