Publicidad

¿Cuánto gana un concejal, edil y gobernador en Colombia? Este es su salario

De acuerdo con el Decreto 896 de 2023, el límite máximo salarial mensual de un gobernador depende de la categoría a la que pertenezca y puede llegar hasta $21.497.207.

29 de octubre de 2023 - 03:04 p. m.
Funcionarios trabajan en un puesto de votación hoy, en el recinto de Plaza Mayor en Medellín.
Funcionarios trabajan en un puesto de votación hoy, en el recinto de Plaza Mayor en Medellín.
Foto: EFE - Luis Eduardo Noriega A.
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Este domingo, ejerciendo su derecho al voto en las urnas, los colombianos elegirán a 32 gobernadores, 12.073 concejales y 6.885 ediles de las juntas administradoras locales. Estas nuevas autoridades locales ejercerán su cargo entre 2024 y 2028. Sus salarios dependen de lo establecido en el Decreto 896 de 2023, por el cual se fijan los límites máximos salariales de los gobernadores, alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales, y en la Ley 2086 de 2021, por el cual se autoriza el reconocimiento de honorarios a los miembros de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Para el caso de los nuevos gobernadores, su salario está establecido en el Decreto 896 de 2023 y depende de la autorización de la Asamblea Departamental. El límite máximo salarial mensual depende de la categoría a la que pertenezca cada gobernador, de la siguiente manera:

  • Especial: $21.497.207
  • Primera: $18.214.842
  • Segunda: $17.514.272
  • Tercera: $15.069.940
  • Cuarta: $15.069.940

Las categorías están en la Ley 2086 de 2000 y dependen de la población del departamento y de los ingresos corrientes anuales de libre destinación. Por ejemplo, un departamento categorías especial es aquel con población superior a dos millones (2.000.000) de habitantes y cuyos ingresos corrientes de libre destinación anuales sean superiores a seiscientos mil (600.000) salarios mínimos legales mensuales.

Los ediles reciben su salario dependiendo del número de sesiones plenarias y a comisiones de las Juntas Administradoras Locales a las que asistan. Según la Ley 2086 de 2021, pueden recibir hasta dos Unidades de Valor Tributario (UVT) por asistencia. El valor de una UVT corresponde a $42.142 pesos.

Le recomendamos: En vivo: “Estamos listos para ganar en primera vuelta” Gustavo Bolívar tras votar

Los concejales, por su parte, reciben su salario de manera categorizada, de acuerdo con la Ley 2075 de 2021. En los municipios de categoría especial, primera y segunda, se establece el pago anual de 150 sesiones ordinarias y hasta 40 extraordinarias. En los municipios de categoría tercera, cuarta, quinta y sexta, son 70 sesiones ordinarias y hasta 20 sesiones extraordinarias al año.

  • Especial: $516.604.
  • Primera: $437.723.
  • Segunda: $316.394.
  • Tercera: $253.797.
  • Cuarta, quinta y sexta: $212.312.

👁‍🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.

👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.

Temas recomendados:

 

JOSE(21911)30 de octubre de 2023 - 02:50 a. m.
El asunto no es de sueldos. Eso es lo de menos. La mira está puesta en lo que se van a robar. Y ahí estamos hablando de miles (muchos miles) de millones de pesos. Mientras más alto sea el presupuesto de la administración -distrital, municipal o departamental- pues más se meten al bolsillo. Recordemos que el CVY (Cómo Voy Yo) está entre el 10 y el 20 por ciento. Hagan cuentas!!!!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar