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El Gobierno ya expidió el decreto a través del cual se establecen normas para conservar el orden público el día de las elecciones regionales del próximo 29 de octubre de 2023 y, si hay lugar a ello, para la segunda vuelta de elección de Alcalde de Bogotá el 19 de noviembre.
El decreto, que tradicionalmente se publica antes de elecciones, fue firmado por el presidente Gustavo Petro y por el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco. Con restricciones físicas busca que se preserve el normal desarrollo de la elección de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles.
Entre esas limitaciones, el decreto establece los horarios para la Ley Seca, el porte de armas y posibilita a las autoridades locales decretar toque de queda, en caso de ser necesario. De todas formas, el texto también busca la “coordinación de las autoridades militares y de policía”, para la “adopción de medidas con el fin de preservar el normal desarrollo del proceso electoral”.
(Lea: “CNE dejó en firme las candidaturas de Dilian Francisca Toro, Horacio José Serpa y otros”)
Ley seca por elecciones 2023
Desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del sábado 28 de octubre queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y el consumo de bebidas embriagantes. La Ley Seca se extenderá hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 30 de octubre, un día después de las elecciones.
En caso de que haya segunda vuelta en Bogotá, la prohibición se aplicará solo en la capital desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del 18 noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 20 de noviembre de 2023.
Incumplir esta medida puede causarle sanciones definidas por las alcaldías locales y por la Policía, según lo establece el Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
Restricción al porte de armas
La fuerza pública deberá suspender los permisos del porte de armas desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del sábado 28 de octubre hasta seis de la mañana (6:00 a.m.) del lunes 30 de octubre. Ese término podrían ampliarlo las autoridades militares para prevenir alteraciones del orden público, si es decisión de los consejos departamentales, y municipales de seguridad.
Uso del celular en el puesto de votación
No puede hacer uso de celulares ni de cámaras fotográficas o de video en los puestos de votación durante la jornada electoral. La restricción será entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., a excepción de los medios de comunicación que deseen participar en el cubrimiento, con previa coordinación con la Registraduría.
Testigos electorales
De acuerdo con el decreto, los testigos electorales podrán asistir a los puestos de votación desde las 7:00 a.m., y pueden permanecer hasta cuando concluyan los escrutinios de mesa. Para ingresar deberán identificarse con la cédula de ciudadanía y la respectiva credencial diligenciada y firmada. La credencial de testigo electoral tiene el carácter de personal e intransferible.
Propaganda política
Hay que decir también que este domingo serán los cierres de campaña puesto que a partir del lunes 23 de octubre hasta el próximo 30 de octubre quedan prohibidas las reuniones de carácter político haciendo uso del espacio público. Igualmente, durante el día de las elecciones no es posible portar propaganda o hacer manifestaciones con fines electorales.
Por otro lado, se ordena el cierre de los pasos terrestres y fluviales autorizados de frontera, durante el lapso comprendido entre las 6:00 p.m. del 28 de octubre de 2023 hasta las 4:00 p.m. del 29 de octubre de 2023.La fuerza pública vigilará el traslado del material electoral inmediatamente después de terminado el preconteo en las mesas de votación a las comisiones escrutadoras a las cabeceras municipales y departamentales.
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