Los detalles del fallo que deja en veremos la candidatura de John Milton Rodríguez
Según Rodríguez, su candidatura sigue en pie debido a que todavía tiene derecho al recurso de reposición a la resolución que lo dejó sin aspiración presidencial.
Casi tres meses duró la disputa jurídica que dejó a John Milton Rodríguez sin aspiración presidencial, por el momento. El Consejo Nacional Electoral encontró los motivos suficientes para que el senador le fuera revocada su designación como candidato presidencial del partido cristiano Colombia Justa Libres.
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Casi tres meses duró la disputa jurídica que dejó a John Milton Rodríguez sin aspiración presidencial, por el momento. El Consejo Nacional Electoral encontró los motivos suficientes para que el senador le fuera revocada su designación como candidato presidencial del partido cristiano Colombia Justa Libres.
Para el magistrado Luis Guillermo Pérez, ponente del fallo, el proceso de elección de John Milton Rodríguez y de nuevas directivas de la colectividad estuvo plagado de irregularidades. El tribunal electoral acogió algunos de los reclamos de Ricardo Arias, copresidente del partido y quien interpuso la impugnación de las determinaciones de su colectividad durante la convención del 13 de noviembre.
El proceso se dio en el marco de la disputa entre Ricardo Arias y John Milton Rodríguez. Cada uno representa uno de los sectores fundadores del partido cristiano. El primero tenía el movimiento Libres, mientras que el segundo hacía parte del listado de pastores que iniciaron Colombia Justa. Ambos movimientos se unieron para sacar adelante un proyecto cristiano en la política, pero la creencia afín no fue suficiente. Siempre ha habido choques.
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Tanto Arias como Rodríguez han tenido ambiciones presidenciales y no se han podido solucionar en buen término al interior del partido. Incluso, se llegó contemplar la posibilidad de escisión, pero fue rechazada de tajo por el sector que resultaba afectado con la separación, el de los denominados Justos. En el marco de esta disputa se llevó a cabo la convención presidencial, del 13 de noviembre, en la que se escogió a Rodríguez como candidato y a Sandra Liliana Palacios como copresidenta de la colectividad.
No obstante, desde días atrás a esa fecha, Arias había advertido, bajo conceptos del comité de garantías, que la convención tenía irregularidades que debían subsanarse y por lo que el encuentro que se estaba llevando a cabo no podía continuar. Por eso, suspendió la sesión en la que se iba a renovar las directivas. Sin embargo, bajo la bendición del otro copresidente, el pastor Eduardo Cañas -que había presentado su renuncia a al cargo días antes-, se reanudó la convocatoria para elegir candidato.
El 13 de noviembre fue elegido oficialmente John Milton Rodríguez como candidato presidencial de Colombia Justa Libres. Solo pasaron 10 días para que esta aspiración fuera retada en el Consejo Nacional Electoral. Ricardo Arias impugnó lo hecho durante la jornada bajo el argumento de que toda la jornada estaba viciada.
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Según Arias, de acuerdo a lo suscrito en la demanda ante el CNE: “fueron innumerables las quejas y reclamaciones en el proceso de validación para que los miembros del Partido pudieran participar en la elección que escogería a Ios convencionistas o para presentar su nombre para ser uno de los delegados, quejas que tenían relación con la no aparición de sus nombres en el listado de afiliados, la aparición de sus nombres en otros departamentos donde no tienen residencia, la imposibilidad de poder votar a pesar de haber salido en los listados correspondientes, entre otras”.
Entre los argumentos expuestos por el excandidato a la alcaldía de Bogotá estaban que se habría extendido de forma irregular los plazos para afiliarse al partido; tampoco se habría expedido una certificación por parte del veedor del número oficial de afiliados; y no se habría identificado de forma correcta a los convencionistas que debían participar del proceso.
A consideración de Arias también se cometieron errores en la certificación de convencionistas de la veedora, pues en un primer momento se expidió una certificación de 346 y luego se bajó a 318. “Esta diferencia no tiene justificación alguna y menos dada por una funcionara de esta categoría y con esa responsabilidad”, esgrimió el denunciante de los actos hechos durante la convención.
Entre las otras irregularidades que indicó estarían que los candidatos a presidente del partido no fueron allegados de forma regular en las planchas, tal como exigiría los estatutos, y que también se presentaron irregularidades en la escogencia de candidato a la presidencia de Colombia puesto que estos debían ser definidos antes de la designación por el consejo directivo del partido, y esto no habría ocurrido.
Además, este señaló hasta la saciedad que la convención era irregular debido a que la había suspendido por múltiples irregularidades y esta había sido reanudada sin que las irregularidades se hubieran subsanado y con el aval de un copresidente, Cañas, que ya había renunciado.
Esta impugnación fue secundada por Janio Carvajal, que aseguró ser parte de un grupo de militantes y fundadores de Colombia Justa Libres que también encontró “acciones y decisiones desacertadas” en contra de los establecido en los estatutos. Para este, las irregularidades se vendrían presentando desde convenciones celebradas en julio.
