Las vueltas de un expediente olvidado contra el registrador Alexander Vega
Por cuenta de la ampliación de la planta de personal de la Personería de Chía, la Procuraduría sancionó al hoy Registrador Nacional en 2012. Sin embargo, a escasos días de ser elegido magistrado del CNE en 2014, el procurador Alejandro Ordóñez revocó dicha sanción. Esta es la historia de un proceso del pasado que tiene sorprendentes similitudes con las críticas que hoy le hacen a Vega.
Juan David Laverde Palma
El 10 de enero de 2004, con 10 votos a favor y dos en contra, el Concejo de Chía (Cundinamarca) eligió a Alexander Vega Rocha como nuevo personero municipal. Ese día el concejal Leonardo Donoso Ruiz postuló su nombre para el cargo y apenas minutos después Vega Rocha fue ungido por la mayoría de la corporación. Tras la votación, la plenaria declaró la sesión informal y Alexander Vega Rocha dio su primer discurso como funcionario electo. Allí agradeció el voto de confianza del Concejo, invitó a los cabildantes a trabajar de forma conjunta por la comunidad, señaló que era amigo del control disciplinario previo y no posterior, agregó que pondría todo su empeño para sacar adelante el municipio y, al final, insistió en que con la ayuda de Dios no los defraudaría en un cargo de tan altas dignidades.
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El 10 de enero de 2004, con 10 votos a favor y dos en contra, el Concejo de Chía (Cundinamarca) eligió a Alexander Vega Rocha como nuevo personero municipal. Ese día el concejal Leonardo Donoso Ruiz postuló su nombre para el cargo y apenas minutos después Vega Rocha fue ungido por la mayoría de la corporación. Tras la votación, la plenaria declaró la sesión informal y Alexander Vega Rocha dio su primer discurso como funcionario electo. Allí agradeció el voto de confianza del Concejo, invitó a los cabildantes a trabajar de forma conjunta por la comunidad, señaló que era amigo del control disciplinario previo y no posterior, agregó que pondría todo su empeño para sacar adelante el municipio y, al final, insistió en que con la ayuda de Dios no los defraudaría en un cargo de tan altas dignidades.
En el acta de su elección se advierte que solo los concejales Juan Villamil y Luis Carlos Segura se opusieron a su nombramiento. Una vez derrotado, Segura tomó la palabra: “No debemos olvidar el sentido propio de la meritocracia, pues la gente está cansada de la politiquería y las palancas por recomendaciones para ocupar un cargo público. Al nuevo Personero, espero tenga las puertas abiertas. No tuvo mi voto de confianza, pero ojalá tenga el de todos los ciudadanos de Chía”. En contraste, el concejal Fabio Sánchez celebró la designación, dijo que Vega Rocha era un joven con todo el liderazgo y arraigo en Chía –aunque nació en Miraflores (Guaviare)–, y que su pensamiento liberal le haría mucho bien a la entidad. Vega Rocha tenía 24 años entonces. Le faltarían 15 años apenas para dar el salto de la Personería de Chía a la Registraduría Nacional.
Pero antes de meternos en las cuitas de la Registraduría de hoy, volvamos a esos tiempos remotos de la Personería de Chía. El 16 de noviembre de 2006, el personero Alexander Vega Rocha radicó ante el Concejo de Chía un proyecto de acuerdo para ampliar sustancialmente la planta de personal de la Personería. Según explicó en la exposición de motivos, debido al “gran número de problemas que se presentan en el municipio por su crecimiento acelerado” y en razón a la multiplicidad de funciones en cabeza de la Personería, “se hace necesario para tener una mayor cobertura y, por ende, prestar un mejor servicio a la comunidad, modificar la actual planta de personal y crear personerías delegadas”, toda vez que “con el personal que se cuenta actualmente no es posible cumplir a cabalidad con todas las funciones mencionadas”.
Hasta ese momento la Personería de Chía era integrada por tres personas: el personero, un personero delegado y un auxiliar administrativo. El proyecto de Vega Rocha contemplaba suprimir eso dos cargos y crear 11 más: un personero auxiliar en asuntos penales, seis personeros delegados, un profesional universitario y cuatro auxiliares administrativos. Según el documento, estos nuevos funcionarios serían de libre nombramiento y remoción y el Personero tendría la facultad de asignarles el nivel de responsabilidad, los requisitos para acceder a esos cargos y sus funciones. En la práctica se trataba de un proyecto para otorgarle más poderes al personero Vega Rocha y ampliar su burocracia. A tal punto que la propuesta contemplaba hasta la asignación salarial de la nueva planta de personal y del personal directivo.
