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La Corte Constitucional le dio luz verde a la política de “paz total” del gobierno de Gustavo Petro, haciendo la claridad de que no puede nombrar como voceros de paz a personas que se encuentren privadas de la libertad ni negociar un sometimiento a la justicia sin consultar con las otras ramas del poder público.
Aunque el presidente no se ha pronunciado sobre esta decisión, desde el Gobierno ya lo hicieron algunos de los funcionarios que conocen de cerca el proceso. Para ellos, si bien es cierto que la Corte les puso algunos límites, el fallo es coherente con la jurisprudencia y reconoce que el Gobierno debe trabajar en pro del objetivo constitucional de lograr la paz.
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“La decisión es coherente con la historia jurisprudencial que reconoce la responsabilidad presidencial en materia de paz. Los lineamientos de la política inédita de paz de nuestro gobierno, basada en acercamientos y conversaciones socio jurídicas con grupos no rebeldes, están validados”, señaló la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, a la que llegará en los próximos días Otty Patiño, en reemplazo de Danilo Rueda.
Según esta dependencia, el alto tribunal dejó claro que es el Congreso el que debe legislar sobre la materia y que los diálogos con grupos rebeldes se sostienen sobre una tradición jurídica que se utiliza desde la década de los 90.
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Por otra parte, el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, dijo que van a revisar los detalles de la decisión, pero que en un principio la consideran un “espaldarazo” a su propuesta. “La Corte Constitucional siempre ha entendido la función de un gobierno de buscar la paz, porque la Constitución de 1991 es un acuerdo de paz”, le dijo Velasco a La W.
“Es lo mismo que dijeron cuando el expresidente Pastrana intentó hacer la paz sin éxito, cuando el expresidente Uribe hizo un acuerdo con la Autodefensas, cuando el expresidente Santos logró la paz con las Farc. Es una línea de coherencia frente a lo que han sido los esfuerzos de muchos gobiernos por conseguir la paz en Colombia”, agregó.
¿Qué dijo la Corte Constitucional sobre la paz total?
La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró que la intención de paz del Gobierno está bajo los parámetros de la ley casi en su totalidad. Sin embargo, dijo que el Gobierno no puede nombrar como voceros de paz a personas que se encuentren privadas de la libertad, ni negociar un sometimiento a la justicia sin consultar con las otras ramas del poder, bajo su criterio.
En su decisión, la Corte concluyó también que la suspensión de las órdenes de captura también deben ser consultadas con las otras ramas del poder. Pero también se pronunció sobre la ubicación temporal y las garantías de seguridad de los miembros de Estructuras Armadas Organizadas de Crimen de Alto Impacto.
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En gran parte de la decisión, el alto tribunal hizo énfasis en la importancia de la separación de poderes para que no se tomen decisiones arbitrarias. “Recordó que hacer una distribución clara de las funciones entre las ramas del poder público, y garantizar que quien ejerce un determinado poder es controlado por las otras ramas del Estado, minimiza el riesgo de abuso del poder o extralimitación de funciones”.
La génesis de esta decisión se remonta a la demanda que presentaron los congresistas del Centro Democrático, José Jaime Uscátegui y María Fernanda Cabal, quienes alegaban que la iniciativa no tuvo concepto del Consejo de Política Criminal y cuestionaban que se podían levantar las órdenes de captura de personas procesadas para que fueran gestores de paz.
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