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Entre las denuncias estaba que se usó más tiempo del indicado para construir el quorum y una de las sesiones de la convención de julio fue liderada por John Milton Rodríguez, cuando este supuestamente había renunciado a la copresidencia al día anterior . A esto agregó que supuestamente la dirección de dicha sesión fue de hecha de una “forma inescrupulosa manejando a su antojo los tiempos de votación sin la más mínima discreción y con constreñimiento”.
Luego, este señaló que se había citado a una nueva sesión de la convención el 30 de octubre, pero, debido a problemas con el quorum, habría tenido que celebrarse el 6 de noviembre. Para este miembro del partido, también se habrían encontrado irregularidades en esta sesión debido a que no se había alcanzado el quorum deliberatorio mínimo y se tuvo que recurrir a una extensión del tiempo.
Carvajal, que buscaba lanzarse a la copresidencia del partido, llamó la atención frente al desarrollo de la sesión por parte del pastor Eduardo Cañas, cuando días antes ya había presentado su renuncia al cargo de copresidente. Además, este habría delegado sus funciones en Eduardo Sánchez, pero, como ya había renunciado, no había cargo a delegar, según el denunciante. A esto agregó que se “presidió de forma sesgada y a beneficio de un sector de los participantes las decisiones que se tomaron”.
Otros miembros del partido también se manifestaron en el proceso, buena parte de estos rechazando las pretensiones de Arias. Por ejemplo, el senador Eduardo Emilio Pacheco dijo que en los estatutos está reconocido que ambos copresidentes del partido tienen el mismo poder, por lo que Eduardo Cañas podía reanudar la convención sin en el beneplácito de Ricardo Arias. Es más, Pacheco llegó a decir que había sido irregular la suspensión de la convención por parte de Arias, debido a que “adolecía de motivación suficiente”.
El senador, muy cercano a John Milton Rodríguez en el Congreso, también entró a decir que no hubo ninguna irregularidad en la elección de directivas y la designación de su compañero de bancada como candidato presidencial. “En caso que se hubiesen configurado algún vicio este sería de forma y no afectaría el procedimiento democrático para la toma de decisiones que se cumplieron en el debido proceder del actuar estatutario”, concluyó Pacheco en un escrito que hizo llegar al CNE.
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De la discusión jurídica también entró a participar el concejal de Bogotá Emel Rojas, que tiene la credencial por dicho partido. Según el miembro de Justa Libre, el copresidente Ricardo Arias no tenía ningún tipo de autoridad para suspender la convención, debido a que esto solo es del fuero de la propia convención. Además, habría sido irregular, a ojos de Rojas, que la decisión fuera comunicada a los miembros por video. Este también señaló que el aval de John Milton Rodríguez no tuvo ninguna irregularidad y que incluso se hizo la suficiente difusión de la precandidatura de Arias como la del designado.
Cerca de 16 miembros del consejo directivo nacional también dirigieron una comunicación al tribunal electoral. Allí hay una dura denuncia, pues aseguran que hubo un ocultamiento de la secretaría general frente a “la solicitud inicial de nuestra participación en el proceso”. Además, estos señalaron que no existió copia alguna que dé cuenta del registro de planchas para aspirar a la copresidencia de partido, un requisito según los estatutos del partido.
En este mismo sentido, los miembros del consejo directivo señalaron que no se dio oportunidad para que estos revisaran los que se postularan para los avales a la presidencia y “el cumplimiento del debido proceso para garantizar la libre participación de los afiliados”.
En el largo dossier también se encuentran varias solicitudes de la defensa del partido, el abogado Hollman Ibáñez, que le pide al CNE que le ordene a Ricardo Arias, en su labor de copresidente, no manifestarse sobre el tema en cuestión en medios y que se nombre a un presidente ad hoc. A pesar de lo reiterativo de la solicitud, el magistrado que conoció el caso, Luis Guillermo Pérez, negó la solicitud bajo el argumento de que se entraba a incidir en la libertad de expresión de Arias y que este último no podía entrar a afectar el proceso desde su cargo
A la disputa legal también llegaron reclamos de John Milton rodríguez, bajo el argumento de que se les estaría violando el debido proceso. Este aseguró que se le violentó su derecho a poder contradecir lo argumentado por Arias debido a que era directamente afectado con la acción interpuesta, pero en ningún momento se le notificó de la impugnación o se le pidió intervenir. En este mismo sentido pidió una rotación del proceso.
Rodríguez volvió a manifestarse, la segunda vez con un pedido de recusación directa al magistrado Pérez. Según el senador, el togado “carece de imparcialidad subjetiva y objetiva por gozar de un interés directo o indirecto” al supuestamente haber una enemistad del magistrado con los “miembros y electores de nuestro partido”.
Este señaló que Pérez ha reconocido que fue escogido por “los congresistas de izquierda” y estos últimos no tendrían las mejores relaciones con Rodríguez. “Muchos de estos congresistas se han referido a m en términos de ‘fascista’, ‘mercader de la fe’, ‘vendido por unos puestos políticos’ y por lo cual han sido denunciados penalmente”, expresó Rodríguez en la acción.
