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El derecho humano a la alimentación es uno de los cinco ejes del Plan Nacional de Desarrollo (PND). Así pues, propone ese punto como un componente integral y altamente conectado con los otros capítulos del Plan. En cambio, en el articulado, esas ideas principales pierden fuerza y queda como un capítulo más bien aislado y con una estructura débil.
En las bases del Plan el derecho humano a la alimentación se aborda desde tres puntos principales: la disponibilidad, el acceso y la adecuación.
En primer lugar, el componente de disponibilidad busca incrementar la productividad del sector agropecuario a través del ordenamiento de la producción agropecuaria, la provisión de bienes públicos y el desarrollo de ciencia, tecnología e innovación en las regiones de cara a la producción de alimentos. En segundo lugar, la línea de acceso busca conectar a productores con consumidores a través del fortalecimiento de cadenas de suministro, transporte y una reducción de la intermediación.
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Por último, el componente de adecuación busca la inocuidad de los alimentos, la promoción de dietas saludables y el mejoramiento de la gobernanza de las políticas públicas asociadas al derecho a la alimentación.
En el articulado del PND, el derecho humano a la alimentación pierde la estructura sobre disponibilidad, acceso y adecuación, y no muestra coherencia entre los nueve artículos que se proponen. La propuesta de establecer un Sistema Nacional de Seguimiento para la Superación de la Malnutrición (artículo 172) no se entiende a la luz de la integralidad de los conceptos del derecho a la alimentación y de seguridad alimentaria.
Recordemos que la malnutrición es tan solo un componente de la alimentación que ocurre cuando las personas y comunidades no pueden acceder a dietas saludables. En otras palabras, el PND está proponiendo establecer un observatorio, que en lugar de monitorear integralmente los componentes de seguridad alimentaria, estaría monitoreando tan solo un aspecto. Por otra parte, los artículos 173 a 179 cubren aspectos de financiación que principalmente proponen reformas financieras que no parecen estar relacionadas con la garantía del derecho a la alimentación.
Por último, pero no menos importante, hay una gran preocupación sobre los indicadores “de primer nivel”, como se les ha denominado. Ni los indicadores ni las metas que se proponen en este eje ofrecen una perspectiva clara sobre la garantía del derecho a la alimentación.
Los cuatro indicadores son: primero, pobreza monetaria; segundo, tasa de mortalidad por desnutrición en menores de cinco años; tercero, instalaciones fluviales intervenidas, y por último, la producción en cadenas agrícolas priorizadas para el derecho humano a la alimentación. De estos indicadores solo uno, el de tasa de mortalidad de menores de cinco años por desnutrición, se encuentra directamente relacionado con la seguridad alimentaria. Adicionalmente, si bien la pobreza monetaria incide en la seguridad alimentaria, mejorar este indicador no garantiza mejores condiciones de alimentación. Los indicadores sobre instalaciones portuarias fluviales y la productividad agrícola tampoco garantizan que se cumplan las líneas estratégicas definidas en las bases del Plan.
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Es importante recordar que desde 2015 Colombia no cuenta con estadísticas oficiales de seguridad alimentaria, lo que constituye un aspecto preocupante, pues las estrategias propuestas en el Plan Nacional de Desarrollo no están informadas. Por ejemplo, el país no tiene estadísticas recientes que provean evidencia sobre las regiones donde están las poblaciones más afectadas por la inseguridad alimentaria. Tampoco sabemos cómo están los grupos étnicos o las mujeres. En este sentido, el PND podría hacer un mayor esfuerzo por actualizar las estadísticas oficiales, que dependen del Instituto Nacional de Salud y del Instituto Colombiano de Bienestar Familia (ICBF), y usarlas para reducir los índices de seguridad alimentaria en el país.
*Profesor de la Escuela de Gobierno Alberto Lleras Camargo de la Universidad de los Andes. Especial para El Espectador.