La medida cautelar que pide retirar las vallas de Miguel Uribe
En el Consejo Nacional Electoral se tramitó una denuncia de oficio contra las vallas. Este lunes, el tribunal electoral decidirá el futuro inmediato de estas.
“Ojo con el Congreso” dice una valla campaña de Miguel Uribe, cabeza de lista de Centro Democrático, en la calle 127 con carrera novena, en Bogotá. El mensaje suena muy parecido al típico “Ojo con el 22″ que ha hecho popular Álvaro Uribe para llamar la atención sobre las elecciones venideras. Sin embargo, más allá de la frase, la propaganda política llama la atención por las personas que aparecen en ella.
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“Ojo con el Congreso” dice una valla campaña de Miguel Uribe, cabeza de lista de Centro Democrático, en la calle 127 con carrera novena, en Bogotá. El mensaje suena muy parecido al típico “Ojo con el 22″ que ha hecho popular Álvaro Uribe para llamar la atención sobre las elecciones venideras. Sin embargo, más allá de la frase, la propaganda política llama la atención por las personas que aparecen en ella.
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Detrás de la frase aparecen Gustavo Petro, Gustavo Bolívar, Piedad Córdoba, Roy Barreras, Iván Cepeda, Julián Gallo y León Freddy Muñoz. Todos ellos son de partidos alternativos, la mayoría del Pacto Histórico, menos los dos últimos, que son de Comunes y Alianza Verde, respectivamente. La valla también viene acompañada del siguiente mensaje: “El momento de salvar a Colombia de los enemigos de la libertad es ya”.
La valla fue polémica en redes sociales y en medios de comunicación. Su resonancia llegó a los oídos del magistrado Luis Guillermo Pérez. Este pidió de oficio que fuera estudiada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) debido a que posiblemente “se están consolidando mensajes políticos de incitación al odio o la violencia política de reconocidas personas y congresistas que militan en partidos políticos declarados en oposición al gobierno nacional del presidente Iván Duque, militante del partido Centro Democrático”.
Por reparto, el caso quedó en el despacho del magistrado José Nelson Polanía. Este, antes de conocer a profundidad el caso, pidió que se decretaran medidas cautelares y que se retiraran las vallas cuestionadas debido a sus posibles implicaciones. El magistrado entró a analizar el caso bajo los principios de la propaganda política negativa, que establece “la propaganda política que incluye mensajes negativos y considera que debe ser plenamente protegida en cuanto constituye una manifestación directa de la libertad de expresión”.
No obstante, también entró a contrastar con el “derecho a la honra, la imagen y el buen nombre”. Bajo ese choque entre derechos, el magistrado determinó pedir que sean retiradas las vallas de forma cautelar. Para este, la única intención apreciable de Uribe Turbay fue “atacar a algunos ciudadanos que actualmente integran el Congreso de quienes, además, uno es precandidato a la Presidencia de la República en la consulta del Pacto Histórico; y otros, son candidatos inscritos a los comicios legislativos que se celebrarán el 13 de marzo de 2022″.
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El magistrado también expresó que inicialmente se debe entender dicha publicidad desde los “presupuestos de la propaganda política negativa y la libertad de expresión”. Sin embargo, señaló que esta debe limitarse a los principios definidos por la Corte Constitucional en este tema: “deben ceñirse a los límites que imponen las conductas delictuales con las que teóricamente podría avecindarse”.
Y es que la Corte, como lo recoge el magistrado Polanía en el texto en el que pide la medida cautelar, ha expresado que la la propaganda negativa está enmarcada en la libertad de expresión y es legítima en cuando “permite el contraste de las ideas y estimula la formación de la conciencia política del electorado”.
Sin embargo, en este caso, las vallas de Miguel Uribe estarían sobrepasando los límites planteados anteriormente y podrían llegar a vulnerar el derecho a la honra y el buen nombre, así lo consideró el togado electoral que conoció en un primer momento la denuncia de oficio.
