Fin del debate: Reforma a la salud se tramitará como ley ordinaria
Su discusión iniciará en la Comisión Séptima de la Cámara y en sesiones extras, según confirmó el presidente de esa corporación, David Racero. Con esto se pone fin al dilema que plantearon varios congresistas de diferentes corrientes políticas, que advirtieron que la reforma tenía que tramitarse como ley estatutaria.
“Se iniciará el trámite del Proyecto de Ley 339 de 2023 mediante el reparto a la Comisión Séptima Constitucional en los términos oportunos bajo el procedimiento reglado para las leyes ordinarias”. Con esas palabras, el presidente de la Cámara de Representantes, David Racero (Pacto Histórico), anunció que la reforma a la salud que radicó esta semana el presidente Gustavo Petro ante el Congreso se discutirá como ley ordinaria y no como ley estatutaria, como lo habían solicitado un grupo de congresistas de diferentes partidos que pidieron no enturbiar el trámite de uno de los proyectos más importantes que se debatirá este semestre en el Congreso.
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El trámite de la reforma a la salud iniciará en la Comisión Séptima de la Cámara y en el periodo de sesiones extraordinarias en que se encuentra el Congreso para discutir, entre otras, el Plan Nacional de Desarrollo, la prohibición del fracking, el nombramiento del nuevo presidente de la Comisión tercera de Senado tras la renuncia de Gustavo Bolívar, proyectos de cooperación internacional, entre otras iniciativas.
La definición de tramitar el proyecto como ley ordinaria se hizo tras una serie de recomendaciones y averiguaciones que hizo el equipo de Racero con exmagistrados y el equipo jurídico de la Cámara. En ese proceso, según Racero, se concluyó que tramitar la reforma como ley estatutaria “comportaría una extralimitación de funciones vedada al presidente de la corporación, que desconocería las facultades de iniciativa legislativa del Ejecutivo y suplantaría el desarrollo integral del debate parlamentario”.
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Con esto, Racero le respondió al grupo de 25 congresistas, entre senadores y representantes, que esta semana suscribieron una carta en la que advirtieron que la reforma tenía que cursar en el Congreso como ley estatutaria al entrar a regular “el contenido y alcance del derecho fundamental a la salud”.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre tramitar el proyecto como ley ordinaria o estatutaria? Podría pensarse que es un tema de trámite parlamentario, pero si no se hace de forma correcta la Corte Constitucional podría hundir la ley por vicios de forma. Y es que las leyes estatutarias requieren de un trámite especial y diferente al de una ley ordinaria porque regulan derechos fundamentales y tienen un impacto mayor en la ciudadanía.
El argumento central que acogió Racero para establecer que la reforma a la salud se tramite como ley ordinaria fue que la esencia del proyecto no es la determinación sobre un derecho fundamental como la salud, sino la regulación de la prestación de la salud como servicio público. “De ser la primera, el trámite acorde sería, sin lugar a dudas, el procedimiento reglado para la ley estatutaria; de ser la segunda opción, lo acorde y natural es decantarse por el procedimiento ordinario”, indicó.
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Así se resuelve, por ahora, la duda que plantearon congresistas como Paloma Valencia, Jonathan Pulido (Jotape), Catherine Juvinao, Humberto de la Calle, Alejandro Chacón, Juan Carlos Lozada, Duvalier Sánchez, Marelen Castillo y David Luna, entre otros, para quienes “una iniciativa de este calado debe ser discutida con amplio espacio de deliberación, contar en lo esencial con una amplia votación y, sobre todo, tener la certeza de su constitucionalidad antes de su vigencia”.
El grupo de legisladores, además, planteó que un proyecto de reforma como el que planteó el Gobierno no se puede discutir en sesiones extraordinarias y en su carta recordaron otros episodios en los que la Corte Constitucional hundió iniciativas similares por no haber cumplido con este trámite estatutario.
“Se iniciará el trámite del Proyecto de Ley 339 de 2023 mediante el reparto a la Comisión Séptima Constitucional en los términos oportunos bajo el procedimiento reglado para las leyes ordinarias”. Con esas palabras, el presidente de la Cámara de Representantes, David Racero (Pacto Histórico), anunció que la reforma a la salud que radicó esta semana el presidente Gustavo Petro ante el Congreso se discutirá como ley ordinaria y no como ley estatutaria, como lo habían solicitado un grupo de congresistas de diferentes partidos que pidieron no enturbiar el trámite de uno de los proyectos más importantes que se debatirá este semestre en el Congreso.
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El trámite de la reforma a la salud iniciará en la Comisión Séptima de la Cámara y en el periodo de sesiones extraordinarias en que se encuentra el Congreso para discutir, entre otras, el Plan Nacional de Desarrollo, la prohibición del fracking, el nombramiento del nuevo presidente de la Comisión tercera de Senado tras la renuncia de Gustavo Bolívar, proyectos de cooperación internacional, entre otras iniciativas.
La definición de tramitar el proyecto como ley ordinaria se hizo tras una serie de recomendaciones y averiguaciones que hizo el equipo de Racero con exmagistrados y el equipo jurídico de la Cámara. En ese proceso, según Racero, se concluyó que tramitar la reforma como ley estatutaria “comportaría una extralimitación de funciones vedada al presidente de la corporación, que desconocería las facultades de iniciativa legislativa del Ejecutivo y suplantaría el desarrollo integral del debate parlamentario”.
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Con esto, Racero le respondió al grupo de 25 congresistas, entre senadores y representantes, que esta semana suscribieron una carta en la que advirtieron que la reforma tenía que cursar en el Congreso como ley estatutaria al entrar a regular “el contenido y alcance del derecho fundamental a la salud”.
Pero, ¿cuál es la diferencia entre tramitar el proyecto como ley ordinaria o estatutaria? Podría pensarse que es un tema de trámite parlamentario, pero si no se hace de forma correcta la Corte Constitucional podría hundir la ley por vicios de forma. Y es que las leyes estatutarias requieren de un trámite especial y diferente al de una ley ordinaria porque regulan derechos fundamentales y tienen un impacto mayor en la ciudadanía.
El argumento central que acogió Racero para establecer que la reforma a la salud se tramite como ley ordinaria fue que la esencia del proyecto no es la determinación sobre un derecho fundamental como la salud, sino la regulación de la prestación de la salud como servicio público. “De ser la primera, el trámite acorde sería, sin lugar a dudas, el procedimiento reglado para la ley estatutaria; de ser la segunda opción, lo acorde y natural es decantarse por el procedimiento ordinario”, indicó.
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Así se resuelve, por ahora, la duda que plantearon congresistas como Paloma Valencia, Jonathan Pulido (Jotape), Catherine Juvinao, Humberto de la Calle, Alejandro Chacón, Juan Carlos Lozada, Duvalier Sánchez, Marelen Castillo y David Luna, entre otros, para quienes “una iniciativa de este calado debe ser discutida con amplio espacio de deliberación, contar en lo esencial con una amplia votación y, sobre todo, tener la certeza de su constitucionalidad antes de su vigencia”.
El grupo de legisladores, además, planteó que un proyecto de reforma como el que planteó el Gobierno no se puede discutir en sesiones extraordinarias y en su carta recordaron otros episodios en los que la Corte Constitucional hundió iniciativas similares por no haber cumplido con este trámite estatutario.