Fedegán advierte que artículo de compra de tierras en PND cambió reglas de juego
La Federación Colombiana de Ganaderos dijo que el artículo 61 se aleja de la compra voluntaria y se parece más a una expropiación. Esto dice el artículo.
Para Fedegán, el sector del agro debe estar en alerta: un artículo aprobado en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) para agilizar la compra de tierras de la reforma agraria pondría en riesgo, según ese gremio, la seguridad jurídica sobre los predios.
El argumento expresado por José Félix Lafaurie, cabeza de los ganaderos, es que lo que finalmente se aprobó en el PND no es lo que había dicho el Gobierno Petro sobre compra “voluntaria” de tierras. Por el contrario, la forma en que quedó se asemeja más a una expropiación.
Le recomendamos: Sin expropiación exprés: así se salvó la compra de tierras para la reforma agraria
El artículo que cuestionan es el 61, que durante todo el debate del plan en el Congreso estuvo en el centro de la polémica porque algunos incluso llegaron a hablar de “expropiación exprés”. Si bien eso no quedó en el documento, al final al artículo se le agregó un quinto numeral que para muchos es la base del problema. Según Fedegán, esto es lo que pasará con el procedimiento de acuerdo a dicho artículo:
Todos los predios con áreas superiores a dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF) serán identificados por el Ministerio de Agricultura y podrán ser priorizados para la reforma agraria. Si el predio queda priorizado, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) aplicará el procedimiento de compra por oferta voluntaria. “Lo cual ya es contradictorio, pues ese procedimiento solo aplica a quien voluntariamente quiera vender”, explica Fedegán.
Si el propietario no acepta la venta voluntaria, al predio se le hará un “análisis de explotación económica, sin que existan criterios objetivos y, por el contrario, un gran sesgo contra la ganadería”, sostuvo el gremio. “Si la ANT considera que su predio no está “bajo aprovechamiento económico”, lo requerirán “por una única vez” para que venda, y si se niega, la ANT aplicará los procedimientos agrarios establecidos para alimentar el Fondo Gratuito de Tierras: “La extinción judicial de dominiio a delincuentes, pero también la extinción administrativa de dominio por incumplimiento de la función social y ecológica; o la expropiación por motivos de interés social o utilidad pública”.
Lafaurie cuestionó que lo que quedó aprobado es incoherente con lo que se había acordado con el Gobierno de Petro para que la compra fuera voluntaria. “Eso no solo deja al artículo 61 en el ámbito de la inconstitucionalidad sino de la clara inconsistencia, pues se pretende ‘facilitar y dinamizar’ la compra por oferta voluntaria, pero un proceso coercitivo que derive en extinción de dominio o expropiación sumaria definitivamente nada tiene que ver con lo voluntario”.
Según las cifras que entregó el gremio ganadero, de parte suya le han entregado a la ANT ofertas por más de 500.00 hectáreas. Allí mismo, Lafaurie sostuvo que están a la espera de que Jhenifer Mojica, nueva ministra de Agricultura, convoque la mesa de trabajo de la que habla el acuerdo firmado entre Fedegan y el Gobierno Nacional en 2022.
¿Qué dice el artículo de compra de tierras?
El artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo sí describe un procedimiento similar al que alerta Fedegán. En particular, en su numeral quinto se lee: “En aquellos casos en los que los propietarios no procedan a la venta, la ANT adelantará el análisis de la explotación económica del predio, requiriendo a su propietario por una única vez, para que proceda a la enajenación de aquellas áreas que no se encuentren bajo aprovechamiento económico y que excedan la extensión de la UAF. Cuando el propietario no acceda a la enajenación, la ANT aplicará los procedimientos agrarios a los que haya lugar”.
Para Fedegán, el sector del agro debe estar en alerta: un artículo aprobado en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) para agilizar la compra de tierras de la reforma agraria pondría en riesgo, según ese gremio, la seguridad jurídica sobre los predios.
El argumento expresado por José Félix Lafaurie, cabeza de los ganaderos, es que lo que finalmente se aprobó en el PND no es lo que había dicho el Gobierno Petro sobre compra “voluntaria” de tierras. Por el contrario, la forma en que quedó se asemeja más a una expropiación.
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El artículo que cuestionan es el 61, que durante todo el debate del plan en el Congreso estuvo en el centro de la polémica porque algunos incluso llegaron a hablar de “expropiación exprés”. Si bien eso no quedó en el documento, al final al artículo se le agregó un quinto numeral que para muchos es la base del problema. Según Fedegán, esto es lo que pasará con el procedimiento de acuerdo a dicho artículo:
Todos los predios con áreas superiores a dos Unidades Agrícolas Familiares (UAF) serán identificados por el Ministerio de Agricultura y podrán ser priorizados para la reforma agraria. Si el predio queda priorizado, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) aplicará el procedimiento de compra por oferta voluntaria. “Lo cual ya es contradictorio, pues ese procedimiento solo aplica a quien voluntariamente quiera vender”, explica Fedegán.
Si el propietario no acepta la venta voluntaria, al predio se le hará un “análisis de explotación económica, sin que existan criterios objetivos y, por el contrario, un gran sesgo contra la ganadería”, sostuvo el gremio. “Si la ANT considera que su predio no está “bajo aprovechamiento económico”, lo requerirán “por una única vez” para que venda, y si se niega, la ANT aplicará los procedimientos agrarios establecidos para alimentar el Fondo Gratuito de Tierras: “La extinción judicial de dominiio a delincuentes, pero también la extinción administrativa de dominio por incumplimiento de la función social y ecológica; o la expropiación por motivos de interés social o utilidad pública”.
Lafaurie cuestionó que lo que quedó aprobado es incoherente con lo que se había acordado con el Gobierno de Petro para que la compra fuera voluntaria. “Eso no solo deja al artículo 61 en el ámbito de la inconstitucionalidad sino de la clara inconsistencia, pues se pretende ‘facilitar y dinamizar’ la compra por oferta voluntaria, pero un proceso coercitivo que derive en extinción de dominio o expropiación sumaria definitivamente nada tiene que ver con lo voluntario”.
Según las cifras que entregó el gremio ganadero, de parte suya le han entregado a la ANT ofertas por más de 500.00 hectáreas. Allí mismo, Lafaurie sostuvo que están a la espera de que Jhenifer Mojica, nueva ministra de Agricultura, convoque la mesa de trabajo de la que habla el acuerdo firmado entre Fedegan y el Gobierno Nacional en 2022.
¿Qué dice el artículo de compra de tierras?
El artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo sí describe un procedimiento similar al que alerta Fedegán. En particular, en su numeral quinto se lee: “En aquellos casos en los que los propietarios no procedan a la venta, la ANT adelantará el análisis de la explotación económica del predio, requiriendo a su propietario por una única vez, para que proceda a la enajenación de aquellas áreas que no se encuentren bajo aprovechamiento económico y que excedan la extensión de la UAF. Cuando el propietario no acceda a la enajenación, la ANT aplicará los procedimientos agrarios a los que haya lugar”.