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Esto dice la ley que permitiría expropiar predios para ayudar a damnificados

La temporada de lluvias ha dejado más de medio millón de personas desprotegidas. Es por eso que el Gobierno Petro estudia posibilidades para garantizarles un albergue propicio mientras se supera la catástrofe. ¿Qué dice la norma? Acá la contamos.

Luisa Fernanda Orozco
23 de noviembre de 2022 - 09:41 p. m.
Esto dice la ley que permitiría expropiar predios para ayudar a damnificados
Foto: Cortesía
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La ola invernal en Colombia continúa dejando personas damnificadas y desplazadas de sus hogares. Hasta la fecha se tiene conocimiento de al menos 528 mil personas afectadas y 215 muertas. Es por eso que el presidente Gustavo Petro dio la instrucción de usar, en caso de ser necesario, la ley 1523 del 2012 que, entre otros artículos que la componen, permite aplicar la expropiación administrativa de predios.

¿Por qué incluir a la expropiación en la conversación?

No es novedad que muchos hombres, mujeres, adultos mayores y niños han tenido que abandonar sus casas por culpa de los desastres causados por las lluvias. Habitantes de municipios recónditos han tenido que desplazarse hasta cabeceras municipales para instalarse temporalmente en albergues con la promesa de retornar a sus hogares que, además, sufrieron los vejámenes de un derrumbe o una inundación.

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Esta ha sido la realidad de departamentos como Antioquia donde incluso su capital, Medellín, ha sufrido inundaciones y colapso de vías en algunos de sus barrios. En Atlántico se llegó a reportar que 15 municipios estaban bajo el agua y al menos 1.500 hectáreas de cultivos en la zona ribereña del César se perdieron por el desbordamiento de los ríos Magdalena, Lebrija y Sogamoso. En Boyacá decidieron declarar la calamidad pública para sus 123 municipios, y en Cundinamarca al menos 70 de sus territorios han vivido situaciones similares.

Y ni hablar del Canal del Dique, que recientemente se rompió otra vez en el municipio Santa Lucía, también del Atlántico, y afectó a las comunidades aledañas, a sus cultivos y animales.

Es por eso que, a través de la ley 1523 del 2012, el Gobierno Petro estaría evaluando la posibilidad de reubicar a las personas damnificadas en algunas propiedades privadas con condiciones dignas. Si bien hay más de medio millón de habitantes afectados en lo que va de este año, se prevé que las lluvias empeorarán en un 30 % durante el mes de diciembre.

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¿Qué artículo podría ser usado para la expropiación?

En el artículo 75 de esa norma, se establece el proceso de expropiación por vía administrativa para la adquisición de predios. Allí se habla también de una indemnización monetaria de acuerdo al avalúo de la propiedad.

Asimismo se describe que se deberá notificar a los propietarios del bien próximo a expropiar con un aviso a las afueras del inmueble e incluso con publicaciones en medios de comunicación.

En caso de que el dueño desee refutar la enajenación, deberá acudir a una acción de “nulidad y restablecimiento del derecho ante el Tribunal Administrativo con jurisdicción en el lugar de ubicación del inmueble”.

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Sin embargo, y como ya fue descrito, esta ley nunca ha sido aplicada en Colombia. Es por eso que los representantes del Gobierno, en cabeza de Gustavo Petro, están estudiando la posibilidad de implementarla. Así lo corroboró el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Javier Pava, quien aseguró que la aplicación de esta norma se llevaría a cabo con el fin de tener predios privados en los que se puedan reubicar las familias damnificadas.

“El llamado del Presidente es a que en este momento los alojamientos temporales y el traslado de familias que requieren ser evacuadas no sea a lugares como salones comunales o colegios, sino que sea a predios o inmuebles privados que lleven a un proceso establecido y reglamentado en la Ley 1523, artículos 73, 74 y 75, que tienen que ver con la adquisición de inmuebles para la relocalización o alojamiento temporal de familias evacuadas, e incluso con la reubicación de viviendas de manera definitiva”, declaró el director Pava tras la reunión que sostuvo durante el 22 de noviembre con Petro.

Es importante mencionar que la normativa no sólo habla de expropiación sino de otras instancias para, por ejemplo, la adquisición de terrenos.

Luisa Fernanda Orozco

Por Luisa Fernanda Orozco

Periodista de la Universidad de Antioquia.@luisaorvallorozco@elespectador.com

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