El proyecto se aprobó con rapidez: el 29 de noviembre de 2006 en la Comisión Tercera del Concejo y en plenaria el 10 de diciembre de ese año. Precisamente ese día, en medio del debate, Vega Rocha les aseguró a los cabildantes que el proyecto tenía todos los estudios jurídicos, financieros y estructurales para sustentar que la Personería pasara de 3 a 12 funcionarios. “Se deben crear estos cargos para prestar el servicio a un municipio de más de 120 mil habitantes. El proyecto está revisado jurídicamente, se hicieron varias consultas a nivel de la Procuraduría, se hizo una proyección de cuánto implicaba el gasto de personal, más la inversión que se va a hacer para la planta física de la Personería, como unos cubículos y una buena biblioteca a la que tendrán acceso las personas que quieran ir e igualmente los concejales”, dijo Vega Rocha.
Con ocho votos a favor, el entonces personero logró la reestructuración de la Personería y sus nuevas facultades empezaron a regir el primero de enero de 2007. Sin embargo, al revisar las actas de esas sesiones en el Concejo, en poder de El Espectador, quedó en evidencia las advertencias de algunos cabildantes sobre estos superpoderes otorgados a Vega Rocha. El concejal Raúl Gracia Tenjo, por ejemplo, señaló: “La comunidad tiene que saber que el Personero debe cumplir con sus funciones, pero antes está pidiendo que le nombren seis personeros delegados cuando no se ha visto la gestión. Para que sepa la comunidad el descaro que se ve aquí”. Por su parte el concejal Educardo Espinosa criticó el proyecto, advirtió irregularidades graves y lamentó que esa burocracia fuera manejada a través de cargos de libre nombramiento y no por carrera administrativa.
Líos disciplinarios
A pesar de estos reparos, el alcalde de Chía Fernando Sánchez Gutiérrez sancionó este acuerdo sin objeción alguna y esa fue la génesis de un largo proceso disciplinario que resultó con sanción e inhabilidad para los diligentes concejales, pero no para el avezado Personero. La historia sigue así: en mayo de 2007 el ciudadano Rafael Jiménez Martínez le pidió a la Procuraduría investigar estos hechos. Según relató en su queja, esa restructuración había sido irregular pues Vega Rocha jamás presentó un estudio técnico para ampliar la planta de personal y, además, ésta resultaba demasiado costosa e innecesaria. También sostuvo que el personero no tenía facultades para promover este proyecto, que el Concejo violó normas administrativas y que se creó una oficina de control interno sin que en la planta de personal se contemplara el cargo de jefe de esa dependencia.
“En el municipio de Chía tradicionalmente ha funcionado la Personería máximo con tres empleados y no se entiende cómo de un momento para otro se instituye una Personería con una gran cantidad de funcionarios (…) Lo que se demuestra con la aprobación de este acuerdo es el afán de crear puestos burocráticos sin existir la necesidad para ello, donde casi la totalidad de los recursos que se asignaron a la Personería se están destinando para pagar la nómina de la misma entidad”, manifestó Rafael Jiménez. Críticas muy similares le han llovido a Vega Rocha desde que se posesionó como Registrador, pero ya volveremos a ello. De vuelta con la historia, el 9 de agosto de 2007, la Procuraduría abrió indagación preliminar al respecto, citó a versión libre a los protagonistas del caso –incluido el personero Vega Rocha– y empezó a recaudar la documentación del proceso.
Pronto empezaron a aflorar más voces en contra de la restructuración de la Personería de Chía. El concejal Fabio Sánchez le dijo al Ministerio Público que no se presentaron estudios pertinentes para justificar estos cambios, que la entidad pasó de un presupuesto anual de $90 millones a $650 millones y que el Concejo aprobó este acuerdo con una velocidad inusitada. La concejal Yahell del Socorro Gallego insistió: “Fue una ampliación de cargos burocráticos y absolutamente costosos que no apuntaban a resolver ninguna necesidad en el municipio”. Y agregó: “Definitivamente esta administración se caracterizó por despilfarrar el patrimonio público (…) La Personería en estos cuatro años ha estado ausente y su función de velar por el tesoro público ha sido nula”. El concejal Raúl Gracia remató: “Este acuerdo es ilegal desde todo punto de vista”.