En este mismo sentido, el senador cristiano aseguró que afines a Pérez, como Gustavo Petro, lo han tratado de “pastor Uribista” y serían beneficiados si este no pudiera postularse. En este mismo sentido, John Milton Rodríguez aseguró que había una animosidad directa de Pérez debido a que estaría a favor del aborto mientras que el candidato es provida. “De ahí que exista, nuevamente, un interés directo o indirecto y una enemistad que motiva a que menos candidatos de tendencia conservadora y de derecha aspiremos a la Presidencia”, concluyó el senado Rodríguez.
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Dichos argumentos fueron calcados por el pastor Eduardo Cañas para también recusar a Pérez. Según el ex copresidente era notoria una animadversión del magistrado en contra de su colectividad debido a que “defendemos causas sociales, de familia, de garantía de derecho a la vida, frente a las que el magistrado Pérez se resiste”, concluyó el que es pastor de la mega iglesia Manantial de Vida Eterna.
Dichas recusaciones fueron remitidas al despacho del magistrado José Nelson Polania, que consideró que ninguna tenía razón. Esto debido a que no había afirmaciones o acciones concretas de Pérez en contra de los accionantes, sino que sus argumentos eran “una serie de inferencias y apreciaciones de índole personal, que, a su vez, carecen de cualquier soporte jurídico o probatorio”.
Tras recibir todo el material probatorio y las reclamaciones de cada uno de los sectores afectados, el CNE procedió a reconstruir las sesiones impugnadas y lo que allí ocurrió durante los varios días en que se llevó a cabo la convención nacional. El Consejo Nacional Electora rebatió varios de los argumentos de Arias, pues encontró que algunas de las fechas que este esgrimía no eran ciertas.
Aunque Arias señaló que hubo una sola sesión el 9 de noviembre para las elecciones, el CNE encontró que desde el 30 de octubre se estuvieron realizando estos encuentros y que el 6 de noviembre se tuvo que levantar la sesión para subsanar posibles irregularidades. Asimismo, se convocó al Consejo directivo entre el 9 y 12 de noviembre para intentar solucionar lo que estaba mal. También encontró que hubo publicidad de la postulación de la única candidata para llegar a la copresidencia.
En este mismo sentido, el ponente del fallo también descartó como irregularidad que la sesión cuestionada fuera dirigida por el copresidente Eduardo Cañas, pues, aunque es cierto que este presentó renuncia, esta alcanzó a ser retirada. De esta forma, no fue irregular que Cañas participara de la convención y delegara sus funciones en otro miembro del partido.
A pesar de que el magistrado consideró que buena parte de las afirmaciones de Arias no son ciertas, este le dio la razón en la impugnación debido a que sí se encontró irregularidades en la postulación de las planchas y no se dio el tiempo suficiente para que entraran nuevas candidaturas.
Frente a la designación de aval presidencial, el CNE determinó que fue irregular, pues se habrían saltado los pasos para su votación. Según los estatutos, se tenía que poner las postulaciones en conocimiento del consejo directivo, pero esto no fue así. De esta manera quedaron sin validez las votaciones (145-8) en las que salió elegido John Milton Rodríguez frente a Ricardo Arias.
Además de todas estas irregularidades, el magistrado ponente llamó la atención en que toda la convención tuvo una gran irregularidad pues no se contó con el pleno del comité de garantías. Apenas hubo un miembro de tres. Aunque se intentó elegir a otro para que al menos hubiera dos, no se alcanzó el mínimo del quorum deliberatorio para que su elección fuera legal.
Los argumentos de la ponencia fueron aceptados por seis de los nueve magistrados del CNE. Los únicos que presentaron salvamento de voto fueron los magistrados Renato Rafael Contreras, Doris Méndez y Pablo Felipe Gutiérrez. Este diario puedo conocer las razones del voto de los dos últimos.
Méndez habría considerado, según alguno de los magistrados, que no se habría presentado irregularidad alguna en lo hecho durante la convención, incluyendo las elecciones de copresidente y designación de candidato presidencial.
En el caso de Gutiérrez, su interés habría estado en defender otra ponencia que debía conocer la sala plena del CNE en la que aprobaba el acta en la que se renovó directivas de Colombia Justa Libre, incluyendo copresidencia. Para este magistrado, no hubo irregularidades en la convención frente al tema de directivas. Sin embargo, con este fallo, el magistrado tuvo que redactar una nueva ponencia en la que no incluyó la legalidad de la elección de la presidencia de Colombia Justa Libre.
Por el lado de John Milton Rodríguez, tras conocerse el fallo, este señaló que su candidatura sigue en pie, pues aún le queda el derecho de reposición. Además, anunció otro tipo de medidas jurídicas debido a que tildó de una “acción política y no un fallo en derecho” la decisión del magistrado Pérez.
En este mismo sentido se fue en contra del togado y aseguró que este les había violado el debido proceso a algunos de los mencionados en el fallo debido a que no les había dado la oportunidad de defenderse. Por último, se fue lanza en ristre en contra de Ricardo Arias y los señaló de mentir.