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El Código de Policía que sancionó hace pocos días el presidente Juan Manuel Santos, polémico por algunas medidas que podrían limitar las libertades de los ciudadanos, fue demandado este jueves por un grupo de congresistas del Polo Democrático y la Alianza Verde.
Alirio Uribe Muñoz, Iván Cepeda Castro, Alexander López y Víctor Javier Correa Vélez –todos del Polo–, junto a la representante verde Ángela María Robledo presentaron la demanda buscando que la Corte Constitucional tumbe esa ley.
La demanda formula cargos por vicios de fondo contra varias disposiciones establecidas en la legislación y se divide en dos partes. En la primera se demandan algunas disposiciones referidas a la protesta social. En la segunda parte se demandan varias normas que otorgan facultades a la Policía para trasladar o conducir a los ciudadanos afectando la libertad personal reconocida por la Constitución de 1991.
Términos de la demanda que afectarían la protesta social:
1. Hay una afectación injustificada constitucionalmente del derecho a la protesta cuando se establece la “alteración de la convivencia” como causal de disolución de las manifestaciones públicas.
2. La ausencia de una sanción para quien realice señalamientos infundados contra manifestantes configura una omisión legislativa relativa reprochable constitucionalmente.
3. Es inconstitucional que se permita que excepcionalmente las fuerzas militares podrán intervenir en las acciones de contención de la protesta social.
4. La exigencia de una autorización previa para realizar reuniones o manifestaciones públicas y pacíficas en áreas protegidas, además de violar el derecho a la manifestación pública y pacífica, vulnera el derecho a un ambiente sano.
En una segunda parte del documento presentaron ante la Corte, los legisladores piden declarar inconstitucionalidad de algunas disposiciones relacionadas con el derecho a la libertad personal en particular referidas a los medios materiales de policía.
Términos de la demanda por traslado por protección y al traslado para procedimiento policivo:
1. El traslado por protección como medida de policía viola el derecho a la libertad, el principio de legalidad, la reserva judicial, el debido proceso y disfraza como medida de protección lo que en realidad es una medida con fines correctivos o sancionatorios.
2. Inconstitucionalidad de la posibilidad de que los niños, niñas y adolescentes puedan ser trasladados a los sitios que con esa finalidad habiliten las administraciones municipales y distritales.
3. Inconstitucionalidad del traslado forzoso del habitante de calle
4. Inconstitucionalidad del traslado por protección para procedimiento policivo por violación del derecho a la libertad y debido proceso
Los demandantes han argumentando que en los tiempos de paz esperan que sean acogidas sus pretensiones porque el Código en parte es contario a los términos del Acuerdo Final de Paz.