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                                                                                                                                El concepto jurídico que sugiere que violar protocolos con el Eln es perfidia

                                                                                                                                La fundación Cultura de Paz, que preside el exdirector general de la Unesco Federico Mayor Zaragoza, envió un concepto al presidente Duque que explica a qué se expondrían Cuba, o Noruega, si accede a la pretensión de Colombia de capturar a miembros del Eln y entregarlos a las autoridades.

                                                                                                                                -Redacción Política

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En ese mismo sentido, esgrimen que el protocolo de ruptura puede ser considerado como un acuerdo especial, en el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y que, al no tener caducidades establecidas, tiene plena vigencia. “Lo firmado o suscrito por representantes o delegados autorizados por un Estado, es para cumplirlo, como lo establece el precepto base del derecho internacional que apela a la buena fe y a la capacidad de las partes (…) Jurídicamente, el protocolo aludido tiene vigencia, semejante o en paralelo a la ley, por cuya eficacia el Estado debe velar. Ninguna instancia judicial colombiana ha declarado la ilegalidad o inconstitucionalidad de los Protocolos firmados por el Estado colombiano con el ELN”, sustenta el documento.

                                                                                                                                Contexto: Punto final a los diálogos con el Eln

                                                                                                                                Read more!

                                                                                                                                Por otra parte, dice que el presidente de Colombia no solo es jefe de gobierno sino de Estado, razón por la que estos compromisos firmados son obligaciones que “entrañan la responsabilidad internacional e interna del Estado”. “En esa intersección está instituida una expresa y sólida prohibición de vieja data, argumentada desde el derecho, la ética y las costumbres militares, referida a la perfidia: parlamentar o simular hacerlo con reglas establecidas apelando a la buena fe, pactar el traslado de mandos y representantes de la contraparte, o valerse del curso de estos hechos para declarar luego rehén a ese interlocutor, obtener ventajas ilícitas, ordenar su persecución, su captura o su destierro”, sostiene el concepto de la fundación Cultura de Paz.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Explican que Cuba, por ejemplo, aceptó ser sede de diálogos de paz, sólo para ese fin y no para otro. “A Cuba y Noruega no se les puede pedir algo contrario no sólo a sus ordenamientos jurídicos sino a sus tradiciones humanistas, políticas y diplomáticas”. Por lo tanto, esgrimen el documento, el hecho de acceder a otro propósito —como quiere el Estado colombiano—, como capturar, perseguir o procesas a delegaos insurgentes “invalidaría a Cuba, a Noruega o a otros países en tal situación, les inhabilitaría por siempre para servir como países garantes”.

                                                                                                                                Guerrilleros del ELN
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                En ese mismo sentido, esgrimen que el protocolo de ruptura puede ser considerado como un acuerdo especial, en el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y que, al no tener caducidades establecidas, tiene plena vigencia. “Lo firmado o suscrito por representantes o delegados autorizados por un Estado, es para cumplirlo, como lo establece el precepto base del derecho internacional que apela a la buena fe y a la capacidad de las partes (…) Jurídicamente, el protocolo aludido tiene vigencia, semejante o en paralelo a la ley, por cuya eficacia el Estado debe velar. Ninguna instancia judicial colombiana ha declarado la ilegalidad o inconstitucionalidad de los Protocolos firmados por el Estado colombiano con el ELN”, sustenta el documento.

                                                                                                                                Contexto: Punto final a los diálogos con el Eln

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Explican que Cuba, por ejemplo, aceptó ser sede de diálogos de paz, sólo para ese fin y no para otro. “A Cuba y Noruega no se les puede pedir algo contrario no sólo a sus ordenamientos jurídicos sino a sus tradiciones humanistas, políticas y diplomáticas”. Por lo tanto, esgrimen el documento, el hecho de acceder a otro propósito —como quiere el Estado colombiano—, como capturar, perseguir o procesas a delegaos insurgentes “invalidaría a Cuba, a Noruega o a otros países en tal situación, les inhabilitaría por siempre para servir como países garantes”.

                                                                                                                                Por -Redacción Política

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