En medio de estas pesquisas disciplinarias, el 29 de febrero de 2008 culminó su periodo de cuatro años como Personero de Chía Alexander Vega Rocha. Su último salario fue de $5.608.087. Casi cuatro meses después, el 18 de junio de 2008, la Procuradora Distrital Martha Lucía Amaya abrió formalmente investigación contra el expersonero y los ocho concejales que aprobaron este acuerdo. El expediente fue tomando forma. El 26 de febrero de 2009, un año después de haber salido de su cargo, Alexander Vega Rocha por fin dio su versión ante la Procuraduría. Según dijo, como el DANE certificó a Chía como municipio de segunda categoría esto le permitió al Concejo ampliar los gastos de funcionamiento de la Personería. Además, añadió que ninguna ley lo obligaba a presentar un concepto técnico para llevar a cabo esta reforma a la planta de personal.
Así mismo, aseguró que en esa época había demasiados procesos represados en su despacho y que necesitaba más funcionarios para evacuarlos. Vega Rocha concluyó su defensa así: “La restructuración de la Personería no obedeció a intereses burocráticos ni políticos y mucho menos personales, ya que la Personería solo contaba con tres funcionarios para cumplir con más de 250 obligaciones”. Por último, el expersonero Vega Rocha le pidió a la Procuraduría que evaluara la posibilidad de multar al ciudadano que puso la queja por “distorsionar la verdad y calumniar el buen nombre y honra de los servidores públicos de Chía”. A pesar de sus explicaciones, el 18 de enero de 2010, en una decisión de 43 páginas, el procurador Ricardo María Cañón les formuló pliego de cargos a Vega Rocha y a los ocho concejales.
Al considerar que la conducta del expersonero había sido grave y dolosa, que el trámite del proyecto tuvo varias irregularidades y que no se aportó un estudio técnico para avalar esta ampliación de la Personería, el procurador distrital Ricardo Cañón resaltó lo siguiente: “Se evidencia el conocimiento del implicado, que su conducta era contraria a derecho y que optó por su realización”. Para esa época, Alexander Vega estaba dedicado al litigio y oficiaba como asesor jurídico de la alcaldía de Bogotá y las gobernaciones del Meta, Casanare y Vichada. Con una curiosa coincidencia: en ese tiempo el expersonero entró a trabajar a la oficina de abogados del exmagistrado de la Corte Constitucional Rodrigo Escobar Gil, quien terminaría siendo su defensor en este proceso disciplinario.
Según consta en el expediente de 2.300 páginas en poder de El Espectador, el 3 de marzo de 2010 Vega Rocha le dio poder a Escobar Gil para que lo representara. De inmediato, éste empezó a enviar extensos memoriales a la Procuraduría solicitando nulidades y pidiendo pruebas. Casi todos sus recursos fueron resueltos desfavorablemente, pero el tiempo seguía corriendo. Finalmente, en agosto de 2011, en un fallo de 85 páginas, la Procuraduría encontró que Vega Rocha y los ocho concejales hicieron aprobar un acuerdo municipal sin tener las competencias o los conceptos jurídicos y técnicos necesarios para hacerlo. En el fallo, además, se dejó constancia de que el proceso “ha sido largo y dispendioso”, que se le dieron todas las garantías al procesado para defenderse y que debido a la cantidad de pruebas recogidas el caso estuvo a cuatro meses de prescribir.
“Los hechos son tozudos y de bulto son manifiestas las irregularidades. Se carece de estudios técnicos y la exposición de motivos presentada por el personero es pobre, corta y sin motivación, incompleta y donde no aparecen ninguno de los requisitos exigidos tratándose de una restructuración de la envergadura que se aprobó”, advirtió el fallo de primera instancia. Además, recordó que en un tiempo récord de apenas 38 minutos se aprobó este acuerdo en la plenaria del Concejo de Chía sin que los concejales exigieran los estudios correspondientes. “No hay disculpa para ellos”, se lee en el documento. A manera de conclusión, el Ministerio Público señaló que resultaba francamente increíble que un proyecto con semejantes carencias legales y lagunas jurídicas hubiera sido avalado por el Concejo de Chía así no más.
“El despacho se pregunta dónde están los estudios técnicos, dónde están los análisis de los procesos técnicos misionales de apoyo, dónde la evaluación de las funciones y perfiles y cargas de trabajo, dónde están las metodologías de diseño organizacional y ocupacional. Sencillamente no existen. Por el contrario, lo único que se presenta es una exposición de motivos de una hoja y media, de la cual el 50 % es la transcripción normativa enunciando las funciones de las personerías. Sencillamente no hubo exposición de motivos, pues la que se dice haber presentado no contempla prácticamente nada serio y es una burla”, señaló el fallo disciplinario. En síntesis, un catálogo de irregularidades fueron probadas en este caso. Por eso la Procuraduría sancionó a Vega Rocha y a los ocho concejales con suspensión e inhabilidad de seis meses para ejercer cargos públicos.
Un mes después, el 27 de septiembre de 2011, el abogado Rodrigo Escobar Gil pidió revocar ese fallo, exonerar a su defendido Alexander Vega Rocha, resolver nuevas nulidades y multar al quejoso por su “actuación temeraria”. El 15 de febrero de 2012, sin embargo, el Procurador Delegado para la Vigilancia Administrativa Carlos Arturo Ramírez Vásquez confirmó el fallo de primera instancia, pero bajó la sanción de suspensión e inhabilidad a cuatro meses. Según ese documento de 57 páginas, las actuaciones de Vega Rocha contrariaron sus deberes como servidor público, pues aun sabiendo que éstas no podían hacerse, las hizo. Uno de los concejales sancionados interpuso una tutela ante el Consejo de la Judicatura alegando que el caso ya había prescrito, es decir que había pasado el tiempo máximo para investigar y sancionar, pero le fue negada.
Campaña y revocatoria
Para 2012 Alexander Vega Rocha, egresado de derecho de la Universidad Libre, ya se había especializado en derecho electoral, litigaba en la oficina de su defensor Rodrigo Escobar –quien años después sería condenado por tráfico de influencias por el escándalo de Fidupetrol– y cultivaba buenas amistades en el Partido de la U. En 2014 cobró vida su candidatura para ser magistrado del Consejo Nacional Electoral, pero la sanción de la Procuraduría podía arruinar esa aspiración, pues debía certificar buen crédito en su ejercicio profesional. Aquí es donde las fechas importan. El 23 de julio de ese año, un mes antes de que el Congreso eligiera el nuevo Consejo Electoral, Vega Rocha le pidió al entonces procurador Alejandro Ordóñez Maldonado –hoy embajador ante la OEA– que revocara los fallos en su contra porque, dijo, se violaron sus derechos fundamentales.
En solo tres semanas, el 14 de agosto de 2014, Ordóñez Maldonado accedió a su petición y en un fallo de apenas 12 páginas eliminó esa sanción. Según el fallo, la norma que supuestamente violó Vega Rocha al modificar la estructura de la Personería sin presentar los estudios apropiados solo es aplicable para entidades de la Rama Ejecutiva y las personerías tienen un régimen especial por ser organismos de control. Además, Ordóñez descargó la responsabilidad de los errores de este acuerdo en los concejales que lo aprobaron. En su criterio, las falencias que tuvo esta iniciativa, como, por ejemplo, que no se establecieran las funciones precisas de los nuevos cargos creados, son culpa del Concejo y no del entonces personero que “se limita a presentar el proyecto e intervenir en su discusión, pero que no concurre en su aprobación”.
En síntesis, culpa de todos, menos de quien promovió la restructuración de la entidad y se benefició de esa burocracia creada. El fallo de Ordóñez Maldonado concluyó así: “Las consecuencias derivadas del ejercicio imperfecto de una atribución, cuando están mediadas por la intervención posterior de otros servidores públicos, no le es atribuible al gestor de la misma”. Con esta absolución de 12 páginas, Alexander Vega Rocha fue elegido magistrado del CNE el 28 de agosto de 2014. Es decir, 14 días después de la revocatoria de su suspensión. Según la Silla Vacía, sus padrinos en el Congreso fueron los senadores Bernardo el Ñoño Elías y Musa Besaile, hoy condenados por corrupción. Lo demás es historia reciente: Vega Rocha salió del CNE en 2018 y arrancó su campaña para la Registraduría, cargo al que llegó en diciembre de 2019 rodeado de polémicas y denuncias.
Él siempre las ha capoteado todas, pero los fantasmas del pasado siguen pasándole cuentas de cobro. A las críticas por su gestión, nombramientos o destituciones en la Registraduría o sus salidas en falso durante el reciente proceso electoral –que unió a tirios y troyanos pidiendo su renuncia–, se sumaron nuevas revelaciones periodísticas. La periodista Diana Salinas, cofundadora del portal de investigación Cuestión Pública, descubrió que el padre del registrador, Campo Elías Vega Goyeneche, fue condenado en 2013 por el delito de corrupción al sufragante al constatarse que compró votos a favor de un candidato a la gobernación del Vaupés en 2004. Precisamente el año en el que su hijo Alexander Vega Rocha llegaba a la Personería de Chía. A su tío Heraclio Vega Goyeneche, exgobernador del Vaupés, también le figura una condena por peculado.
Fuentes consultadas por El Espectador encontraron sorprendentes similitudes entre lo que hizo Vega Rocha hace 15 años en Chía con su rol como registrador de hoy y su supuesto apetito burocrático. La Corte Constitucional, por ejemplo, está evaluando el Código Electoral que presentó Vega Rocha al Congreso y que fue aprobado en diciembre de 2020. Durante el trámite de esta ley estatutaria, tal como ocurrió en 2006 con la Personería de Chía, varios congresistas advirtieron que el Código Electoral aumentaba de manera desproporcionada la planta burocrática de la Registraduría pues le permitía al Registrador nombrar a dedo y sin concurso los delegados de su confianza. Además, se advirtió que no se presentaron los estudios necesarios para justificar estas facultades al Registrador. La MOE también prendió las alarmas al respecto.
Consultado por El Espectador, el registrador Vega Rocha negó cualquier irregularidad en la ampliación de la planta de personal de la Personería de Chía. Según explicó, “tampoco es cierto que se hayan pretendido nombramientos discrecionales. La reestructuración se dio en el marco de la recategorización del municipio por el censo poblacional como requisito para ello y no por una decisión personal”. De acuerdo con el alto funcionario, ese acuerdo municipal no tuvo fines políticos o burocráticos, sino de mejoramiento del servicio. Al ser interrogado sobre por qué se demoró dos años para pedir la revocatoria del fallo que lo sancionó con 4 meses de inhabilidad, el registrador sostuvo que “los actos administrativos son susceptibles de contradicción”, razón por la cual “presenté el recurso en termino de ley y en el tiempo que estimé razonable”.
Vega Rocha insistió en que para su posesión como magistrado del CNE en agosto de 2014 cumplió “con los requisitos y calidades exigidas de momento” y que no puede responder por qué el procurador Ordóñez resolvió en apenas tres semanas un expediente de más de 2.000 páginas. “Los procesos, trámites y gestiones internas del despacho del Procurador General de la época son aspectos que le competen exclusivamente a éste. Presenté una solicitud fundada con los argumentos concretos y específicos que demostraron la inexistencia de irregularidades atribuibles a mi gestión como personero”, dijo. Por último, aseguró que no es verdad que el Código Electoral le permita ampliar la planta de personal de la Registraduría o tener mayores facultades para nombrar funcionarios en cargos de libre nombramiento y remoción, como se ha denunciado.
Más allá de sus explicaciones, visto en retrospectiva, este expediente olvidado contra el registrador Alexander Vega Rocha podría resultar pertinente en medio del debate político y jurídico de hoy. Y a escasas ocho semanas de la primera vuelta presidencial.
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El registrador Alexander Vega insistió que su labor en la entidad electoral “ofrece todas las garantías para la democracia”. A continuación, las respuestas textuales en esta materia:
¿Por qué si la sanción en su contra quedó en firme en 2012, solo hasta julio de 2014 presentó el recurso de revocatoria directa de la misma? Es decir, a un mes de su elección como magistrado del CNE.
Los actos administrativos son susceptibles de contradicción por parte de cualquier persona legitimada, lo que supone la existencia de herramientas procesales con las cuales se puede controvertir a través de la revocatoria directa ante la autoridad correspondiente. De este modo, presenté el recurso en termino de ley y en el tiempo que estimé razonable.
¿Podía usted posesionarse como magistrado del CNE si hubiera tenido esa sanción activa? Abogados consultados aseguran que las inhabilidades de los magistrados del CNE son las mismas de los magistrados de la Corte Suprema y que ningún magistrado puede tomar posesión de su cargo si tiene sanciones o antecedentes. ¿Es así?
Para mi posesión como magistrado del CNE cumplí con los requisitos y calidades exigidas de momento, al igual que no me encontraba incurso en algún tipo de inhabilidad o incompatibilidad.
¿A qué atribuye usted que el procurador Alejandro Ordóñez en menos de tres semanas estudiara un expediente tan voluminoso y fallara tan rápido su caso?
Los procesos, trámites y gestiones internas del despacho del Procurador General de la época son aspectos que le competen exclusivamente a éste. Presenté una solicitud fundada con los argumentos concretos y específicos que demostraron la inexistencia de irregularidades atribuibles a mi gestión como personero municipal.
¿Es verdad que en su momento el partido de la U no quería postularlo al CNE por esta sanción que le aparecía y que usted interpuso una tutela para hacer valer sus derechos?
El trámite de postulación para magistrado del Consejo Electoral que adelantó el Partido de la U correspondió a un ejercicio metódico y exhaustivo del cual resulté como uno de los elegidos. La existencia de imprecisiones injustificadas preliminares habilitó la necesidad de acudir a acciones constitucionales, las cuales finalmente corrigieron las irregularidades y ratificaron el cumplimiento del debido proceso. Esta tutela fue confirmada por el Consejo de Estado.
En 2006 hubo muchas críticas a la ampliación de la planta de personal en la Personería de Chía. Algunos concejales advirtieron errores en los trámites, que no se presentaran estudios técnicos y jurídicos para justificar esa restructuración y que al final eso era un derroche de dinero para que usted pudiera nombrar a dedo. ¿A quiénes nombró usted en esos cargos en 2007 luego de la restructuración aprobada por el Concejo y alguna de esas personas trabaja hoy con usted en la Registraduría?
Debo aclarar que en la reestructuración de la planta de personal no hubo irregularidad alguna, por lo mismo tampoco es cierto que se hayan pretendido nombramientos discrecionales. La reestructuración se dio en el marco de la recategorización del municipio por censo poblacional como requisito para ello y no por una decisión personal. Con respecto al listado de cargos requerido, se trata de una información que hace parte de los registros de la entidad que dirigí para la época, por lo que no cuento con el detalle de hace más de 16 años.
Algunas fuentes consultadas encuentran similitudes entre lo ocurrido con la Personería de Chía y sus actuaciones como Registrador Nacional. ¿Qué responde a esas denuncias de que el Código Electoral va a ampliar sus facultades para nombrar a dedo en la Registraduría?
No hay ningún tipo de similitud. La reestructuración se dio en el marco de una recategorización del municipio que ascendió de categoría. El proyecto de Código Electoral es una iniciativa de actualización jurídica al sistema electoral que se mantiene desde antes de la Constitución del 91 y se desarrolla con un sistema político distinto al actual. Luego de surtirse las discusiones en el seno legislativo, se encuentra bajo estudio de la Corte Constitucional y su eventual declaratoria de exequibilidad determinará su promulgación como Ley de la República. Frente a la planta de personal de la Registraduría el nuevo código mantiene concordancia con el artículo 266 de nuestra Constitución sobre la carrera especial en la entidad y el concurso de méritos para ser proveídos los cargos por este medio y no por discrecionalidad del Registrador Nacional.
¿Por qué su hoja de vida no ha sido subida al sistema electrónico del Sigep de Función Pública casi 15 meses después de haber tomado posesión como Registrador Nacional? En Función Pública me confirmaron que en la Registraduría no se ha hecho ese trámite que es obligatorio. ¿Sabe usted qué ocurrió al respecto?
Mi hoja de vida ha sido pública, se encuentra en el Sigep desde el año 2014. Adicional me informan que la plataforma en el mes de diciembre migró de Sigep 1 a Sigep 2, y estamos realizando la verificación y validación como lo estableció el Departamento Administrativo de la Función Pública en la Circular Externa No. 100-021 del 10 de diciembre de 2021.
Finalmente quisiera saber su opinión sobre las recientes revelaciones del Portal Cuestión Pública que revelan que su padre fue condenado por corrupción electoral y que algunos familiares suyos tienen otras investigaciones judiciales. ¿Ese pasado familiar le hace daño a su gestión como primera autoridad electoral de Colombia?
Las decisiones o investigaciones judiciales son personales. Mi labor como Registrador Nacional del Estado Civil corresponde a una gestión que ofrece todas las garantías para la democracia y sus participantes.
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