Para el magistrado, aunque normalmente debe primar la libertad de expresión, en este caso hay elementos que indican que debería privilegiarse el derecho al buen nombre porque “en la información divulgada existe una intención dañina o negligencia al presentar hechos parciales, incompletos o inexactos”.
A su consideración, Miguel Uribe habría “desbordado los límites del derecho de libertad de expresión” pues se habría vulnerado el “desarrollo legítimo del discurso político” al atacar a un sector político “afectando de manera injustificada los derechos de unos ciudadanos en particular”.
Por otro lado, el magistrado Polanía consideró que Miguel Uribe Turbay no solo estaría violando el derecho al buen nombre sino que estaría vulnerando el derecho a la imagen. Para este, fundamentado en fallos del tribunal constitucional, la campaña del cabeza de lista del Centro Democrático debió buscar el “consentimiento y/o autorización” de los que aparecen en la valla para que su imagen fuera reproducida.
Por todas estas razones fue que se pidió que de forma cautelar se bajen las vallas publicitarias instaladas por la campaña de Miguel Uribe al Senado. A los ojos de Polanía, se están afectando los derechos de los políticos que aparecen en la publicidad por lo que se debe recurrir a estas medidas “con la finalidad de proteger, restablecer y hacer cesar los daños que se hubieren causado”.
A esto añadió que la valla denunciada es “desproporcionada, innecesaria, expone información inexacta y no se encuentra ajustada a los cánones comportamentales que deben regir un debate democrático”. Por eso el pedido de medidas cautelares incluía una orden para que las vallas fueran desmontadas en un periodo no mayor a 48 horas. Además se le pediría a Uribe y su campaña que hicieran llegar al CNE una copia de los supuestos permisos que habrían dado los presentes en la valla para que sus imágenes fueran reproducidas.
Se supone que esta exigencia de medida cautelar debía ser votado la semana pasada en sala plena, pero dos magistrados pidieron que el expediente se rote a otro despacho. Este lunes los magistrados se volverán a reunir y decidirán si acogen el pedido de medidas cautelares y si la decisión de fondo sobre las vallas pasan a otro togado.
La determinación se dará en medio de la controversia, pues el magistrado que hizo denuncia de oficio, Luis Guillermo Pérez, fue el mismo que presentó una ponencia que desechaba la denuncia en contra de la representante y candidata Katherine Miranda debido a que su publicidad usaba el término “abudinear”. Para algunos sectores, los dos temas son parecidos y el magistrado estaría tomando determinaciones contradictorias. Los peros también vienen porque Pérez llegó al CNE con cuota de los partidos alternativos, por lo que lo han tachado de ser afín a Gustavo Petro.
Esta fue la defensa a la que recurrió Miguel Uribe al enterarse del proceso en el CNE. “Me acabo de enterar por medios de comunicación que el magistrado Pérez, cercano a Gustavo Petro, Piedad Córdoba, es decir, a todo el petrismo, pretende censurar mi derecho a la libertad de expresión. Mucho más en una contienda electoral donde tenemos que desenmascarar a los enemigos de la democracia y la libertad”, expresó Uribe, que también señaló la supuesta contradicción de posiciones en temas similares.
A pesar de ser magistrado y de poder ser recusado, Pérez decidió manifestarse ante lo dicho por Miguel Uribe. Según Pérez, en el caso del término “abudinear” no se estaría atentando en contra al derecho al buen nombre de la exministra Karen Abudinen pues esta supuesta vulneración la habría causado el caso de corrupción de Centros Poblados y no la propaganda política.
Este también defendió la valla de Miranda bajo el argumento de que hacía parte del control político que la representante de la Alianza verde hizo tras el caso y no se podía enmarcar las vallas en un “mensaje de odio” y tampoco en “violencia política contra las mujeres”. Este expresó que la publicidad con el término “abudinear” estaría amparado bajo los principios de la propaganda política negativa. A pesar de estos argumentos, su tesis en el CNE no fueron acogidos y se ordenó, por medida cautelar, bajar las vallas de Katherine Miranda que contuvieran el término “abudinear”.