¿Qué pasa si no asisto como jurado de votación el próximo 29 de octubre?
La prestación de servicio de jurado de votación es obligatoria, a menos que exista un motivo de fuerza mayor. Las personas que no presten su servicio en la jornada de elecciones podrían ser sancionadas con una multa de hasta 10 salarios mínimos.
Queda poco menos de un mes para las elecciones regionales del 29 de octubre en las que el país elegirá nuevas autoridades locales (alcaldes y gobernadores) y miembros de corporaciones públicas (diputados, concejales y ediles).
De acuerdo con el calendario electoral de la Registraduría, la finalización del sorteo de jurados de votación tiene como fecha límite el próximo 14 de octubre, es decir, 15 días antes de los comicios de octubre. Es en esa fecha que se conocerán los listados de jurados de votación.
Cada mesa de votación tendrá cuatro jurados, que son los encargados de atender a los votantes durante toda la jornada y realizar el preconteo que se entrega a la Registraduría ese mismo día. Es importante que sepa que si el puesto de votación que le fue asignado no corresponde al municipio de su residencia, no podrá cambiarlo porque la jornada de inscripción de cédulas se actualizó hasta el pasado 29 de agosto.
Durante la semana del 15 al 20 de octubre, la Registraduría informará sobre el proceso de capacitación de las personas que sean seleccionadas para ser jurado de votación. Allí se enseñará sobre pedagogía electoral y se mostrarán en detalle los tarjetones y el proceso de los comicios.
Una de las preguntas más frecuentes es si las personas que han prestado el servicio de jurado en otras elecciones deben volver a capacitarse. La Registraduría tiene establecido que la capacitación es obligatoria, “esto se debe a que cada proceso electoral es diferente en cuanto a su finalidad; por lo tanto, la capacitación también lo es”.
Lea también: ¿Cuándo sale el listado de los jurados de votación para las elecciones 2023?
¿Qué pasa si como jurado de votación no asiste el día de las elecciones?
Según la Ley 163 de 1994, las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación, “serán sancionadas con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos”. Si no lo son, recibirán una multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría.
Aunque esta prestación del servicio es de “forzosa aceptación”, hay algunas causales que podrían eximirlo de la jornada. Según la autoridad electoral, se exonerará del servicio a personas con: grave enfermedad del jurado, su cónyugue, padres o hijos; muerte del jurado o de su cónyugue, padres o hijos ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores (26 de octubre); ser menor de 18 años o haberse inscrito en un municipio distinto a la asignación.
Los horarios en los que debe asistir un jurado de votación a las elecciones es entre las 7:00 a.m. (una hora antes de dar apertura a la jornada) y hasta que finalice el proceso de conteo y entrega de material electoral, que puede ser entre 5:00 p.m. y 6:30 p.m., según el lugar en el que haya sido asignado.
¿Qué es un jurado remanente?
Los jurados de votación remanente, que son las personas que reemplazan a los jurados titulares, también deberán asistir a la jornada a la hora designada; con la diferencia de que su participación dependerá, únicamente, de que otros jurados se ausenten durante la jornada.
👁🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.
👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.
Queda poco menos de un mes para las elecciones regionales del 29 de octubre en las que el país elegirá nuevas autoridades locales (alcaldes y gobernadores) y miembros de corporaciones públicas (diputados, concejales y ediles).
De acuerdo con el calendario electoral de la Registraduría, la finalización del sorteo de jurados de votación tiene como fecha límite el próximo 14 de octubre, es decir, 15 días antes de los comicios de octubre. Es en esa fecha que se conocerán los listados de jurados de votación.
Cada mesa de votación tendrá cuatro jurados, que son los encargados de atender a los votantes durante toda la jornada y realizar el preconteo que se entrega a la Registraduría ese mismo día. Es importante que sepa que si el puesto de votación que le fue asignado no corresponde al municipio de su residencia, no podrá cambiarlo porque la jornada de inscripción de cédulas se actualizó hasta el pasado 29 de agosto.
Durante la semana del 15 al 20 de octubre, la Registraduría informará sobre el proceso de capacitación de las personas que sean seleccionadas para ser jurado de votación. Allí se enseñará sobre pedagogía electoral y se mostrarán en detalle los tarjetones y el proceso de los comicios.
Una de las preguntas más frecuentes es si las personas que han prestado el servicio de jurado en otras elecciones deben volver a capacitarse. La Registraduría tiene establecido que la capacitación es obligatoria, “esto se debe a que cada proceso electoral es diferente en cuanto a su finalidad; por lo tanto, la capacitación también lo es”.
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¿Qué pasa si como jurado de votación no asiste el día de las elecciones?
Según la Ley 163 de 1994, las personas que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado de votación, “serán sancionadas con la destitución del cargo que desempeñen, si son servidores públicos”. Si no lo son, recibirán una multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría.
Aunque esta prestación del servicio es de “forzosa aceptación”, hay algunas causales que podrían eximirlo de la jornada. Según la autoridad electoral, se exonerará del servicio a personas con: grave enfermedad del jurado, su cónyugue, padres o hijos; muerte del jurado o de su cónyugue, padres o hijos ocurrida el día de las elecciones o dentro de los tres días anteriores (26 de octubre); ser menor de 18 años o haberse inscrito en un municipio distinto a la asignación.
Los horarios en los que debe asistir un jurado de votación a las elecciones es entre las 7:00 a.m. (una hora antes de dar apertura a la jornada) y hasta que finalice el proceso de conteo y entrega de material electoral, que puede ser entre 5:00 p.m. y 6:30 p.m., según el lugar en el que haya sido asignado.
¿Qué es un jurado remanente?
Los jurados de votación remanente, que son las personas que reemplazan a los jurados titulares, también deberán asistir a la jornada a la hora designada; con la diferencia de que su participación dependerá, únicamente, de que otros jurados se ausenten durante la jornada.
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