Consejo Electoral aplazó por dos semanas más decisión sobre expediente Petro
Varios magistrados pidieron la rotación de la ponencia que plantea cargos contra la campaña del presidente.
El Consejo Nacional Electoral corrió por otras dos semanas la toma de una decisión de fondo en torno al expediente que se le sigue a la campaña del ahora presidente Gustavo Petro por presuntas irregularidades en la financiación.
En efecto, algunos magistrados de la sala plena pidieron rotar la ponencia de los togados Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático), en la cual se pide formular cargos a la campaña y al propio Petro, pero en su calidad de candidato y sin tocar en o absoluto si cargo como jefe de Estado.
Más información: Esta es la ponencia con la que se reactiva el caso Petro en el Consejo Electoral
La figura a la que se acudió es “rotación simultánea”, la cual se aplica cuando varios despachos piden al mismo tiempo copia de la ponencia para poder analizarla a fondo y sentar alguna postura.
Es porque que, apartir de este jueves, la sala plena tiene otras dos semanas para analizar el contenido del documento proyectado por Ortiz y Prada. Se sabe que la magistrada Alba Lucía Velásquez no asistió a la sesión de este 29 de agosto por tener una incapacidad médica.
El Espectador accedió al documento de 350 páginas que está en análisis y evidenció que se insiste en formularle cargos a la campaña por posibles omisiones de carácter administrativo que sí son sancionables por la ley y, de paso, se dejó en firme la petición de procesar a Petro en su condición de candidato y no de jefe de Estado, pues se advirtió que el CNE no tiene competencia para eso.
Consulte aquí: Estos son los puntos claves de la ponencia que agitó el expediente Petro en el CNE
De hecho, la decisión de mantenerse en esta línea se basó en lo dictaminado recientemente por el Consejo de Estado en torno a que el CNE sí tiene potestad de investigar la campaña presidencial y que, incluso, puede formularle cargos a quien fungió como candidato, pero se notificó que la facultad sobre la figura del jefe de Estado actualmente solo es competencia de la Comisión de Acusación de la Cámara.
“No acceder a las solicitudes de nulidad ni archivo de la actuación administrativa presentadas por los doctores Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Ulises Evaristo Durán Porto”, quedó consignado en el artículo “décimo octavo” de la ponencia en poder de este diario.
👁🗨 Conozca cómo votan los senadores y representantes a la Cámara en ‘Congreso a la mano’.
👉 Lea más sobre el Congreso, el gobierno Petro y otras noticias del mundo político.
✉️ Si tiene interés en los temas políticos o información que considere oportuno compartirnos, por favor, escríbanos a cualquiera de estos correos: hvalero@elespectador.com; aosorio@elespectador.com; dortega@elespectador.com; dcristancho@elespectador.com; mbarrios@elespectador.com ; lbotero@elespectador.com o lperalta@elespectador.com.
El Consejo Nacional Electoral corrió por otras dos semanas la toma de una decisión de fondo en torno al expediente que se le sigue a la campaña del ahora presidente Gustavo Petro por presuntas irregularidades en la financiación.
En efecto, algunos magistrados de la sala plena pidieron rotar la ponencia de los togados Benjamín Ortiz (Partido Liberal) y Álvaro Hernán Prada (Centro Democrático), en la cual se pide formular cargos a la campaña y al propio Petro, pero en su calidad de candidato y sin tocar en o absoluto si cargo como jefe de Estado.
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La figura a la que se acudió es “rotación simultánea”, la cual se aplica cuando varios despachos piden al mismo tiempo copia de la ponencia para poder analizarla a fondo y sentar alguna postura.
Es porque que, apartir de este jueves, la sala plena tiene otras dos semanas para analizar el contenido del documento proyectado por Ortiz y Prada. Se sabe que la magistrada Alba Lucía Velásquez no asistió a la sesión de este 29 de agosto por tener una incapacidad médica.
El Espectador accedió al documento de 350 páginas que está en análisis y evidenció que se insiste en formularle cargos a la campaña por posibles omisiones de carácter administrativo que sí son sancionables por la ley y, de paso, se dejó en firme la petición de procesar a Petro en su condición de candidato y no de jefe de Estado, pues se advirtió que el CNE no tiene competencia para eso.
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De hecho, la decisión de mantenerse en esta línea se basó en lo dictaminado recientemente por el Consejo de Estado en torno a que el CNE sí tiene potestad de investigar la campaña presidencial y que, incluso, puede formularle cargos a quien fungió como candidato, pero se notificó que la facultad sobre la figura del jefe de Estado actualmente solo es competencia de la Comisión de Acusación de la Cámara.
“No acceder a las solicitudes de nulidad ni archivo de la actuación administrativa presentadas por los doctores Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Ulises Evaristo Durán Porto”, quedó consignado en el artículo “décimo octavo” de la ponencia en poder de este diario.
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