Ordenan desmontar publicidad política con los términos “abudinear” o abudineen”
El CNE le dio la razón a la exministra TIC, quien reclamó por la publicidad de la representante Katherine Miranda y la frase “Que no nos abudineen el país”. La exministra dijo que la utilización de su nombre era “agresiva e infame y sucia”. La congresista respondió y alegó que fue censurada.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) terció este viernes en medio de la polémica entre la representante Katherine Miranda (Alianza Verde) y la exministra TIC, Karen Abudinen, luego de que la congresista divulgó publicidad política relacionada con la exfuncionaria que rezaba “Que no nos abudineen el país”. Luego de que Abudinen denunció la situación, el organismo le dio la razón y decretó como medida cautelar que Miranda desmonte vallas, pancartas, pasacalles o publicaciones realizadas en redes sociales que contengan referencias a las palabras “abudinear”, abudineen” u otras similares.
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) terció este viernes en medio de la polémica entre la representante Katherine Miranda (Alianza Verde) y la exministra TIC, Karen Abudinen, luego de que la congresista divulgó publicidad política relacionada con la exfuncionaria que rezaba “Que no nos abudineen el país”. Luego de que Abudinen denunció la situación, el organismo le dio la razón y decretó como medida cautelar que Miranda desmonte vallas, pancartas, pasacalles o publicaciones realizadas en redes sociales que contengan referencias a las palabras “abudinear”, abudineen” u otras similares.
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La queja se remonta al pasado 19 de enero, cuando la ministra TIC reclamó por la publicidad política de la congresista, en la que hacía referencia a ella y que divulgó en algunas zonas de Bogotá, así como en redes sociales. Según Abudinen, se trataba de publicidad electoral agresiva, daño al buen nombre y no cumplimiento de la reglamentación electoral.
“(Se) tacha mi apellido con sinónimos de corrupción o de hurto, amparándose en la denuncia que yo hice con relación al contrato Centros Poblados, en la cual ni si quiera se me ha llamado a investigación alguna y mucho menos a un fallo condenatorio, prejuzgándome impunemente. En ningún caso hace alusión para que voten por ella, solo hace daño al buen nombre y engaña a los ciudadanos”, reclamó la exfuncionaria, alegando que su apellido está siendo utilizado en medio de una contienda electoral de forma “agresiva e infame y sucia”.
La exministra insistió en que Mirando no está midiendo “los daños irreversibles que están causados a mi familia, a mi buen nombre y a mi dignidad como mujer y como persona”. Agregó que la congresista “busca protagonismo” a costa de su paso por el Ministerio y no por “sus capacidades de cautivar a sus seguidores solicitando el apoyo ciudadano de manera directa como se debe hacer en una campaña”.
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En su determinación, el CNE acogió la tesis de Abudinen y, si bien decretó medidas cautelares consistentes en el desmonte de la publicidad, se abstuvo de sancionar a Mirada, tal como lo solicitó Abudinen. Las medidas cautelares tienen como propósito salvaguardar un derecho a la espera de una decisión de fondo. Para ello, fijó un término de 48 horas para que la congresista retire la propaganda.
En su decisión, la autoridad electoral, con base en pronunciamientos de la Corte Constitucional, recordó que no es ilegal que un candidato o particular recura a la propaganda política con mensajes negativos, pues se trata de una manifestación directa de la libertad de expresión y “un recurso válido en el ejercicio del proselitismo político porque permite el contraste de las ideas y estimula la formación de la conciencia política del electorado”.
Sin embargo, declaró que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y que su manifestación “debe ir en consonancia con los límites que imponen el respeto, con la convivencia pacífica y con los derechos de los demás”, situación que, explica el CNE, torna inadmisibles “expresiones insultantes o irrazonablemente desproporcionadas”.
Para el organismo, pese a que en la publicidad de Miranda no aparece la imagen ni se menciona el nombre completo de la exministra, un ciudadano sí establece la conexión directa con Karen Abudinen, “situación que genera un menoscabo al buen nombre y la dignidad humana” de la exfuncionaria.
“La intención de la candidata Katherine Miranda al incluir en la propaganda de su campaña la frase ‘Que no nos abudineen el país’, no es otra que atacar la gestión del gobierno de turno, situación que, en principio, estaría amparada bajo la propaganda política negativa y la libertad de expresión; no obstante, dichas conductas deben ceñirse, en palabras de la Corte, a los límites que imponen las conductas delictuales”, dijo el CNE.
De acuerdo con el ente, la vulneración contra la exministra es “desproporcionada e innecesaria”, por lo que insistió en que la publicidad “se desdibuja” del desarrollo legítimo del discurso político, desbordando los límites del derecho de libertad de expresión y generando “un desmedro injustificado” a los derechos de la exministra.
“La frase ‘Que no nos abudineen el país’, más allá de generar o no una idea en el electorado, ataca con clara intención nociva a Abudinen sin que la misma siquiera haga parte de las justas electorales venideras, situación abiertamente negligente por parte de la candidata quien, aparentemente, buscando deslegitimar el actuar de una colectividad política determinada, afectó las garantías de una ciudadana particular”, precisó.
En respuesta, Miranda alegó que el CNE la censuró, violando “abiertamente” su derecho legítimo a la libertad de expresión: “Ese Consejo Electoral (está) conformado por los partidos políticos tradicionales que en la moción de censura defendieron a Karen Abudinen”, manifestó, instando a que sea la ciudadanía, y no ella, la que divulgue la pieza publicitaria: “A ustedes no los pueden censurar”.