Gobierno y Judicatura responden a polémica por liberación de miembros de Primera Línea
Según los dos poderes, estas liberaciones no afectan el curso de los casos, ni exceden los límites del presidente y la Procuraduría está confundida. ¿Por qué?
La liberación de algunos jóvenes integrantes de la Primera Línea ha causado revuelo en el país, porque hay quienes consideran que con esto, el presidente Gustavo Petro estaría excediendo sus funciones como primer mandatario y estaría aprovechando su poder para dar libertad a estas personas y dejar los casos en la impunidad. Aunque el Gobierno ha explicado en varios casos que esto no es así y que no se afectarán los procesos judiciales, la Procuraduría presentó una queja ante el Consejo Superior de la Judicatura, lo que avivó el fuego del debate. ¿Qué es lo que ocurre?
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Según el ente de control, encabezado por Margarita Cabello, la Procuraduría no habría sido tenida en cuenta en la liberación de dos jóvenes que ahora son gestores de paz. De acuerdo con lo dicho por el Ministerio Público este miércoles, para la diligencia en la que se dio libertad a dos de los jóvenes no fue convocado en el ente de control ni se les dio información alguna. Por esto, la Procuraduría además dijo que investiga si la funcionaria judicial que dio luz verde a la liberación (jueza Lilyan Jhoana Bastidas Huertas) tiene competencia para esto.
El malestar de Cabello por la libertad de los integrantes de Primera Línea hizo que desde el Gobierno y desde la Rama Judicial se le respondiera a la servidora pública, respaldando la decisión judicial y la autoridad de Gustavo Petro como presidente. El vocero del Gobierno y ministro del Interior, Alfonso Prada, manifestó que desde el Administrativo ven la postura de la Procuraduría como un enredo que no entendieron. Según el alto funcionario, “fue un trámite procesal que creo que se enredó, porque antes de ser nombrados como voceros de paz por el presidente de la República, ya las dos personas, a través de sus abogados, habían solicitado el traslado o la sustitución de la medida”.
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Asimismo, Prada explicó que en el caso “esa sustitución de la medida había sido negada y se juntó con esta, de tal manera que ese proceso apenas está comenzando el día de hoy. Entiendo que hoy radicaron la solicitud de audiencia para que se tome una decisión en particular”, en la cual sí se tendría participación del ente de control. De igual manera, el ministro afirmó que Santiago Márquez Charris y Adriana Esperanza Bermeo Súa, integrantes de la Primera Línea liberados este miércoles, “ya están en libertad, cumpliendo las funciones de vocería de paz”.
También así, el vocero del Gobierno manifestó que, hasta el momento, no ha tenido contacto directo con la procuradora general sobre el tema. Aún así, dio un espaldarazo al ente de control y dijo que “la procuradora solicita a los jueces de la República, en un caso concreto, en la ciudad de Bogotá, intervenir”. A pesar de esto, dijo que “en el centro de reparto que tiene el Consejo Superior de la Judicatura durante los últimos 20 años se han ordenado las libertades que provienen de gestores, de facilitadores de paz o convivencia. De tal manera que los últimos 20 años ha sido una instrucción que se cumple en forma inmediata, porque no interrumpe los procesos, razón por la cual no es una decisión que se debata judicialmente”.
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Por su parte, la Rama Judicial también dio respuesta al Ministerio Público y aclaró lo sucedido. Desde el Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, dependiente del Consejo Superior de la Judicatura, precisaron que no existen irregularidades en la suspensión de las medidas de aseguramiento de Bermeo y Márquez. En un corto comunicado, la dependencia informó que, simplemente, la decisión obedeció al cumplimiento de la orden presidencial plasmada en dos decretos.
El Centro de Servicios Judiciales agregó que la decisión fue tomada con fundamento en casi una decena de leyes de la República. Aunado a esto, manifestaron que en el reciente decreto que creo la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, del nuevo Gobierno, que “no exigen la notificación previa a una institución determinada con el fin de dar cumplimiento a la orden presidencial”.
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El Centro de Servicios Judiciales agregó que la decisión fue tomada con fundamento en casi una decena de leyes de la República. Aunado a esto, manifestaron que en el reciente decreto que creo la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, del nuevo Gobierno, que “no exigen la notificación previa a una institución determinada con el fin de dar cumplimiento a la orden presidencial”.
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