Fallo Ángela María Robledo: las implicaciones para las elecciones 2022
La revocatoria de la tutela que le devolvió la curul a la ahora exrepresentante deja dudas sobre el futuro de esta y de las fórmulas vicepresidenciales para las elecciones del próximo año.
Hace menos de una semana, la Cámara de Representantes y la oposición se quedaron con una curul menos. La Corte Constitucional entró a estudiar y revocó la tutela que le devolvió el escaño a Ángela María Robledo como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro. La decisión parece ser el final de un largo debate jurídico en el que Robledo ha tenido que dejar y retomar su curul en varias ocasiones. Para el alto tribunal, incurrió en doble militancia al momento de aspirar a la Vicepresidencia por la coalición ‘Petro presidente’, debido a que no renunció a la Alianza Verde un año antes a los comicios de 2018. Aunque la determinación aclara un choque entre dos secciones del Consejo de Estado, puede llegar a ser problemática para las aspiraciones presidenciales de 2022, no solo de la misma Robledo sino también de otros candidatos.
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Hace menos de una semana, la Cámara de Representantes y la oposición se quedaron con una curul menos. La Corte Constitucional entró a estudiar y revocó la tutela que le devolvió el escaño a Ángela María Robledo como fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro. La decisión parece ser el final de un largo debate jurídico en el que Robledo ha tenido que dejar y retomar su curul en varias ocasiones. Para el alto tribunal, incurrió en doble militancia al momento de aspirar a la Vicepresidencia por la coalición ‘Petro presidente’, debido a que no renunció a la Alianza Verde un año antes a los comicios de 2018. Aunque la determinación aclara un choque entre dos secciones del Consejo de Estado, puede llegar a ser problemática para las aspiraciones presidenciales de 2022, no solo de la misma Robledo sino también de otros candidatos.
El viacrucis jurídico de Ángela María Robledo comenzó días después de haber sido derrotada junto con Petro. Según el Estatuto de la Oposición, aprobado en 2015, los segundos en las elecciones debían recibir por derecho un puesto en el Senado (para el candidato a presidente) y otro en la Cámara (para la fórmula vicepresidencial). Pero varios ciudadanos demandaron la entrega de la credencial como representante a Robledo por esa supuesta doble militancia. Este argumento fue acogido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que revocó la curul en abril de 2019. No obstante, en marzo de 2020, la Sección Segunda estudió una tutela presentada por Robledo y le devolvió su escaño.
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Precisamente fue esta tutela la que analizó la Corte Constitucional. Y contrario a lo dicho por la Sección Segunda, acogió los argumentos de la decisión inicial y decidió revocar la curul. Por lo que, después de una legislatura, Ángela María Robledo volvió a salir del Congreso. Aunque ella y varios sectores han coincidido en que los fallos se respetan, algunos han cuestionado dicho fallo, exponiendo sus argumentos. Se ha dicho, por ejemplo, que las inhabilidades para presidente y vicepresidente están en la Constitución y no incluyen la doble militancia. También se ha hecho mención de la doble interpretación sobre las curules a la oposición: mientras se califica como un beneficio personal para negar la personería jurídica a Colombia Humana, al mismo tiempo se interpreta como un beneficio de colectividad en el caso Robledo.
Más allá del debate jurídico, la decisión llega justo a un año de las elecciones para 2022 y puede sembrar interrogantes en varias de las aspiraciones presidenciales, incluyendo la de la misma Robledo. Esta le comentó a El Espectador sus dudas frente al futuro debido a que “desde que llegué a Colombia Humana, la política se ha vuelto muy difícil. Se puede hacer política desde otros lugares que no sea el Congreso”. Asimismo, expresó que hay incógnitas frente a si puede aspirar a las presidenciales de mayo del próximo año, debido a que “hay un vacío normativo” frente al tema, puesto que el fallo podría interpretarse en que solo podría volver a hacerlo por la Colombia Humana, grupo significativo al que presentó renuncia en enero pasado.
Esta tesis fue sostenida por algunas fuentes cercanas al Consejo Nacional Electoral (CNE) consultados y por Camilo Mancera, coordinador de Justicia Electoral de la MOE. A consideración de este último, hay una situación sin precedentes que “depende del manejo que le dé el CNE”. Esto debido a que podría tener problemas para aspirar a la Presidencia por un partido diferente, ya que no renunció un año antes a la curul que le fue otorgada como fórmula vicepresidencial en Colombia Humana y podría ser nuevamente inhabilitada bajo esa interpretación. Sin embargo, a consideración de Mancera, si se presenta por firmas no tendría líos, pues no hay mayores regulaciones en cuanto a los grupos significativos de ciudadanos.
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Pero en el caso Robledo hay mucho más para tener en cuenta, sobre todo un pronunciamiento del CNE, en el que se rechazó la renuncia de la exrepresentante a Colombia Humana, al considerar que no era necesaria, ya que dicho movimiento político “no está debidamente constituido como una organización política con personería jurídica”. Además, según el exmagistrado del tribunal electoral Armando Novoa, Robledo no tendría ninguna inhabilidad puesto que la nulidad de su curul hace que quede sin efecto la elección y sus posibles repercusiones. Esta tesis la sustenta en el caso del exgobernador Guido Echeverri, cuya elección fue anulada en 2013 y volvió a aspirar al mismo cargo en 2015. Aunque algunos decían que era una reelección, el Consejo de Estado determinó que la nulidad hacía las veces como si no hubiera sido elegido.
En un sentido más amplio, la determinación de la Corte Constitucional puede generar un precedente complejo para 2022. Por un lado, está la visión de coordinador de Justicia Electoral de la MOE, que dijo que simplemente se reafirmaron las restricciones de la doble militancia. Pero en la otra línea está la visión de algunos exmagistrados, como Novoa (CNE) y Alfredo Beltrán (Corte Constitucional). Para el primero, el fallo Robledo “genera una gran incertidumbre, porque no hay una ley que regule la doble militancia presidente-vicepresidente”, las únicas inhabilidades están en la Constitución, y no incluyen la expresada por la Corte. “Quien quiera ser vicepresidente para 2022, está en cualquier partido y va en una coalición diferente a su propio candidato, tendría que haber renunciado un año antes”, agregó Novoa, haciendo énfasis en que muchas veces las fórmulas se resuelven en función a las consultas de marzo.
Un planteamiento compartido en gran medida por Beltrán, quien expresó sus reservas al fallo de la corporación que presidió. Para este, de fijarse el antecedente judicial predicado por la Corte en el fallo Robledo, “cualquiera que aspire a las dignidades de presidente o vicepresidente a un partido distinto que represente en el Congreso o afiliado, tendría que retirarse un año antes de la elección, y recuerden que esta es en mayo”. Ello tendría incidencia para el próximo año, ya que “debería tenerse en cuenta este dato al conformar la fórmula que se ofrece a los colombianos”, e incluso podría llegar a afectar las coaliciones, aunque en esto último se abstuvo de pronunciarse a profundidad, porque “si se anticipa demasiado, podría equivocarse. Habría que hablar de casos concretos”.