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¿Puede tomarle foto al tarjetón electoral con su celular?

El ministerio del Interior expidió el decreto 1702 de 2023 para dictar las normas de la jornada electoral.

21 de octubre de 2023 - 02:46 a. m.
Las elecciones serán el próximo 29 de octubre.
Las elecciones serán el próximo 29 de octubre.
Foto: Óscar Pérez
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Conforme se acercan las elecciones en las que se conformará el poder regional, que serán celebradas el próximo domingo 29 de octubre, empiezan a surgir preguntas relacionadas con el momento de ir a las urnas y ejercer el derecho al voto.

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Además de las dudas de cuál es el puesto y mesa de votación asignados, cómo consultarlos en caso de no saberlo y cuál es el horario permitido para votar, algunos electores se preguntan si está permitido o no llevar el celular a la urna y tomarle una fotografía al tarjetón electoral que entregan los jurados de votación o al voto que se marcará para gobernación, alcaldía, asamblea, concejo y juntas administradoras locales (JAL).

La respuesta a esta pregunta está en el decreto 1702 de 2023 del ministerio del Interior y por el cual se dictan normas para la conservación de orden público para las elecciones de Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales del 29 de octubre de 2023 y 19 de noviembre del mismo año, segunda vuelta de elección de Alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello.

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De acuerdo con el decreto, solo los medios de comunicación, previamente autorizados por la Registraduría Nacional del Estado Civil, pueden hacer uso de celulares y cámaras fotográficas o de video en los puestos de votación con el fin de informar sobre la jornada electoral.

El electorado no podrá hacer uso de estos equipos tecnológicos en la mesa de votación ni en las urnas. “Solo se permitirá el uso del teléfono celular para que el ciudadano muestre al jurado de votación la cédula de ciudadanía en formato digital en dicho dispositivo electrónico”, se lee en el decreto, pero no para tomar fotos del tarjetón electoral.

En este punto vale la pena resaltar que la cédula digital es, además de la cédula física amarilla con hologramas, el único documento permitido para identificarse en la mesa de votación. Otras libretas como el pasaporte, la contraseña, tarjeta de identidad, el pase de conducción están prohibidos.

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Cincinatus(46377)21 de octubre de 2023 - 03:18 p. m.
Sí o no? por qué no titulan con claridad !
  • zorrillo(6652u)21 de octubre de 2023 - 03:30 p. m.
    Pues es claro que no.
Florentino Florez(02861)21 de octubre de 2023 - 12:04 p. m.
Pero los que compran votos le exigen al vendedor presentar la prueba de su elección. ¿Cómo controlar?.
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